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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Yo entiendo que es para todos, profesionales o no. No hay que olvidar que a los navegantes de recreo también se nos aplica la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante para sancionarnos con los procedimientos que derivan de ella. Este Real Decreto no establece una nueva infracción, que tendría que hacerse mediante Ley. Lo que hace es concretar cuándo un capitán se halla en estado de ebriedad, a los efectos de aplicar la infracción muy grave del art. 116 de la Ley.
Artículo 116 Infracciones muy graves 2. Infracciones contra la seguridad marítima. j) Las acciones u omisiones del capitán, patrón del buque o práctico de servicios mientras se hallen en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias psicotrópicas, drogas tóxicas o estupefacientes a consecuencia de lo cual se pueda alterar su capacidad para desempeñar sus funciones. Pero puede haber otras opiniones, aunque creo que poco le importarán a la DGMM. ![]() |
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genoves (09-11-2014) | ||
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#2
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N bandera extranjera tambien te pueden hacer soplar?
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#3
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Si tienes bandera extranjera no te pueden dar ni los buenos dias
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#4
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![]() ![]() Estimados cofrades: Más Multas y Sanciones https://www.boe.es/boe/dias/2014/11/...2014-40229.pdf Noviembre ![]() |
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#5
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¡Gracias!, Neska. He visto que le notifican a un conocido, y le he enviado un mensajito avisándole.
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Neska (15-11-2014) | ||
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#6
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Cita:
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#7
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Cita:
Salud cofrades y buen viento para todos! ![]() |
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genoves (23-11-2014) | ||
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#8
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Por una averia de motor tengo que hacer la travesia desde las islas a vela. Hasta aqui todo normal, pero tengo la fatalidad de quedarme flotando como un corcho sin viento casi 19 horas. Hasta aqui todo normal, pero alguien se pone nervioso a pesar de haberle notificado mi averia y llama a salvamento. Hasta aqui todo normal, pero entra el castañon anunciado y empezamos a andar pero no a rumbo directo por que el viento nos viene " como siempre" de morral.
Y aqui empieza lo anormal..... salvamento no es capaz de localizarme por que me busca en un rumbo directo, me llaman por radio pero logicamente no estaba la cosa para irme a jugar con la radio dentro, asi que solo con un walki y con el ruido del viento y el mar... imposible oir cualquier llamada, y atodo esto yo sin enterarme de mi busqueda jjj. Incluso me cruzo con varios mercantes y un ferry, pero parece que de mi busqueda nadie les habia notificado nada. Salvamento... me denuncia, lo que pienso de ellos... me lo guardo. Resumiendo, cuando llego me entero del lio y me llega la papela de capitania, 300 por no tener la LEB.... llevo pasadas varias itb y consiguientes despachos, nadie me dijo naa de naaa 600 por llevar VHF pero sin DSC, a pesar de tener el certificado de navegabilidad en vigor. Para que lo expiden por 5 años si despues es papel mojado 600 por tener caducado un mes el hidrostatico de lanradiobaliza. 1600..y es para alucinar... por no permanecer a la escucha y no atender la llamada selectiva digital, cuando la norma dice que se atendera " siempre que sea posible". Esta ultima consegui que me la quitasen despues de presentar alegaciones. Sin embargo recurro en alzada y un ###### de fomento me vuelve a poner los 1600 lereles. Al final contencioso administrativo contra la DGMM, me lo estiman parcialmente, me quitan la sancion de 1600 y he pagado las tres primeras. Gasto en abogado y procurador, pero me he dado el gustazo de darles en las narices a estos tios de la DGMM. Por cierto mi abogado se la ha currado, esta en Valencia y es muy recomendable si necesitais alguno ![]() |
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genoves (23-11-2014) | ||
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