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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Muchas gracias a todos, entiendo que puedo presentarme pero que no podria pedir el titulo aunque aprobara hasta que tuviera el titulo de PER expedido.
Una ultima pregunta, ¿me valdria el psicotecnico del PER para el Patron de ¨Yate? (Es que se lo quedaron cuando hice el examen) ¿Valdrian las practicas de radio del PER? o tendria que hacer adicionales? |
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#2
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El psicotecnico son 2 años.
La radio:El curso de radiooperador de corto alcance será de carácter obligatorio, siendo su superación requisito imprescindible para la obtención de los títulos de patrón de embarcaciones de recreo, patrón de yate y capitán de yate con sus atribuciones básicas. |
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#3
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Tu ya estás aprobado y en tu comunidad lo saben (en Cataluña lo puedes consultar por la misma web) y, si como en Cataluña te puedes apuntar al examen por la web, lo puedes hacer ya mismo. No podrás gobernar hasta que no solicites el título (lo solicites, no hace falta tenerlo físicamente).
Si apruebas PY sin haber solicitado el titulo de PER puedes solicitar el de CY. Nadie te obliga a solicitar el PER. Si cambias de comunidad, ya es otro mundo. |
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#4
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Hola resumen:
Te puedes presentar sin tener el título pero no podrás obtener el título superior sin tener el anterior. Una vez presentado el certificado del psicotécnico a una administración este tiene una validez a efectos de uso de 2 años. Buena mar. |
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#5
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Cita:
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