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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Yo creo que ese barco tiene categoría de diseño B con lo cual no deberías de tener problema. Mira en la documentación del barco cual es la categoría de diseño.
Eso tendrás que llevar el material obligatorio que se exige para esa zona que no es barato saludos |
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#2
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Gracias por la respuesta
, en la documentacion del barco, que es la que emite Capitanía Maritima, no pone la categoria de diseño, solo para la que se ha despachado y, lamentablemente, no tengo la documentación original, lo único que he encontrado es un blog, por cierto muy detallado, que describe las virtudes de este velero, pero aparte de este blog no encuentro mucha más informacion.Nuevamente me remito a los sabios de la taberna, si teneis más informacion del First 27 y me la podeis remitir, seria de agradecer, unas rondas ![]() |
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#3
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Para las baleares vale zona 3, 25 millas
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#4
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Aqui dice que es categoria 2, 60 millas
Según la clasificación francesa, por diseño y construcción es un barco de categoría 2 lo que significa que está diseñado para aguantar vientos de hasta fuerza 8 y olas de 4 mts y puede realizar navegación de altura (hasta 100 millas de la costa). Equivaldría, con matizaciones, a la categoría B española que autoriza a navegar en zonas de alta mar (hasta 60 millas desde la costa), con vientos de máximo: fuerza 8 y olas de hasta 4 metros. https://mifirst27.wordpress.com/acer...l-barco/about/ ![]() |
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#5
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Si es del 78 NO tiene una categoría de diseño, ni B ni nada.
Las categorías de diseño, que condicionan las zonas de navegación, nacieron por legislación europea en el 92 y en España son de aplicación desde el 95, si no me equivoco... Tienes que hablar con Capitanía. Si hay otro barco igual en zona X, y les consta, te la concederan; si no, te harán pasar una ITB especial antes de conceder o denegarte la zona de navegación. Asegúrate, pero casi seguro que es así... ![]()
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo |
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#6
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Cita:
Navegación Oceánica, correspondía la categoría de navegación A Navegación Alta Mar, correspondía la categoría de navegación B (60 millas) C (25 millas) Navegación Costera, correspondía la categoría de navegación D1 (5 millas) D2 (2 millas) LO DE 12 MILLAS NO EXISTIA EN ESA EPOCA Entonces que mire en manual del propietario o en la documentación que le dio el astillero pq hay viene para que zona de navegación esta autorizado. Yo creo que ese barco viene para la categoría de navegación B pero como muy poco con la legislación antigua lo meterían en la C que son 25 millas. Entonces eso hay extrapolarlo a la nueva legislación. ES DECIR SI YO TENGO UN RAQUERO QUE ES DEL 78 Y ESTA AUTORIZADO PARA UNA CATEGORIA DE NAVEGACIÓN D1, CAPITANIA CON LA NUEVA ME LO PONE EN ZONA 5. YO CREO QUE HA ESE BARCO MINIMO ZONA 3 LE DAN No se si se me entiende. Evidentemente le van a exigir una ITB SALUDOS Editado por Manuel_Luis1404 en 08-03-2015 a las 17:43. |
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#7
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Lo que me temia, cuando pasé la ITB le hice la consulta en capitania, la funcionaria, muy correctamente me dijo que para mirarlo tenia que consultarlo en los archivos, y como iban mal de tiempo, me dijo que cuando estubiera decidido a hacer el cambio de zona, presentara la solicitud formal y entonces me comunicarian si es posible o no, y no es válido que otro barco del mismo modelo esté despachado a esa zona ya que en el otro podrían haber hecho modificaciones que así lo permitiera.
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