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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#301
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Esperare a ver mañana el BOE,pues lo que no esta en el no existe y de momento no esta.......
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#302
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Cita:
Permíteme corregirte: ¡¡ HAN SIDO DOS AÑOS LARGOS !! |
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#303
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Unas ronditas para todos...
Puede decirme algún cofrade como quedan las atribuciones del P.E.R con la nueva Ley ? ![]() Si no recuerdo mal creo que habilitaba para cruzar a Baleares y aumentaba eslora. Un abrazo. |
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#304
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Cita:
para todos. |
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#305
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Cualquier Cosa, Sorpresiva ,nos Podemos Encontrar Viniendo De Los Politicos De Turno....miedoooo Me Daaaa....
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#306
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Cita:
Sinceramente, yo que me estoy preparando para el de PY de noviembre, y siendo las asignaturas ya algo "serias", veo el cambio a un examen tipo test de 40 preguntas...y me quedo un poco ![]() No se, no se...tengo sentimientos contradictorios. Me parece bien que se faciliten las cosas pero el PY lo tenia como el primer titulo "serio" en le que la gente tiene que estudiar y aprender. Me da miedo que ahora se convierta en un coladero como es el PER...no se no se... |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a La Flecha Roja | ||
Triton Canarias (09-10-2014) | ||
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#307
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Cita:
para todos. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a llanera | ||
Capitán Trucho (13-10-2014) | ||
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#308
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A ver como queda la nueva normativa, y especifican el curso de altura para habilitar a un PER a cruzar a las islas.
Birras de momento... Que mañana ojalá sean copazos para celebrarlo! Jaranero. |
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#309
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Pues señores, en el BOE de hoy tal y como decía NAUCHER, nada de nada.
De todas formas, según leo en este portal nautico, la noticia dice que el texto ya tiene el visto bueno de todos los subsecretarios. Pues entonces lo lógico es que pase hoy al consejo de ministros para su aprobación. Solo entonces, una vez convertido el texto en Real Decreto, será publicado en el BOE. Vamos, eso es lo que yo veo más lógico. Pero sabemos que asuntos de palacio, la lógica puede no serlo tanto. |
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#310
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Copio: "Información marítima fiable y profesional"
fiable. 1. adj. Dicho de una persona: Que es digna de confianza. 2. adj. Que ofrece seguridad o buenos resultados. Mecanismo fiable. Método fiable. 3. adj. Creíble, fidedigno, sin error. Datos fiables. (Real Academia Española © Todos los derechos reservados) Creo que mejor sería cambiar el lema de esa web, porque últimamente no han acertado en sus afirmaciones públicas. Espero que la reforma se apruebe hoy, y que lo publiquen próximamente, así nos dejamos ya de una vez estos hilos de "Radio Macuto". ![]() |
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#311
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Como bien opinas North side, hoy será aprobada la normativa por el consejo de ministros y posteriormente, este mes, publicada en el BOE como RD.
Si puedo, luego mando lo acordado en el consejo que vendrá en la web de Moncloa. http://www.anen.es/el-rd-sobre-la-re...-de-ministros/ |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a itu80 | ||
Jordi BMW (10-10-2014) | ||
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#312
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SE APROBO POR EL CONSEJO DE MINISTROS
![]() ![]() ![]() ![]() El Real Decreto modifica las atribuciones de las titulaciones existentes con el ánimo de hacerlas más versátiles y competitivas, como por ejemplo el PER (patrón de embarcaciones de recreo), principal titulación de la náutica de recreo española, que permitirá mayores distancias de navegación, teniendo en cuenta la formación práctica adquirida por los patrones. En relación con la formación, se introducen medidas de liberalización en la impartición de la formación teórica, que conseguirá una mayor competitividad en el ámbito formativo y una reducción de costes de los cursos preparatorios. Además, se varían los temarios teóricos, reforzando el aprendizaje a través de una mayor formación práctica, esencial para garantizar la seguridad de la navegación. Ahora a ver el texto definitivo que sorpresas os depara. Por ahora felicitarnos, espero ![]() ![]() |
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#313
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Lo dicho, efecticvamente lo aprobó el Consejo de Ministros.
