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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Saludos y ronda de Gran Canaria,
En anexo V de este BOE veran el modelo de recibo de residuos marpol por la pesca fresca y recro. http://www.boe.es/buscar/act.php?id=...n=1&p=20021221 Feliz año nuevo |
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#2
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Este documento no es nuevo. Lo llevo haciendo desde hace unos 5 años a raíz de comentarios en esta Taberna de denuncias de la G.C. al respecto. Es gratuito y simplemente se trata de cumplimentar un documento más. Hay que hacerlo cada año.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Christian | ||
GestoriaGuiral (08-01-2015) | ||
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#3
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Cita:
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#4
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Hola a todos
Hace años que es obligatorio y desde hace varios meses están sancionando a los barcos de recreo que no lo llevan a bordo (500 euros) Hay que pedirlo en el club/puerto (algunos cobran una pequeña cantidad x certificado) y sellarlo en Capitanía. La Capitanía de Barcelona no acepta certificados de "descarga cero". ![]()
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~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ Guiral Asesoría Náutica (NIF: 38.085.879-H) Av Mistral 10, ent7 08015 Barcelona 629 54 57 94 info@guiralnautica.com |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a GestoriaGuiral | ||
Juanitu (15-04-2015) | ||
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#5
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En el Club Náutico hay depósitos, y en mi caso no cobran. En Capitanía por ahora tampoco. Es perder tiempo.
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#6
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Efectivamente, como comentais esto es de hace años, lo que pasa que a mi vecino de pantalan, viniendo de Melilla le abordo la GC y con mareton, y le pidio el susodicho papel de la MARPOL y el no sabia lo que le estaban pidiendo.
El lleva pabellon extrnajero y es Italiano, al comentarmelo, y coincidir que otro socio me saco el tema con el impreso en cuestion, me intui que algo estaba pasando pero no, nosotros seguiremos certificando a los socios del Club que reciclan el aceite del carter en las instalaciones dle Club un certificado y con eso cumplimos. Lo que si me han advertido es que el dia 11 entre en vigor lo de las titulaciones, pero desconocia que era para todo el mundo ???? asi me loo han informado en capitania, no solo para los nacionales si no para todos los barcos extranjeros deberan llevar su titulacion ???? eS ESTO ASI ????? ![]() ![]() ![]()
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www.kailoa.blogspot.es[/url] ESP-9429 MMSI POL 261000281 - Call Sign SPA2244 Socio Fundador de ANAVRE |
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#7
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Cita:
Supongo que lo que habría que llevar a bordo sería al menos la declaración sellada (pues con ello se supone que ya se ha justificado ante la Capitanía la entrega). Pregunto ¿es así? Y lo pregunto porque en mi puerto hay un contenedor de reciclaje de aceite de motor (en el que deposito el usado de mi FB cuando se lo cambio), echas allí y punto. Y si le pido al encargado del puerto un recibo MARPOL, lo mato del susto. Y además, como me tenga que convertir los 400 cc de aceite a metros cúbicos, lo remato. Así que no tengo ni recibo ni declaración ni nada. ![]() Habrá que preguntar a ver cómo lo llevan... ![]()
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo Editado por otoio en 09-01-2015 a las 00:01. |
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#8
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Me han hecho hoy un certificado de entrega de aceites usados en el punto de recogida. La cantidad depositada es de 0 (cero) litros. Coste cero.
