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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

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Originalmente publicado por Rascayus Ver mensaje
Según el artículo 2.1 del*RD 1434/1999 de 10 de septiembre, se consideran embarcaciones de recreo aquéllas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros.
Por lo tanto con un titulo de recreo no se ha podido llevar nunca mas de 24 metros
En la escuela náutica nos explicaron que capitán de yate, aunque no especifique la eslora máxima, al indicar que sirve para gobernar un buque de recreo, entonces está limitado a 24 metros.
Así que no han limitado nada, solamente lo han aclarado.

Repito, eso nos dijeron, yo no sé nada más, que soy un supernovato analfabeto total en estas cosas.
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