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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#17
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1º- Año 2005 se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos,infracciones graves y muy graves, cuya comisión lleva aparejada la pérdida de puntos, tratándose, con carácter general, de infracciones cometidas con ocasión de la conducción de vehículos.
2º-Ley 18/2009, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre tráfico que la pérdida de puntos únicamente procederá cuando la infracción se cometa “con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir” Pues si, perdias puntos del carne de conducir por montar en bicicleta. 3º-No me extrañaria nada que la perdida del carne de conducir coches, lleve aparejado la perdida de patronear motoras, para los dos se necesita autorizacion administrativa. Estando en el pais que estamos, de verdad os extrañaria el punto 3? Yo no lo veo tan claro,igual tienen que modificar otra vez el articulado. ![]() |
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