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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Bueno, pero es que no puedes tripular un barco ajeno de pabellón extranjero por aguas españolas si te invita a ello el propietario?...
Francamente, no lo entiendo!..., si el barco no es mio porque voy a tener que pagar impuestos por el?... Si lo piloto podrán sancionarme por falta de titulación, por no estar cubierto por un seguro, pero... por no pagar impuestos de "propiedad"?... Creo que si es así..., eso se gana en los juzgados, aquí o en el Tribunal de la Unión Europea en el caso de barcos abanderados y propiedad de otros ciudadanos de la UE!... |
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rory (19-01-2015) | ||
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#2
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Cita:
¿Nos tomamos la molestia de asegurarnos un mínimo sobre lo que contestamos a la gente que pregunta? Bueno ... todo el mundo debería saber que tiene que tener cuidadito con lo que lee en Internet, en especial en aquellos temas en que casi todo el mundo es experto. ¡De buen rollito eh! Saludos ![]() ![]() |
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rory (19-01-2015) | ||
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#3
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Cita:
Ya se que no es exactamente el mismo caso, pero con coches de matrícula española prestados..., mira que no anduve veces, y al revés, con el mio normalmente anda mi hijo cuando viene, (vive ahora en Gran Bretaña)... Y yo normalmente no lo hago, pero en mi entorno es muy común utilizar coches de matrícula extranjera, normalmente extracomunitaria de Suiza o de Liechtenstein, (la mitad de la población de esta zona vive o vivió allí emigrada y traen con frecuencia muchos coches que es bastante normal probar e intercambiar prestados, y no creo que por eso nunca nadie haya tenido el mas mínimo problema fiscal, los tienen por otro tema, como si eres gallego ya sabrás, por las pensiones que cobran y no declaran)... Y con las casas..., pues lo mismo, que no es común el intercambio privado de viviendas vacacionales, o el invitar a ellas a migos cuando no la ocupas!... Editado por Casacostadamorte en 19-01-2015 a las 20:22. |
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rory (19-01-2015) | ||
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#4
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El cofrade hace una consulta porque está interesado en la adquisición de una embarcación, es decir en una compraventa. En ningún momento habló de que le presten un barco.
Simular una relación juridica puede acarrear consecuencias indeseables y, en mi opinión, no se le debe aconsejar a nadie sin explicarle cuales pueden ser esas consecuencias. Puedes dejarle tu coche a tu hijo, a un amigo, invitar a alguien a tu barco, etc, pero si les estás cobrando por ello, más vale que sepas que le estás cambiando el nombre a la realidad. Hay toda una teoría de los negocios simulados. Saudiños ![]() ![]() |
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rory (21-01-2015) | ||
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