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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Lo de los 6 meses posteriores, te aseguro que no es así. Y no es tan fácil que te facturen algo después de la matriculación que realmente te han puesto antes. A mi hacienda no sólo me ha pedido las facturas, también el justificante de pago. Por otra parte, el barco si no está totalmente pagado, no lo envían, al menos Bavaria.
No hay sanción, porque no pueden demostrar que hay mala fe, ya que se pagó todo por transferencias, y era una factura de extras, no es que el barco lo cómprase sin palo y en una factura aparte el palo. Ellos miran que coincida la base imponible del impuesto de matriculación con el 347 que declara Bavaria Spain, si no coinciden, solicitan facturas, y comprueban que todas las de fechas anteriores a matriculación, se hayan metido en la base imponible del Imp. De matriculación. Al mes de tener el barco compre a Bavaria una escotilla que rompí, y no la han metido para la liquidación y la tenía el inspector delante con la fecha en fluorescente, comprobó que era posterior y la descarto. Lo mismo paso con una factura de tapicería, era de dos meses después y también la descarto. A mi no me lo esta contando nadie, me esta sucediendo ahora mismo. |
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#2
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Muchas gracias por todas las aportaciones. Y ya, para complicarlo todo, ¿y abanderando en Bélgica?
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Ever tried. Ever failed. No matter. Try Again. Fail again. Fail better. Samuel Beckett |
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#3
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Tienes que pagar primero el impuesto de matriculación, y luego lo abanderas donde quieras.
Yo acabo de solicitar la baja de bandera y lo estoy haciendo en Holanda. En Bélgica, si el barco tiene menos de 5 años, sale muy caro, abanderarlo en Holanda a través de Gestoria de Barcelona, me cuesta 600 euros y luego unos 50 euros cada 2 años. |
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#4
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Hola cofrades carajillos de cuantreau para todos.
Lo de las banderas europeas en el nuevo real decretó sobre titulaciones , no se sí habéis leído que cualquiera que sea la bandera si el propietario del barco es español y navega por aguas españolas tendrá que tener la titulación exigida en España . Con lo que la bandera europea a nivel de itv sigue siendo interesante , pero ya no lo es a nivel de título |
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#5
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Cita:
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#6
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Cita:
![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Este en España lo tendría jodidísimo pagar ITV además ITB, bengalas, cohetes, rueda de recambio, matriculación tráfico, impuesto de circulación anual, .... ![]() ![]() |
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#7
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Cita:
No deja de ser curioso, que es un tributo cuyo hecho imponible lo constituye la primera matriculación definitiva de vehículos, nuevos o usados, y en nuestro caso no lo vamos a matricular en España. En resumidas cuentas, estamos pagando un impuesto cuyo soporte no lo vamos a ejercer, para lo único que sirve es para enseñarlo en AEAT, cuando te lo requieran.
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Saludos y un G'vine + tónica 1724, pa tooos ![]()
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