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Antiguo 09-09-2014, 21:05
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Predeterminado Re: ¿Qué hacer cuando te quedas sin motor?

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Yo pregunto, ¿Cuántos de los de aquí han intentado atracar a vela alguna vez?

No tiene porque empezarse practicando en tu amarre, que puede ser complejo, con vecinos, etc.

Pero puede usarse la gasolinera -cuando está cerrada-, el pantalán de espera, etc, etc

No siempre es fácil el atraque a vela, pero tampoco siempre es difícil, todo depende del rumbo de aproximación al amarre y como de largo sea.

Pero claro, antes hay que haber practicado por recoger algo del agua a vela, una defensa, salvavidas, etc, para mas o menos intuir la distancia necesaria para parar la inercia, aprender a acuartelar una mayor para frenar o incluso hacer marcha atrás, etc, etc

Tabarly no nacio sabiendo, aprendió
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  #2  
Antiguo 09-09-2014, 21:44
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Predeterminado Re: ¿Qué hacer cuando te quedas sin motor?

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Sabes de algún texto legal que así lo disponga?.No creo que lo encuentres.....

Editado por vent en 09-09-2014 a las 21:51.
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Peon (10-09-2014)
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Predeterminado Re: ¿Qué hacer cuando te quedas sin motor?

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Sabes de algún texto legal que así lo disponga?.No creo que lo encuentres.....

Nunca dejarás de asombrarte de las mentes que escriben en los boletines oficiales..


DOG Núm. 215 Xoves, 10 de novembro de 2011 Páx. 32808 Portos de Galicia

6.
Prohíbese a navegación a vela nas canles de entrada aos portos. As embarcacións cuxa única propulsión sexa a vela deberán saír ou entrar remolcadas.

7.As actividades de piragüismo ou remo non se poden realizar dentro dos portos, agás en zonas expresamente habilitadas e autorizadas para este deporte.




Se trató este tema en:
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=77612





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Paulsailor (09-09-2014)
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Predeterminado Re: ¿Qué hacer cuando te quedas sin motor?

Bueno,es normativa autonómica que,a bote pronto,diría que puede obligar respecto a puertos de la Xunta.No existe en la normativa estatal esta prohibición.En mi puerto las llegadas de las regatas se sitúan en el interior del puerto........
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  #5  
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Bueno,es normativa autonómica que,a bote pronto,diría que puede obligar respecto a puertos de la Xunta.No existe en la normativa estatal esta prohibición.En mi puerto las llegadas de las regatas se sitúan en el interior del puerto........
Creo que ya te han contestado pero no es solo en la Xunta, en cualquier puerto del estado te pueden sancionar por entrar o salir de puerto por un medio que no sea propulsión mecanica, con arreglo a la ley 27/1992, de 24 de noviembre sobre puertos del estado y de la marina mercante.
Lo siento pero es asi.
Otra cosa es que lo apliquen o no.
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Predeterminado Re: ¿Qué hacer cuando te quedas sin motor?

Yo paro el motor antes de llegar al amarre y hago los últimos metros a remo (15 pies). Y la inversa para salir. Ahora veo que podría estar pohibido?
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  #7  
Antiguo 09-09-2014, 23:48
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Predeterminado Re: ¿Qué hacer cuando te quedas sin motor?

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Creo que ya te han contestado pero no es solo en la Xunta, en cualquier puerto del estado te pueden sancionar por entrar o salir de puerto por un medio que no sea propulsión mecanica, con arreglo a la ley 27/1992, de 24 de noviembre sobre puertos del estado y de la marina mercante.
Lo siento pero es asi.
Otra cosa es que lo apliquen o no.
Sorry,pero en la Ley que mencionas no recuerdo ningún artículo que prohiba la navegacion a vela en el interior de un puerto....
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  #8  
Antiguo 09-09-2014, 23:50
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Predeterminado Re: ¿Qué hacer cuando te quedas sin motor?

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Creo que ya te han contestado pero no es solo en la Xunta, en cualquier puerto del estado te pueden sancionar por entrar o salir de puerto por un medio que no sea propulsión mecanica, con arreglo a la ley 27/1992, de 24 de noviembre sobre puertos del estado y de la marina mercante.
Lo siento pero es asi.
Otra cosa es que lo apliquen o no.
Desconozco que las leyes de puertos detallen aspectos como las normas de navegación, ni la 27/1992 ni la 48/2003 ni la más actual 33/2010

En algún sitio se dice que esas normas son competencia de las capitanías de puerto, pero no sé ahora mismo dónde

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