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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Haz un contrato de compraventa dónde figuren los datos de quién te lo ha regalado, con copia de su dni, y en valor pon 0. Luego tendrías que pagar a hacienda la liquidación correspondiente, al ser regalado tendrás que echar mano de unas tablas existentes que no sé decirte dónde mirarlas y listo.
Con el compraventa legal y pagada las tasas a hacienda al menos te curas en salud caso de que sea robado. Si no haces esto y te surge algún problema al ser un motor robado, tu serás el culpable. Un saludo. PD. Existen regalos envenenados, la mayoría son producto de la buena fe pero la ley no entiende de buenos motivos. ![]()
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Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/ |
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haiser (07-06-2015) | ||
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#2
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yo estoy igual y he visto esta tabla de valores para liquidar, en el BOE
http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyr...CL20013184.pdf |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a haiser | ||
Mariate (07-06-2015) | ||
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#3
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Cita:
Si se pudiera demostrar la antigüedad del motor ello puede carecer de importancia cuando superas el plazo en que ya no paga impuesto, pero si al carecer de documentación no puedesdemostrar tampoco la antigüedad, siempre es mejor instrumentar una compraventa por cincuenta euros que una donación gratuita. Si la oficina liquidadora no está de acuerdo con el precio y gira una complementaria, lo hará por el tipo impositivo de la compraventa, mientras que si te valoran alta una donación, el tipo siempre será muy superior. saludos ![]() |
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#4
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perdonad mi absoluta perplejidad
y probable desconocimiento estais seguros que al comprar un fueraborada hay que pagar a hacienda? si compras un remo tambien hay que pagar? un radio assete, o amplificador o cualquier cosa hay que pagar? entiendo que un coche pague, esta matriculado trasmisiones entiendo una barca matriculada pague un moto, etc pero los objetos de segunda mano, sin documentacion especifica, pagan? no se mira que tengo años, y mira que e vendido cosas en mi vida y jamas e pasado por hacienda, cosas tiene la ignorancia oye Editado por catatonico en 07-06-2015 a las 21:09. |
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#5
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segun capitania hay que pagarlo al menos es lo que me dijeron alli
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#6
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e leido ese pdf, y si
deja claro que la motorizacion fueraborda tiene que pagar, y se cotiza por separado lo que no se si con la nueva legislacion del año pasado sobre fuerabordas y la no necesidad u obligatoriedadvde incluirlos en la matriculacion o inscripcion, afecta ya que si matriculo un barco, lancha, y no es obligatorio inscribir el motor, es voluntario, no se porque tengo que declarar que lo lleva o lo e comprado.... algo no cuadra |
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#7
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digo esto porque estoy matriculando una
barca de polietileno, y no me piden datos del motor solo que no pase de potencia del maximo del fabricante.... no es logico que te compres una tele de segunda mano de 500 euros (ejemplo) y no se pague, y un fuera borda de 400 pague no tiene logica en mi vida e comprado varios f.b. y nunca e pagado naa enfin debo ser un tremendo defraudador.... releyendo ese boe, tiene 14 años... creo esta desfasado Editado por catatonico en 07-06-2015 a las 21:27. |
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#8
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pues es lo que encuentro si alguien a comprado un motor recientemente a ver si nos lo aclara
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#9
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Disculpar, pero creo que para formalizar la compraventa no es suficiente con el contrato, hay que aportar factura original u otro documento que acredite la procedencia del motor.
Si no es así y estoy equivocado, pido disculpas.
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Me esperan los dias que pretendo llenar y que me hagan vibrar. Y aprendiendo mi vida solo quiero sentir que no es vida perdida |
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