Se corresponde absolutamente con la realidad, no he cambiado el aceite desde hace más de un año. E incluso esa vez no he producido residuos. Lo de las titulaciones a partir de pasado mañana es así. Pueden pedirla a todo quisqui. A menos que lo cambien en ese tiempo, que puede ser, ya que si no, se va a liar. Por si sirve. |
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#9
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En este pais de pandereta tenemos unos gestores incompetentes
. Si yo no he cambiado el aceite del motor porque no le corresponde, ¿ por que he de tener el certificado ?. ¿ quien de capitania sera el que certifique que lo que dice el papelito es asi ? .Los barcos de bandera extrangera ¿ no se rigen en su normativa por el pais de abanderamiento?. Si cambio el aceite del motor en diciembre del 2014 y me paran en el 2015 ¿ a partir de que mes necesito el certificado para estar cubierto en 2015?.la administracion se pasa tres pueblos legislando sin pensar que medios se necesitan para cumplir con la norma. . este pais no tiene arreglo. No brindo.![]() |
| 4 Cofrades agradecieron a port bo este mensaje: | ||
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#10
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![]() y que ahi nada de nada de eso ![]() Entonces si me paran... ¿qué pasa???
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LET IT FLOW y sonríe, siempre, siempre, sonríe... Al amigo le alegras... y al enemigo, le jodes
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#11
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#12
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Yo he cambiado el aceite a mi barco y tampoco tenian ni idea que existia el papelito dichoso.
Que ganas de complicarnos la existencia. |
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#13
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Buenos días cofrades. Por fin me estreno en un foro de La Taberna. Así que unas cervecitas para celébrarlo.
Me he leído el RD 1381/2002 publicado en el BOE y el ámbito de aplicación es para todos los Pabellones. Anexo el artículo. Artículo 3. Ámbito de aplicación. 1. Las disposiciones de este Real Decreto se aplicarán a: a) Los buques, incluidos los buques de pesca y las embarcaciones de recreo, cualquiera que sea el pabellón que enarbolen, que hagan escala o presten servicio en un puerto español, excepto los buques de guerra, las unidades navales auxiliares y los buques que, siendo propiedad de un Estado o estando a su servicio, sólo presten por el momento servicios gubernamentales de carácter no comercial. Por lo demás entiendo que con los recibos de pago de tu puerto por gestión de residuos o sin ellos, tienes que ir anualmente a Capitanía Marítima de tu Puerto y entregar en caso de embarcaciones de recreo de hasta 12 tripulantes el Anexo V. Por lo demás entiendo que con los recibos de pago de tu puerto por gestión de residuos o sin ellos, tienes que ir anualmente a Capitanía Marítima de tu Puerto y entregar en caso de embarcaciones de recreo de hasta 12 tripulantes el Anexo V. Artículo 6. Notificación. 4. Los buques de pesca fresca y embarcaciones deportivas o de recreo autorizadas para un máximo de doce pasajeros realizarán la notificación reducida que figura en el anexo V, de acuerdo con las siguientes normas: a) En el caso de buques o embarcaciones de cualquier tipo con base en un puerto español, justificarán anualmente ante la Capitanía Marítima de su puerto base la entrega de toda clase de desechos a una instalación portuaria receptora autorizada. Amarras para todos. Solodyc, |
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#14
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En mi caso, acabo de montar motor nuevo. Tiene 7 horas de funcionamiento. ¿ He de vaciar el carter y sacar el aceite para que me entreguen el "papelito de la risa"?. Seamos serios, estan legislando sin tener puñetera idea. Asi nos va con gobernantes inutiles . No brindo.
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#15
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Efectivamente, el cumplimiento es para todos los pabellones, todo quisqui tiene que cumplir la normativa medioambiental náutica en éste caso. Pero, y aquí hay la gran cuestión, SÓLO los pabellones españoles han de llevar el papelito que la legislación española les obliga, y presentarlo cuando tienen revisiones administrativas por parte de los funcionarios (GC, Aduanas, ...). Los pabellones extranjeros han de llevar aquellos papeles que su bandera les obliga y presentarlo bajo requerimientos de las autoridades de sus paises respectivos. ![]() |
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#16
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Según la legislación del país de bandera no tengo obligación, ¿entonces?? ¿ a quien denuncian, al barco, al patrón que en ese momento esta a bordo, o al armador? Como siempre la legislación española tiene muchas lagunas muy oscuras. Un saludo
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Una ronda.... que pago yo El exito es la preparación combinada con la oportunidad. |
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#17
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Yo lo rellene antes de salir. Me lo gestionó el del varadero.