la nota de prensa es: APROBADA UNA NUEVA REGULACIÓN DE TITULACIONES NÁUTICAS DE RECREO QUE FOMENTARÁ LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan las titulaciones náuticas de embarcaciones de recreo, con el objetivo de fomentar la competitividad del sector. La nueva regulación presenta cambios respecto a la normativa anterior en lo que se refiere a la formación para obtener una titulación náutica y a las atribuciones de dichas titulaciones. Además, se incluyen nuevas normas de reducción de cargas administrativas. Titulaciones más versátiles y competitivas El Real Decreto modifica las atribuciones de las titulaciones existentes con el ánimo de hacerlas más versátiles y competitivas, como por ejemplo el PER (patrón de embarcaciones de recreo), principal titulación de la náutica de recreo española, que permitirá mayores distancias de navegación, teniendo en cuenta la formación práctica adquirida por los patrones. En relación con la formación, se introducen medidas de liberalización en la impartición de la formación teórica, que conseguirá una mayor competitividad en el ámbito formativo y una reducción de costes de los cursos preparatorios. Además, se varían los temarios teóricos, reforzando el aprendizaje a través de una mayor formación práctica, esencial para garantizar la seguridad de la navegación. Reducción de trabas administrativas Por último, el Real Decreto introduce medidas para la reducción de trabas administrativas y requisitos para agilizar la expedición de las titulaciones, mediante la exigencia de aquella documentación estrictamente imprescindible, la promoción de medios telemáticos y el apoyo de la Administración a las federaciones y escuelas náuticas de recreo. Con todo ello se espera que se favorezca el desarrollo de este sector en España, reforzando el atractivo del sector náutico español como elemento dinamizador de la economía española y del turismo, así como el fomento de la seguridad marítima. |
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#314
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En este link tenéis un resumen en PDF. Hasta dentro de tres meses no es de aplicación en titulaciones a partir del PNB
http://www.anen.es/download/general/...0Ministros.pdf |
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#315
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![]() ![]() ![]() Ya me estoy encargando un 24 metros! ![]() ![]() (en cuanto me toque la Primi) ![]()
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Glory to Ukraine |
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#316
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Acabo de publicar la noticia y el resumen de atribuciones de las nuevas titulaciones aprobadas hoy en el Consejo de Minisros. Sinceramente, no veo que salgamos de encorsetamiento crónico y secular de nuestra 'titulitis'.
Lo de los Capitanes de Yate, constreñidos a 24 m. de eslora, clama al cielo. Es la misma eslora que estaban autorizados a gobernar hace 40 años, cuando no había hélices de proa, enrolladores, apenas pilotos automáticos ni GPS. Lo considero una degradación a sus capacidades. saludos |
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#317
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Una persona me traslada una pregunta y no puedo contestarla sin ver las disposiciones transitorias.
¿Alguien sabe como quedan las asignaturas aprobadas para un titulo? En concreto: una persona que tiene el titulo de patron de yate y tiene aprobadas varias asignaturas de capitan de yate, ¿debe correr a examinarse de las que le quedan para no perder esas asignaturas? ¿o se mantienen para la nueva titulacion? Gracias. |
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#318
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Tupac:
• Se permitirá el examen por bloques en Patrón de Yate y Capitán de Yate pero solo durante 2 convocatorias, siguientes en las que se realice el examen de Patrón de Yate y Capitán de Yate Tienes 2 convocatorias además de la de diciembre. Tiempo y convocatorias tienes antes de que te cambie el temario y el modelo examen. Suerte! |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a itu80 | ||
Tupac A. (10-10-2014) | ||
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#319
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![]() ![]() ![]() Bien bien bien!!! ![]() ![]() ![]() Unos copazos para celebrarlooo!!!! Buena proa, Jaranero. |
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#320
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Cita:
No es para mi. Me lo ha preguntado otra persona. O sea, la de diciembre (que todavia no estara en vigor el real decreto) y, ademas, las dos primeras tras la entrada en vigor. ¿Es asi? |
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#321
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Entiendo que es como dices aunque yo me presentaría, por se acaso, a la convocatoria de diciembre para que le cuenten las 2 convocatorias a partir de la de diciembre.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a itu80 | ||
Tupac A. (10-10-2014) | ||
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#322
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Lo importante sería saber si mantienen los mismos programas que se propusieron en el borrador, aunque tiene toda la pinta de que así será.
Saludos Guillermo |
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#323
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Bueno, pues a ver si ahora en menos de 5 años arreglan la del equipamiento obligatorio homologado del barco
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#324
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Bueno, pues como poseedor de un titulín, a medio plazo quedaré degradado a mindundi sin título por la nueva legislación.
Cuando me caduque el actual titulín, si quisiera acceder a las magníficas atribuciones de la licencia de navegación, tendría que realizar 4 horas de prácticas. Como que a estas alturas, después de 40 años haciendo el zanahorio en el mar, me repatea pagar por cuatro horas de prácticas que no me van a enseñar absolutamente nada, pues no accederé a la licencia de navegación y supongo que me quedaré sin ningún título. La ventaja es que con la nueva normativa mi humilde esquife de 21 palmos y 6CV queda dentro de las atribuciones de los sin título. Como no acabo de captar la sutil diferencia entre las atribuciones de distancia de la licencia comparada con las de sin título ("2 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo" versus "2 millas de un puerto, marina o lugar de abrigo"), me quedaré sin título y sólo infringiré regularmente las limitaciones de distancia, como hasta ahora. ![]() Alegría y que no decaiga. ![]() |
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#325
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![]() Sabéis si con la nueva normativa el que tenga el pnb para acceder al per sólo tendrá que examinarse de los problemas? Es decir se le convalida la teoría. ![]() ![]() |
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