La Taberna del Puerto Smartsails
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Antiguo 09-07-2014, 17:25
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Predeterminado Re: Auxiliar ¿que se debe llevar?

Resumen. En aguas territoriales del Estado español (hasta 12 millas y aguas interiores):

a. Barca de hasta 2,49 metros (tenga la potencia que tenga el motor): es un artefacto flotante. No hay que matricularla y no hay equipos de seguridad obligatorios.

b. Barca de 2,50 a 4 metros que no pase de 8 Kw que se use exclusivamente como auxiliar del barco principal y siempre en las proximidades de este: no hay que matricularla y no hay equipos de seguridad porque obligatorios (ya van en el barco, que esta siempre proximo). De todas formas, entiendo que se le sigue aplicando el RIPA (por ejemplo, luz blanca para navegacion nocturna).

c. Barca de 2,50 a 4 metros que no pase de 8 Kw que se use -aunque sea una sola vez- para un uso distinto de auxiliar del barco principal o que -aunque sea una sola vez- se aleje mas alla de las proximidades del barco: es una embarcacion de recreo (ver el punto d siguiente).

d. Barca de mas de 4 metros y que no pase de 24, o que tenga un motor superior a 8 Kw: es tambien una embarcacion de recreo. Hay obligacion de matricularla y los equipos de seguridad dependeran de la legislacion correspondiente a la bandera.

Ojo, que auxiliar viene de auxilio, y si no hay necesidad de auxilio se puede entender que no se esta usando como auxiliar sino como embarcacion de recreo independiente y, por tanto, se trata de una embarcacion de recreo independiente (punto d). Por ejemplo, si estas amarrado en el puerto y coges la zodiac de 3 mts. para ir a rellenar los bidones de gasoil, o, simplemente, dar un paseo por el puerto... Mmmmm ¿eso se hace como auxiliar del barco? Yo creo que no. O sea, que mucho cuidado los que tengais auxiliares de 2,50 mts. o mas.
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  #2  
Antiguo 09-07-2014, 17:45
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Predeterminado Re: Auxiliar ¿que se debe llevar?

Si quieres completar la información puedes añadir:

Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima (sin poder superar nunca los límites del título de Patrón de Navegación Básica), se podrán gobernar las siguientes embarcaciones/ aparatos flotantes, sin necesidad de un título:

Embarcaciones a motor hasta 4 mts. de eslora y con una potencia máxima de 11,03 kW.
Embarcaciones a vela hasta 5 mts. de eslora.
Artefactos flotantes o de playa, piraguas, kayacs, canoas sin motor, patines con pedales o a motor de potencia inferior a 3,5 kW.
Tablas a vela o tablas deslizantes a motor, o instalaciones flotantes fondeadas.

http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...nes_de_Recreo/
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Editado por RMR2ENG en 09-07-2014 a las 17:54.
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Tupac A. (09-07-2014)
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Predeterminado Re: Auxiliar ¿que se debe llevar?

Cita:
Originalmente publicado por RMR2ENG Ver mensaje
Si quieres completar la información puedes añadir:

Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima (sin poder superar nunca los límites del título de Patrón de Navegación Básica), se podrán gobernar las siguientes embarcaciones/ aparatos flotantes, sin necesidad de un título:

Embarcaciones a motor hasta 4 mts. de eslora y con una potencia máxima de 11,03 kW.
Embarcaciones a vela hasta 5 mts. de eslora.
Artefactos flotantes o de playa, piraguas, kayacs, canoas sin motor, patines con pedales o a motor de potencia inferior a 3,5 kW.
Tablas a vela o tablas deslizantes a motor, o instalaciones flotantes fondeadas.

http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...nes_de_Recreo/
Ojo: eso se refiere a titulaciones (arts. 6 y ss. ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo), no a las habilitaciones concretas de los artefactos o embarcaciones, que es de lo que hablamos aqui.
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Predeterminado Re: Auxiliar ¿que se debe llevar?

obigatoriedad de seguro en artefactos flotantes o de playa, piraguas, kayacs, canoas sin motor, patines con pedales o a motor de potencia inferior a 3,5 kW.
Tablas a vela o tablas deslizantes a motor, o instalaciones flotantes fondeadas?.
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Antiguo 10-07-2014, 10:21
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Predeterminado Re: Auxiliar ¿que se debe llevar?

Cito post de otro cofrade que habia guardado en mis documentos:

"Real Decreto 607/99, BOE 103.

Artículo 1. Objeto del seguro.
1. El seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria tiene por objeto la cobertura, en el ámbito y dentro de los límites fijados en el presente Reglamento, de la responsabilidad civil extracontractual en que puedan incurrir los navieros o propietarios de embarcaciones de recreo o deportivas.

¿Que definen como embarcaciónes de recreo o deportivas?. Pues el articulo 2.

Artículo 2. Embarcaciones de recreo o deportivas.
Tienen la consideración de embarcaciones de recreo o deportivas, a los efectos de este Reglamento, los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor, incluidas las motos náuticas, así como aquellos que carezcan de motor y tengan
una eslora superior a seis metros."


Si tiene motor es obligatorio seguro.
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Tupac A. (10-07-2014)
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Antiguo 10-07-2014, 12:54
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Predeterminado Re: Auxiliar ¿que se debe llevar?

Cita:
Originalmente publicado por RMR2ENG Ver mensaje
Cito post de otro cofrade que habia guardado en mis documentos:

"Real Decreto 607/99, BOE 103.

Artículo 1. Objeto del seguro.
1. El seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria tiene por objeto la cobertura, en el ámbito y dentro de los límites fijados en el presente Reglamento, de la responsabilidad civil extracontractual en que puedan incurrir los navieros o propietarios de embarcaciones de recreo o deportivas.

¿Que definen como embarcaciónes de recreo o deportivas?. Pues el articulo 2.

Artículo 2. Embarcaciones de recreo o deportivas.
Tienen la consideración de embarcaciones de recreo o deportivas, a los efectos de este Reglamento, los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor, incluidas las motos náuticas, así como aquellos que carezcan de motor y tengan
una eslora superior a seis metros."


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Si, señor. Asi es como se resuelve una duda sobre normativa.
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RMR2ENG (10-07-2014)
  #7  
Antiguo 10-07-2014, 17:48
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Predeterminado Re: Auxiliar ¿que se debe llevar?

Gracias pero el merito no es mio, yo solo cito una información que habia dado un cofrade en esta taberna y que me pareció muy util, y por eso la tenia guardada en mi ordenador.
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