Cita:
Originalmente publicado por ironia
Otra cosa es llegar a un acuerdo de uso y disfrute con un contrato privado entre las partes.
Seria algo así como un alquiler con derecho a compra, tu pagas x cada año por el disfrute, lo mantienes, y cuando se pueda vender, terminas de pagar lo que te queda.
Lo he visto en alguna ocasión.

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El problemas es cuales son las partes ya que tendrian que dar su visto bueno todos lo herederos. Y que sucede si repudian la herencia o lo aceptan y un acreedor lo reclama. Hay muchos barcos a la venta como para meterse en esos problemas.