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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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| Avisos |
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#1
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http://www.boe.es/boe/dias/2011/05/0...-2011-7751.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/3...2011-14222.pdf Según el convenio intl de embargo preventivo firmado por nuestro país (CEPB 99) , es perfectamente legal encadenar el barco e impedir su salida hasta que se satisfaga la deuda ya que es un crédito marítimo privilegiado. ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a whitecast | ||
kAILOA (10-12-2014) | ||
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#2
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No pueden encadenarte el barco de ninguna de las maneras. Una capitanía puede inmovilizarte el barco si supone un peligro para la navegación, para ello préviamente ha de instruir un expediente administrativo.
En el caso de impago en un puerto, tienen que instruir un expediente administrativo previo y con él acudir a los tribunales para instar el cobro, y en todo caso pedir una medida cautelar de inmovilización del bien, en este caso un barco. El tribunal si cree acorde la medida instará a depositar fianza al puerto y otorgará la medida cautelar. Por supuesto con comunicación de todos los autos a los que puedes oponerte alegando lo que consideres pertinente. Precisamente la fianza se les pide por si hay algún error y se crea un perjuicio al propietario, quien será reintegrado con la misma. El convenio fué firmado para evitar que barcos con bandera de conveniencia en la marina mercante no pagaran en puerto, pero no excluye el tener que ir a un tribunal, el puerto no puede inmovilizar si no hay razones sanitarias, o de seguridad para la navegación. ![]() |
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#3
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Simplemente con alegar un crédito marítimo (las tasas de un puerto lo son) ante la jurisdicción española se llevará a cabo el embargo preventivo sin necesidad de prueba alguna. Este tipo de embargos se realizan para evitar que los barcos huyan sin pagar.
Copio la normativa: Para decretar el embargo preventivo de un buque bastará que se alegue el crédito reclamado y la causa que lo motive. El tribunal exigirá en todo caso fianza en cantidad suficiente para responder de los daños, perjuicios y costas que puedan ocasionarse. No dice nada de que las embarcaciones de recreo estén exentas de su cumplimiento |
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#4
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Un ron cofrades
![]() En la entrada de cada pantalán colocar un cartel con el nombre del moroso y del barco,rogándo pase por la oficina a pagar los X recibos que adeuda.También en la puerta del club. Ya verás... ![]() Salut i bon vent ![]() Sagitari Miembro de Cofrades de Tarragona de La Taberna del Puerto |
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