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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
El articulo dice que la multa es elevada por llevar la pirotecnia caducada, cosa que es cierta, pero se refiere a la pirotecnia obligatoria que hay que llevar, no a si llevas ademas pirotecnia caducada (cosa no aconsejable), porque si te pasan revisión te piden que les enseñes la caja y miran la fecha de caducidad,porque ellos no se van a poner a registrar el barco para ver si llevas otra caja caducada. Un saludo |
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#2
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Cita:
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#3
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valiente coñazo de hilo, esto es muy sencillo. Todos los que estáis a favor de hacer lo que os salga de los cojones, y pensáis o tenéis grandes bufetes de abogados y todas esas cosas, llevad lo que queráis a bordo, eso sí , después que ninguno venga llorando, hayhayhay alguien que sepa de sentencias no se que? alguien que sepa de leyes?, total lo de siempre. Los que prefieran no comerse el coco y llevar lo que corresponde a la zona de navegación, pues ole sus huevos, esos se dedicarán a tomar el solecito y a no ir acojonados cuando se les cruce la lancha. Resumiendo: cada palo aguante su vela señores armadores. Eso sí una rondita para todos ustedes, sean de un parecer u otro
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#4
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Cita:
Pues a mi este parrafo del articulo me hace pensar lo contrario. |
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#5
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Cita:
Y estas en lo cierto.... si llevas las bengalas en regla pero ademas llevas alguna vieja caducada 1000 euracos de multa. ![]() ![]() ![]() |
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#6
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Joder, cómo siempre sucede, el hilo y la pregunta del cofrade (la inicial) se va perdiendo en vericuetos, que nada tienen que ver con el tema planteado.
LLevo años leyendo en este tugurio y según varios post, que en su momento fueron actualidad y que ahora no me voy a poner a buscar, si un barco lleva material no obligatorio para su zona de navegación y lo lleva caducado o sin la revisión oficial, la G.C. del Mar, te puede denunciar. Es lógico?. No. Es de sentido común?. Discutible según los casos. Nos parece absurdo?. Si Pero, por mucho que queramos y opinemos en lo justo y razonable, el cofrade puede llevarse una buena denuncia, simple y llanamente, porque el criterio de las Capitanías Marítimas y de la G.C. del Mar es el que es. Todo lo que vaya a bordo de una embarcación de recreo, debe estar homologado, contrastado, supervisado, no caducado,......esté o no obligado a llevarlo. Y quién quiera arriesgarse, en España, es muy dueño de hacerlo. Pero, después (cuándo lo multen) ninguno de La Taberna, le va a pagar el importe de la sanción. |
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#7
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Cada vez entiendo menos todo eso, si no pueden registrarme el barco, luego solo pueden pedirme papeles y cuanto sea obligatorio llevar, si tengo un paquete de bengalas caducadas, ni se me ocurre enseñarselas, y si no preciso llevar balsa y la llevo, pues la mantengo tapada o escondida y sin orden judicial no me pueden registrar el barco, creo que es así de sencillo o ya me he vuelto "tarao"
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#8
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Ayer consulté en la Capitanía Marítima de Sevilla este asunto y encontacto con el Inspector responsable de esta materia ; éste comentó que :
"Es obligatorio llevar la balsa homologada y revisada, siempre que esta esté a bordo, indepedientemente de la zona de navegación en que se encuentre , siendo responsabilidad del patrón el navegar dentro de la zona permitida, en función de categoria de diseño , equipo de seguridad , etc...."(Buques con Pabellón Español.) Editado por scampolo en 21-07-2015 a las 18:23. |
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#9
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Cita:
perdona no habia visto lo ultimo añadido, ahora si
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Rodeado de virus por todas partes (Isla Desespero) Editado por SMJJ en 21-07-2015 a las 18:26. Razón: falta frase |
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