Lo que no entiendo es q de q ir firmado por el capitán marítimo. Lo lógico sería que con la firma de la autoridad portuaria competente fuera suficiente. Me huele a mi que será una forma más de "limitar" el auto mantenimiento de barcos y "autorizar" a determinadas empresas al cambio, con la consecuente tasa anual. El certificado tiene validez de un año natural, es decir, si lo haces en mayo tiene fecha hasta diciembre 2015. Y ahora digo yo.... Si el aceite no lo cambio hasta mayo del próximo año.... Ahora en teoría me tirare 5 meses con el certificado caducado. Lo veis lógico ? |
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#18
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Para tener validez, este documento deberá contar con el refrendo de la Capitanía Marítima del puerto donde se realizó la entrega. Para los buques de pesca fresca y las embarcaciones de recreo autorizadas para un máximo de doce pasajeros, la instalación portuaria receptora expedirá un único recibo anual que declare la entrega regular en dicha instalación, a lo largo de dicho periodo, de los desechos de la embarcación. El recibo deberá presentarse en la Capitanía Marítima para su refrendo.
Se expedirá un ´nico recib oanual, no significa que sea por año natural, sino que dentro del año no se podrán expedir más, en mi humilxde opinión.
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Rodeado de virus por todas partes (Isla Desespero) |
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#19
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Cita:
![]() Alli estaba yo con mis desechos del barco ![]() ![]() ![]() Mas inutil imposible. ![]()
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Una ronda.... que pago yo El exito es la preparación combinada con la oportunidad. |
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#20
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En mi puerto tampoco fueron capaces de aclararme nada, (Canet de Berenguer), ni desde luego me dieron ninguna solucion, ademas yo cambio el aceite cada 4 años y llevo WC quimico que no he usado desde que lo compre.
Se supone que cuando compras el aceite ya pagas una tasa por reciclado y ademas tienen que quedarse el usado puesto que has pagado esa tasa, ¿entonces, en cuantos sitios tengo que dejar el mismo aceite y cuantas veces tengo que pagar por reciclarlo? De verdad, me dan ganas de emigrar a Marruecos. El primer trimestre del 2016 me hago Belga, palabrita del niño Jesus. ![]() ![]() ![]() |
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#21
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Hola vecino, seguramente ya hemos pasado todos los de la Taberna por las oficinas del puerto preguntando lo mismo
.Leyendo el texto que inicialmente es referido a los barcos mercantes y ya que sus singladuras son de puerto mercante a puerto mercante y en todos ellos existe una Capitanía Marítima o un Distrito Marítimo dependiente de esta pero con un Capitán Marítimo a su frente, el sello de la Capitanía y firma del Capitán Marítimo debe figurar en ella. En el reverso del documento figura lo siguiente: "Este recibo no es válido sin el sello y la firma de la Capitanía Marítima del puerto donde se haya realizado la entrega de residuos", si tu has realizado una entrega de residuos en un puerto deportivo, ese puerto es el que lo debería certificar. Por ejemplo con la supervisión de un marinero del puerto de la entrega, el sello del puerto y la firma del contramaestre u otros administrativos-as por autorización. La auditoría sería bien sencilla, la suma de cantidades entregadas y certificadas será igual al recibo de recepción que hace la empresa de recogida de aceites en el puerto, Urbamar por ejemplo. En cuanto a lo de hacerte belga, si navegas en aguas españolas, me temo que también estarás obligado a llevarlo, la Guardia Civil puede actuar en temas de tráfico ilegal de personas, lucha contra el narcotráfico, la contaminación marítima, la pesca ilegal, el crimen transfronterizo y otros, y este documento acredita anualmente que no has contaminado el mar con tus desechos, este papelito demuestra tu presunción de inocencia. Un saludo y una ronda ![]() . teteluis |
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