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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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Por eso pregunto porque no me FIO (yo no he puesto que me fio de alguien en ningun momento) ni de ellos ni de ti ni de nadie. Busco opiniones para yo luego sacar mis propias conclusiones, asi si tengo algun error sera por culpa mia, de nadie mas. ![]() ![]() |
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Tienes una ronda pagada bien merecida ![]() ![]() |
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sin acritud , y más sabiendo que tengo una persona que trabaja en la Consellería de pesca de las Balears , y dicho por él : la licencia de pesca recreativa a nombre de la embarcación te acredita a poder llevar el máximo de personas que esté autorizada la embarcación y NO es necesario presentar la individual , por lo que se ve en cada Comunidad Autonoma aplican la Ley a su manera :
Además de los aparejos propios para la captura de las especies, tenemos que poseer la correspondiente licencia. Hay cinco tipos de licencia de pesca marítima recreativa: · individual (desde tierra o embarcación, para mayores de 14 años) · colectiva (desde embarcación de lista 6ª, para un máximo de 12 personas) · de pesca submarina (para mayores de 16 años en posesión de licencia federativa) · deportiva (para participar en competiciones oficiales y entrenamientos) · de embarcación (para embarcaciones de lista 7ª y un máximo de cinco personas) Tengo claro que voy legalizado y bien informado , por lo menos , en mi Comunidad ![]()
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Antes de criticar mi forma de ser molestate en saber como es la tuya ![]()
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Makoki II | ||
williwaw (21-04-2016) | ||
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#30
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![]() ![]() A mi con esto ultimo me surge una duda... ...y si van 5 personas en un barco inscrito, pero ninguno de ellos tiene licencia personal? Tendra que llevar almenos uno licencia no? y aun siendo asi, el resto no podra llegar al cupo de 5kg por persona/licencia no? por que eso lo acredita la pesca personal no la del barco... No se, no se, tu tendras mas datos y seguridad porque yo no lo veo claro ![]() ![]() |
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#31
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la licencia de embarcación acredita a un máximo de 5 personas pescar en élla , tanto si tienen la individual cómo si no ; claro está que debes llevar el DNI , el rol , u hoja de asentamiento de la embarcación . Y pueden pescar un máxime de 5 kilos por persona , ó en este caso 25 kilos por embarcación .
Espero haberme explicado correctamente . La individual la renuevo continuamente por si algún día voy a pescar con otra embarcación y ésta no posee la licencia de embarcación . Las multas que las pague el de abajo ![]() ![]() ![]()
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Antes de criticar mi forma de ser molestate en saber como es la tuya ![]()
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#32
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Pago yo que no las tengo conmigo.
![]() Pesca desde embarcacion: - Inscripcion libro segundo de buques - Maximo 6 anzuelos (poteras 2 lineas) - Maximo 6 salabardos o reteles - 5kg de pesca/licencia/dia - 25 kg barco/dia ( 5 o mas licencias) - Horario: orto al ocaso Sacado de: (ultima pagina) http://www.nasdap.ejgv.euskadi.net/c...recreativa.pdf Por lo que entiendo que para pescar desde embarcacion hacen falta cumplir los 2 puntos, inscribirlo en la lista de buques y tener la licencia personal. ![]() Editado por La Flecha Roja en 04-07-2014 a las 19:07. |
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#33
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Correcto , estoy en Bizkaia y lo saque para la embarcacion....me entere de refilon y para encontrar ese PDF ( no se ahora) pero estaba recondito en la web del Gobierno Vasco....hay que llevarlo que la ertzaintza lo pide.
birras para todos. Editado por Olatu en 04-07-2014 a las 19:25. Razón: correjir |
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#34
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Mas claro no me puede quedar!!!!!
El lunes lo saco si o si Una rondita para todos ![]() ![]() Ahhh y ![]() ![]() |
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#35
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En Andalucia no aparece absolutamente nada de lo que habláis, por lo que entiendo que cada comunidad tendrá sus normas, ya que si fuese nacional, el pdf que el compañero ha facilitado, pondría Gobierno de España en vez de Gobierno Vasco.
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#36
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En cada comunidad funciona de una manera. En la Valenciana han anulado las individuales, aunque estuvieran en vigor, y han creado las de embarcacion. Las individuales eran 7 euros por 5 años y la de embarcacion creo que unos 80 por cinco años también. Los motivos son mas que evidentes... €€€€€€. Yo voy a sacarla en Murcia que aun mantienen ña individual y que les vayan dando
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#37
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Vaya juego que esta dando el temita....
