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  #1  
Antiguo 06-10-2014, 11:56
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Predeterminado Re: Indemnización Valor Declarado En Caso De Pérdida Total

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Originalmente publicado por Gallega Ver mensaje
.....

2º) No se pueden utilizar las tablas que usan para calcular el ITP, porque ni la marca, ni el modelo de embarcación figura en dichas tablas. ¿Por qué no figura? No sé, pero me imagino que porque se trata de un astillero nacional muy pequeño que ya dejó de exisitir y que sólo "fabricó" unas 20 embarcaciones.........
Hola Gallega,

respecto a lo que comentas de las tablas, es muy habitual que el modelo en cuestión no salga en ellas, ya sea porque no se fabrica o porque hay modelos más modernos.
Lo que se suele hacer es ver que modelo (evidentemente del mismo astillero) se acerca más al que tu tienes y coger ese valor. Luego has de tener en cuenta la depreciación por años y el valor del motor (ambos aparecen en unos anexos al final de las tablas de valoración).
Ahora si el astillero no sale....eso ya es otro cantar.



Salut
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  #2  
Antiguo 17-10-2014, 21:07
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Indemnización Valor Declarado En Caso De Pérdida Total

Cita:
Originalmente publicado por Gida-Jor Ver mensaje
Hola Gallega,

respecto a lo que comentas de las tablas, es muy habitual que el modelo en cuestión no salga en ellas, ya sea porque no se fabrica o porque hay modelos más modernos.
Lo que se suele hacer es ver que modelo (evidentemente del mismo astillero) se acerca más al que tu tienes y coger ese valor. Luego has de tener en cuenta la depreciación por años y el valor del motor (ambos aparecen en unos anexos al final de las tablas de valoración).
Ahora si el astillero no sale....eso ya es otro cantar.



Salut
Gracias por tu aportación.

Ése es mi caso: el astillero ni sale porque cerró hace ya unos 5 años.

Sólo se fabricaron unas 20 unidades de mi barco, por lo que es muy difícil, por no decir imposible, comparar el precio mirando las compraventas de ese modelo.

Por eso digo que, en el caso de hundimiento de mi barco, lo lógico sería indemnizar a valor pactado pues ni se puede peritar (está hundido a 1.000 metros), ni se puede valorar acudiendo al mercado de segunda mano porque, simplemente, no existe, o, en caso de existir, no puede ser representativo por ser un número testimonial.

¿No crees?

Un saludo,
Gallega
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  #3  
Antiguo 20-10-2014, 21:32
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Predeterminado Re: Indemnización Valor Declarado En Caso De Pérdida Total

Puedes poner la mano en el fuego que NO te pagaran los 100.000 declarados, en caso de litigio te solicitarán el contrato de compra de la embarcación y ..... el pago de ITP en Hacienda (aquí está el kit de la cuestión) es el valor declarado a efecto de impuestos, con todo ello lo pasaran a peritaje, efectuaran una apreciación del porcentaje en que se ha depreciado por los años transcurridos y tachin TE DARAN LO QUE QUIERAN excepto que puedas demostrar documentalmente un peritaje superior.
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  #4  
Antiguo 29-10-2014, 15:10
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Indemnización Valor Declarado En Caso De Pérdida Total

Dejando a un lado que, en mi opinión y experiencia, cualquier compañía de seguros, si la cuantía del daño es significativa, buscará cualquier artimaña para evitar pagar, o pagar lo mínimos. No obstante lo dicho, hay que tener en cuenta bajo que condiciones se suscribe la póliza:

- condiciones inglesas: en esencia, el valor del bien lo fija el asegurado, con lo que en caso de siniestro te van a pagar el valor pactado.

- condiciones "españolas": en esencia, el valor del bien se fija por tablas, por lo que en caso de pérdida total, te van a pagar el valor venal.

Otra cosa son las condiciones particulares que se incluyen en la póliza, y que pueden alterar significativamente las condiciones.


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