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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#6
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En lo que yo sé del IVA en España (y en principio debe ser igual en toda la CE):
Voy a comprar una lavadora, un coche, un barco. Supuestos que son nuevos. El vendedor "VENDEDOR SL" me da una factura que JUSTIFICA: Que he pagado y que he pagado el IVA. Eso lo sabemos todos. El único que puede "certificar" que se ha pagado el IVA es el vendedor, y lo hace mediante la factura (documento escrito que por cierto ni lleva firmas). Hacienda no me puede certificar que yo he pagado el IVA, porque (al menos directamente) no le consta. "VENDEDOR SL" hace la cuenta de la vieja con la Hacienda, mediante la declaración del IVA: He vendido tanto, tanto (21%) te pago por el IVA. Y no presenta facturas. Hacienda a veces le puede pedir facturas, a efectos de justificar los IVAs soportados y deducidos, pero esas facturas no tienen un tratamiento informático, por lo que una vez sirven para los efectos se archivan. No vayas a Hacienda para buscarla, porque estará archivada sin más y no es localizable (de un modo directo e informático). Si no recuerdo mal, cuando se va a liquidar el impuesto "de matriculación" (del barco, por ejemplo), se debe presentar la factura de venta. Para justificar esta. Supongo que se archivará una copia (no sé si se hace), junto al expediente del impuesto de matriculación. En ningún caso la original, que se devolverá. Cuando se solicita la no sujeción (o exención si se quiere) por ser menor de 8 metros, creo recordar que no se debe presentar, o sea que en ese caso, menos. Y por último en el Registro de la DGMM figurará el abanderamiento y que se ha pagado el impuesto de matriculación, o que no está sujeto. Y ellos, que yo sepa, NO VEN la factura. Por tanto, la única forma de "certificar" que se ha pagado el IVA es estar en posesión de la factura o de un duplicado que pueda emitir el vendedor. Y transcurrido un determinado plazo, se pueden destruir por el vendedor (y no se emitirá duplicado) o por el comprador (ya ha pasado la garantía...). Y eso no es una notaría, que se pasan los papeles... Si "VENDEDOR SL" desaparece, desaparecen las facturas emitidas con él. Quiero decir que pedirlas a otra empresa... Como mucho, si Hacienda guarda la factura (fotocopia) por motivo del Impuesto "de matriculación"... Ahora, para que te la den (si no eres el comprador original)... Te costará. Y será sólo una fotocopia... Estoy seguro de que no esperabas esa respuesta, pero hasta lo que yo sé... No hay más leña que la que arde... ![]() Lo que no sé es cómo una autoridad Europea puede pedir un certificado de que está pagado el IVA "original", el de la primera compra, siendo un barco de segunda o posterior mano... (Todo dicho en términos de tertulia de taberna) (pese a todo)(Y por el tocho)
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a otoio | ||
alcapar (25-03-2015) | ||
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