![]() Mirad, esto es lo que dice la Junta de Andalucia http://www.juntadeandalucia.es/agric...rtiva_Baja.pdf Desde tierra licencia tipo 1 y desde embarcacion tipo 2 https://ws142.juntadeandalucia.es/ag...raypesca/lipe/ http://www.juntadeandalucia.es/temas...licencias.html http://www.juntadeandalucia.es/boja/2003/248/3 Artículo 5. Clases y vigencia. 1. Las licencias de pesca marítima de recreo serán de cuatro clases: - Clase 1: que autoriza a su titular para la pesca marítima de recreo desde tierra. Su período de vigencia será de tres años, contados a partir de la fecha de expedición o renovación. - Clase 2: que autoriza a su titular para la pesca marítima de recreo desde embarcación. Su período de vigencia será de tres años, contados a partir de la fecha de expedición o renovación. . . . . . . Artículo 6. Requisitos para la obtención de la licencia. 1. Para la obtención de la licencia de pesca marítima de recreo de clase 1 y clase 2, será necesario que el interesado tenga cumplidos catorce años en el momento de la presentación de la solicitud. En todo caso, los menores de edad habrán de contar con la autorización de la persona que ostente la patria potestad o tutela. 2. Para la obtención de la licencia de pesca marítima de recreo de clase 3 será necesario: - Tener cumplida la mayoría de edad en el momento de solicitarla. - Acreditar la embarcación desde la que se practicará este tipo de pesca marítima de recreo e indicar el número máximo de pasajeros y tripulantes que puedan ir a bordo. . . . . . . -------- Y tras una rapida busqueda en San Google; http://pescacintina.blogspot.com.es/...recreo-de.html "Licencia de pesca marítima de Recreo de clase 1 y 2. Hoy he renovado mi licencia de pesca de clase 2 que es la licencia oportuna para pescar con embarcaciones de recreo, esta tiene una duración de 3 años. El procedimiento que os describo vale también para la licencia de clase 1 que es para pesca desde orilla. La única diferencia entre la renovación y sacarla de nuevo es el hecho de que entregando la antigua licencia no tienes que llevar fotocopia del carnet de identidad. Te presenta en agricultura y pesca de la Conserjería de la Junta de Andalucía, en Huelva está junto al Aqualon, rellenas el formulario de turno, pagas una tasa de 5,50 para pesca desde orilla y 10,50 para embarcación en cualquier banco, entregas el justificante de haber pagado la tasa y el formulario relleno y en un par de días la tienes." ------ Y creo haber encontrado hasta el formulario! http://peskama.files.wordpress.com/2...ol_lic_and.pdf Me da que tambien os toca rellenar papeles hermanos del sur ![]() saludos ![]() ![]() Editado por La Flecha Roja en 06-07-2014 a las 23:41. |
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#38
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Bueno lo primero gracias a Trabañarru, La flecha roja y todos los demas que habeis dado la opinion pertinente, ya he ido a registrar la embarcacion y sin ningun problema. Otro papel mas a la carpeta y a disfrutar.
Una ronda bien merecida ![]() |
| 2 Cofrades agradecieron a Broiler este mensaje: | ||
La Flecha Roja (07-07-2014), trabañarru (07-07-2014) | ||
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#39
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hola cofrades para el que quiera sacar la licencia de tunidos y merluza a qui en euskadi no te la dan si no presentas el papel del gobierno vasco de inscripcion de embarcaciones deportivas una cosa que no entiendo si el dichoso papel lo da la CAVy la licencia de tunidos es del gobierno central pues aqui es asi bueno no se si la e liado mas, o e puesto un poco de luz agures y cerveza fria
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#40
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Lo hice el pasado 27 de junio en Bilbao, te pongo el enlace a la página correspondiente donde se te indican los pasos a dar, en ella también puedes obtener el impreso a rellenar y teindica toda la documentación que has de presentar junto a la solicitud. El trámite y la obtención del certificado es totalmente gratuíto, en 2 ó 3 días lo tienes y puedes pasar a recogerlo personalmente o si lo deseas te lo envían a casa. http://www.nasdap.ejgv.euskadi.net/r.../es_18232.html Espero haberte servido de ayuda. Saludos y de paso una rondita para todos !! |
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#41
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#42
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![]() Bienvenido ![]() |
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#43
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Y ahora pregunto yo:
¿que pasa si el barco tiene bandera extranjera(belga) Saludos |
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#44
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Si fuera yo, te mandaria a pescar a belgica
Esto de los cambios de nacionalidad ya se sabe, no todo van a ser ventajas, comp decian aqui hay que estar a duras y a maduras..... |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a trabañarru | ||
floaterborja (18-08-2014) | ||
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#45
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No me gusta reflotar hilos, pero buscando respuesta a una duda me aparece este en el buscador y no lo aclara bien: se puede incribir en lista de pesca recreativa a un barco con pabellón belga?
Como he encontrado la respuesta por otros medios la pego aquí y las las pago yo.Escribí un mail al Servicio de Estructuras Pesqueras de Gobierno Vasco (ayer tarde) preguntándolo y me ha contestado por mail hoy a las 9 de la mañana ( esto es rapidez y eficiencia ![]() ) que SI se puede. Me ha enviado en pdf la hoja de inscripción que aparece en la web y que puedo tramitarlo incluso telematicamente. "Dado que tiene pabellón belga la documentación de que disponga no será exactamente la que aparece en el impreso. Presente la que tenga. Necesitamos especialmente que haga referencia al nombre del propietario, matrícula (aunque sea de fuera), eslora, motor y fecha de caducidad del permiso de navegación (o similar)." (sic)Así que aclarada la duda, ya estoy tramitando el cambio de bandera. Salud. |
| 3 Cofrades agradecieron a Karonte1888 este mensaje: | ||
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#46
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En resumen, mientras pagues a nosotros nos da igual de donde vengas
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#47
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Haced caso a Traba que es como dice. Hace 1 mes estuve en la oficina de Inspección Pesquera porque el barco que me he comprado no tenía ese papel que muestra el amigo Thomas. Interrogando a "la chica" me vino a decir exactamente que no estoy obligado a tener ese papel a bordo de una embarcación deportiva si no practico la pesca, pero que si me pillan pescando y no tengo ese papel me pondrán una postal. O sea que desde aquel día ya tengo el papel. En la embarcación anterior también la tenía.
Y esto por supuesto independientemente de la licencia personal que cada tripulante debe estar en posesión. Está meridianamente claro ¿no?. De nada.
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Stemma Proderi In Primis Bermei |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a TXELFI | ||
trabañarru (21-04-2016) | ||
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#48
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Cita:
, la licencia que faculta a la embarcacion para pescar sobre ella es gratuita y tiene una duracion ilimitada.![]() |
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