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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Pues yo pensaba, que el armador de un lista sexta, no puede llevar su embarcacion.
![]() ![]() A un amigo mio le metieron una multa, y eso que iba con la familia. No se si eso cambio ahora. ![]() ![]() |
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#2
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SALUD
SS.VELERO SIMBAD muéstrate y aclara este lio porfa |
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#3
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Que manía con la Guardia Civil !!
![]() Tengo 58 años, llevo más de 40 conduciendo y hace 8 que tengo un barquito. Me han parado 5 veces, 4 en carretera y una en la bocana de mi puerto. Jamás, jamás, me han multado. Me han pedido los papeles, amablemente, me han hecho soplar (2 veces) también con toda corrección y siempre se han despedido con educación y buenos modos. Será que tengo suerte ? ![]() Será que llevo todos los papeles en regla ? ![]() Será que intento hacer las cosas bien ? ![]() No, no, será que tengo suerte y punto ![]() ![]() ![]()
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KUMI ![]() Después de una ola siempre viene otra |
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#4
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Cita:
![]() no cualquiera tiene 58 con las greñas mal peinadas como tu ![]() ![]() ![]() ![]()
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a pipe | ||
KUMI (08-08-2014) | ||
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#5
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Hola a todos y unas birritas que el calor aprieta
soy gc retirado hace 9 años y he visto multitud de cosas,no en el mar,lo mio era otra actividad,pero a lo que vamos,no veo que si realmente lo tienes todo en regla(y hablo sin saber mucho del tema maritimo en cuanto a legislacion ando muy desconectado ya) te tengan que denunciar si realmente estas realizando un servicio con CLIENTES.En la actividad de lista 6º los profesionales podeis desgravar ciertos gastos y esto precisamente es lo que intenta vigilar la g.c,lo que no se puede es que por ejemplo tengas un barco para trabajar dentro de una actividad determinada y lleves a gente que realmente no son clientes, a ver si me explico,en tierra si un fontanero autonomo por ejemplo se compra una furgo para trabajar y lo pone a su nombre desde ese momento se benficia de ,deduccion del iva en el precio de compra,gasoleos,reparaciones etc etc ahora bien si te pillo un domingo cargadito con la familia camino a la playita pues te puedo denunciar ya que tu furgo es para trabajar y no está para tu disfrute personal.La verdad no entiendo bien este tipo de denuncia ya que repito,si tienes todo en regla y realizas bien tu actividad entiendo que es un sin sentido... enterate bien en la comandancia antes de hacer nada....... |
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#6
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Bueno
Pues ya veo que no me he explicado bien o no han leído bien. El que el armador no pueda llevar un barco de lista 6ª son los que no se dedican realmente a la actividad... es por aquello de ahorrarse impuestos simplemente, no porque se tenga una actividad. Yo tengo una lista 6º, un barco de 29 años, los impuestos pagados, el despacho es alquiler con tripulación, el patrón con el que se despacha el barco soy yo, el marinero iba a bordo, los clientes también con su contrato legal, con el iva pagado..... Amooosss anda. Repito: centro de trabajo, trabajando, con los papeles en regla ( si no me hubiese caído algo mas por los papeles, no? ) Soy patrón profesional y estoy dado de alta en el ism y enrolado como patrón.... Alguna sugerencia de por que se levanta acta....??? |
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#7
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Levantar acta no significa nada mas que un funcionario crea que hay algo irregular, puede que por ignorancia. Y el acta solo refleja hechos comprobados.
Si en el acta quedo claro que tenias toda la documentacion en regla, no debes preocuparte. Si no quedo claro (a veces dices las cosas y enseñas lo que tienes, pero el funcionario no lo refleja todo) entonces presenta un escrito de descargo acompañando las copias. A partir de ahi, si crees que estas en regla, no deberias preocuparte a no ser que recibas una notificacion de que se inicia un expediente sancionador. Y, si fuera asi, este documento si que tendria que decirte que infraccion has cometido. Y entonces tendrias un plazo para presentar alegaciones, presentar documentacion, proponer pruebas, etc. |
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#8
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Cita:
Editado por Natachamar en 08-08-2014 a las 15:21. |
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