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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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pues ya ves, hay gente que piensa lo contrario, de lo que dice el BOE,y es mas, incluso fuera de las 24m ambien te pueden "crujir"
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#2
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El único lugar en el que la jurisdicción del pabellón es total es en sus propias aguas territoriales y en aguas internacionales. En el resto de casos la jurisdicción está compartida con la del estado ribereño. Entiendo que son conceptos difíciles de entender para los no iniciados.
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#3
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Cita:
Se entiende perfectamente, el problema, en mi opinión,es que alguno lee una "cosa" ya la extrapola al todo, España tiene una serie de competencias, en las 12 primeras millas todas, después solo las que dice la Ley, y esta no habla nada de cuestiones administrativas, relativas a la titulación de los barcos de recreo, que es de lo que estamos tratando en este hilo,y mas si ese barco no es de Pabellón Nacional, nada tiene que ver un tema de narcotrafico, piratería, contaminación ctr, ctr, que son en los que SI se podría intervenir, con abordar a una familia a 20 M/n de la costa, zona contigua, y pedirles que se identifiquen y muestren toda la documentación del barco, porque eso es ILEGAL, si no media una causa que lo justifique, es mas a cualquiera de nosotros, NO se nos puede pedir que nos identifiquemos, en cualquier parte de territorio nacional, si el agente de la autoridad no tiene una causa que lo justifique, resumiendo que aquello de "documentación señores" No es legal, así que imaginaros a 15 o 20 M/n de la costa y en un velero Belga ![]() |
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#4
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Llanera la has clavado. Aquí algunas veces parece que algunos cofrades defienden o pretenden defender los controles indiscriminados (debe ser la memoria de otras épocas que traiciona). Actualmente no es posible. Para controlar todos los barcos que salen de un puerto, y han de ser todos sin excepción, tiene que haber una campaña completa, con previo anuncio público al sector. Digamos como una campaña de tránsito sobre el cinturón de seguridad. En otro caso los controles sean administrativos, sanidad, penales o de aduanas (importación productos) han de obedecer a una sospecha fundada que se pueda sostener en el posterior informe que se adjunta a la nota que se envía a capitanía. Puede darse el caso de una campaña de comprovación sobre titulación en banderas extranjeras. Todos los barcos con bandera extranjera sean del país que sean han de ser comprobados. Lo que no se puede dar es que yo con bandera Suiza esté en una cala al lado de otros barcos con bandera belga, alemana y polonesa y a estos no los aborden. A no ser que el motivo, como ya he dicho antes sea algo que mi barco está haciendo y pueda infundir sospechas, pero tendrán que exponer el motivo de la comprovación. Y con respecto a las millas y responsabilidades compartidas, sólo és hasta las 12 millas. ¿Puede darse una comprovación administrativa a partir de 12 millas? Si. ¿Es usual? No.
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#5
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Una patrullera divisa una embarcacion de recreo con bandera belga a 15 millas de su costa,ha pasado de las 12 millas a las 15 , el patron (que sabe leer, conoce y entiende el español) , deduce que esta en zona contigua (12-24-millas) y se acuerda que puede prevenir las infracciones de leyes, reglamentos etc , aunque conoce y entiende el español, lleva a mano un diccionario(porque sabe que hay personas que leen pero no entienden)
Prevenir 1. tr. Preparar, aparejar y disponer con anticipación lo necesario para un fin. 2. tr. Prever, ver, conocer de antemano o con anticipación un daño o perjuicio. 3. tr. Precaver, evitar, estorbar o impedir algo. 4. tr. Advertir, informar o avisar a alguien de algo. 5. tr. Imbuir, impresionar, preocupar a alguien, induciéndole a prejuzgar personas o cosas. 6. tr. Anticiparse a un inconveniente, dificultad u objeción. 7. prnl. Disponer con anticipación, prepararse de antemano para algo. ¶Decide inspeccionar la embarcacion, sube abordo y lo recibe el patron, un español, con claros signos de alegria,pide los papeles del barco, tema de impuestos y demas, tambien pide la titulacion del patron, porque a partir del 11 de enero hay que tenerla(solo los españoles con bandera extranjera) El patron le enseña el per y dice que al estar a 15 millas ,bandera belga, no necesita titulo. El sabe que puede sancionar las infracciones de sus leyes y reglamentos.Mira en el diccionario la palabra sancionar: 1. tr. Dar fuerza de ley a una disposición. 2. tr. Autorizar o aprobar cualquier acto, uso o costumbre. 3. tr. Aplicar una sanción o castigo. Saca la libreta y le deja un recuerdo al patron de su visita. ![]() . |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Pepota | ||
whitecast (14-03-2015) | ||
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#6
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Mira iba a contestarte, punto por punto,pero creo que no merece la pena, de verdad lo siento, tienes razón la Guardia Civil puede hacer lo que quiera, donde quiera y cuando quiera, las Leyes son para los "mortales" solamente, aleeee buenos diassss
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#7
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Lo siento pero hay un gran desconocimiento de como funciona el tema por lo que veo. A un barco extranjero no se le sanciona, se le tiene que abrir un atestado, que va a capitania quien a la vista de lo que pueda haber inmoviliza el barco y comunica con la embajada correspondiente. Sólo hay un caso novedoso como es el de la titulación, que no se sanciona al barco (por lo tanto la bandera no tiene nada que ver) y es el que un español lleve un barco en aguas españolas sin titulación. En este caso que ha de ser forzosamente en las 12 millas se sanciona al ciudadano español, únicamente. Por tanto ello excluye que se pueda realizar fuera de las aguas territoriales. Es lo mismo que ir en bici comiendo un croasant y que venga el urbano de turno y te retira puntos del carnet de conducir (caso real). No obstante en otros siglos no se pudo convencer a mucha gente que la tierra no era plana, y tu pretendes convencer de algo mucho más difícil...
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#8
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A mi, PEPOTA, me recuerda al chiste, de uno que se cayó en una charco y cuándo empezaron a reírse de él, se levantó y dijo "¿De qué os reís....?.Yo vivo aquí.
Antes muerta que sencilla. |
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#9
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Y digo yo que si estamos en aguas de la union europea estamos en aguas territoriales si la bandera es europea no? Por lo dicho que en cuanto salimos de la jurisdiccion española nos regimos por la bandera.
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