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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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sin acritud , y más sabiendo que tengo una persona que trabaja en la Consellería de pesca de las Balears , y dicho por él : la licencia de pesca recreativa a nombre de la embarcación te acredita a poder llevar el máximo de personas que esté autorizada la embarcación y NO es necesario presentar la individual , por lo que se ve en cada Comunidad Autonoma aplican la Ley a su manera :
Además de los aparejos propios para la captura de las especies, tenemos que poseer la correspondiente licencia. Hay cinco tipos de licencia de pesca marítima recreativa: · individual (desde tierra o embarcación, para mayores de 14 años) · colectiva (desde embarcación de lista 6ª, para un máximo de 12 personas) · de pesca submarina (para mayores de 16 años en posesión de licencia federativa) · deportiva (para participar en competiciones oficiales y entrenamientos) · de embarcación (para embarcaciones de lista 7ª y un máximo de cinco personas) Tengo claro que voy legalizado y bien informado , por lo menos , en mi Comunidad ![]()
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Antes de criticar mi forma de ser molestate en saber como es la tuya ![]()
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Makoki II | ||
williwaw (21-04-2016) | ||
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#2
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Cita:
![]() ![]() A mi con esto ultimo me surge una duda... ...y si van 5 personas en un barco inscrito, pero ninguno de ellos tiene licencia personal? Tendra que llevar almenos uno licencia no? y aun siendo asi, el resto no podra llegar al cupo de 5kg por persona/licencia no? por que eso lo acredita la pesca personal no la del barco... No se, no se, tu tendras mas datos y seguridad porque yo no lo veo claro ![]() ![]() |
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#3
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la licencia de embarcación acredita a un máximo de 5 personas pescar en élla , tanto si tienen la individual cómo si no ; claro está que debes llevar el DNI , el rol , u hoja de asentamiento de la embarcación . Y pueden pescar un máxime de 5 kilos por persona , ó en este caso 25 kilos por embarcación .
Espero haberme explicado correctamente . La individual la renuevo continuamente por si algún día voy a pescar con otra embarcación y ésta no posee la licencia de embarcación . Las multas que las pague el de abajo ![]() ![]() ![]()
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Antes de criticar mi forma de ser molestate en saber como es la tuya ![]()
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#4
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Pago yo que no las tengo conmigo.
![]() Pesca desde embarcacion: - Inscripcion libro segundo de buques - Maximo 6 anzuelos (poteras 2 lineas) - Maximo 6 salabardos o reteles - 5kg de pesca/licencia/dia - 25 kg barco/dia ( 5 o mas licencias) - Horario: orto al ocaso Sacado de: (ultima pagina) http://www.nasdap.ejgv.euskadi.net/c...recreativa.pdf Por lo que entiendo que para pescar desde embarcacion hacen falta cumplir los 2 puntos, inscribirlo en la lista de buques y tener la licencia personal. ![]() Editado por La Flecha Roja en 04-07-2014 a las 19:07. |
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