La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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Antiguo 10-12-2014, 00:19
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Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Analizando la normativa parece que el convenio CEPB 99 no se aplica cuando:

a) Se trata del embargo de una embarcación que arbola el pabellón del país en cuya jurisdicción se encuentra. Es decir, un barco español que está en España, y
b) Quien solicite el embargo tenga residencia en España.

Si no se aplica el convenio, hay que acudir al procedimiento regular.

Cito un artículo de NAUTICALEGAL sobre el derecho de retención:
http://www.nauticalegal.com/articulo...-embarcaciones

Cita:
III.- Derecho de retención

Dadas determinadas circunstancias, el derecho permite al acreedor marítimo la posibilidad de retener la embarcación y así presionar para que se satisfaga la deuda. El derecho foral catalán, incLuso va un poco mas lejos y si se cumplen unos requisitos el barco puede realizarse, es decir venderse, sin tener que pasar por los tribunales.

La Convención sobre privilegios marítimos antes tratada autoriza a los estados adscritos previsiones de este tipo, dando el visto bueno a los estados parte para que regulen un derecho a retención.

En España, este derecho esta previsto en ciertos casos, siendo de especial importancia en el ámbito que tratamos el derecho a retención que tiene aquel que ha realizado una obra en el barco y quien sea depositario. En cualquiera de los dos supuestos es necesario que quien retiene la embarcación sea el poseedor de buena fe de la misma. Es decir, lo que no se puede es que, para reclamar una deuda, el acreedor "asalte" la embarcación reteniéndola. Se es poseedor cuando se tiene la cosa de forma pacifica, haciéndose el poseedor responsable de la misma.

El supuesto de retención para cobrar por obras o reparaciones realizadas, se puede dar cuando un barco esta en un astillero o varadero. Evidentemente, cuando el barco está en seco es mas fácil retenerlo ya que difícilmente se lo podrá llevar el armador, además, queda mas claro que el acreedor esta en posesión del barco. En otros supuestos, con el barco a flote, no puede decirse en todos los casos que el barco este en posesión del reparador, a no ser que esté en sus propias instalaciones.

El supuesto del depositario entendemos que sería aplicable a los puertos. Conviene aclarar que para que el derecho exista, es necesario que el puerto se pueda reputar como responsable de la embarcación. En muchas ocasiones, mediante el contrato de amarre los puertos intentan declinar toda responsabilidad sobre el barco y de considerarse esa previsión válida, no sería depositario del yate y por lo tanto carecería de la posibilidad de retener.
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kAILOA (10-12-2014)
  #2  
Antiguo 10-12-2014, 01:18
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Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

En el supuesto de que el barco este en las instalaciones de un astillero, que no es el caso que nos ocupa,tampoco se podría retener, contra la voluntad del propietario, seria el acreedor el que tendría que presentar la correspondiente reclamación, por vía judicial, y que el juzgado autorizara la enajenación de ese bien, de lo contrario estaríamos ante la realización arbitrario del propio derecho, articulo 455 del C.P.,con las consecuencias penales que esto acarrearía, las cosas no son tan sencillas, aunque a veces lo parezcan una para todos...bueno menos para el cara dura que no paga ja,ja
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  #3  
Antiguo 10-12-2014, 21:21
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Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Bueno el que deba tasas sera por algun motivo, a lo mejor se a quedado sin curro y no puede pagar y en este pais te crucifican, muchos puertos pillan subvenciones del estado o sea de todos. 3n port ginesta un amarre de alquiler directo en capitania de 8 m cuesta unos 280 euros al mes es para flipar ymaginate que debes una multa y te quitan el coche. Mucho morro hay por parte de los puertos y las administraciones. El que tiene un barco por pequeño que sea crea riqueza y puestos de trabajo. Ojo no defiendo la morosidad pero un pelin mas de margen. Es como los parkings a veces un autentico robo
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  #4  
Antiguo 11-12-2014, 05:30
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Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Hace unos días compré un 420 muy barato y fui a informarme al club previamente al pago y encontré que el socio debía más dinero del que valía el barco.

En principio no me negaron especialmente la retirada del barco pero preferí que lo arreglaran entre ellos antes de comprarlo.
El caso es que el dueño necesitaba el dinero para pagar parte de la deuda y sobre todo para sacarse el barco de encima.

Hablado con el club vieron claro que era mejor dejar salir el barco aunque tuviera deudas que tener ocupado el espacio, no poder alquilarlo de nuevo y seguir aumentando la deuda sin esperanza de cobrarla.
Saqué el barco, el club vuelve a disponer del hueco y al ex-dueño ya no le aumenta la deuda más de lo que ya había.

Se ha hecho todo con la mejor voluntad por parte de todos y sin más problemas.
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  #5  
Antiguo 11-12-2014, 14:02
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Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Hola a todos y por supuesto unas buenas rondas
whitecast ,gracias por despejarme las dudas , pero una aclaración a la parte en
la que digo :

la mejor solución legal a mi modo de ver es.... le pones una lancha con cadenas por la proa o popa para que no pueda hacer maniobras y claro que sus cadenas las puede romper con una cizalla , pero si rompe las tuyas ...llamas a la Guardia Civil y que actué

y me contestas:
La mejor solución legal es pagar lo que se debe y no andar montando números

yo me refería , a lo que podemos hacer los que cargamos con las deudas de ciertos personajes que se aprovechan de los demás,usando lagunas legales y toda clase de artimañas.... ¿que tienen que pagar? hombre eso es obvio , pero como no lo hacen, porque estamos en un país que se legisla para los caraduras,lo único que nos queda es el derecho al pataleo o la acción ,(legal por supuesto ) .
Un abrazo
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genoves (11-12-2014), whitecast (11-12-2014)
  #6  
Antiguo 11-12-2014, 14:41
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Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Disculpa entendí mal tu mensaje. Invito a unas botellas de beronia a todos los marinos
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gambon (11-12-2014)
  #7  
Antiguo 11-12-2014, 15:16
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Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

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Sergio Ponce

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