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  #1  
Antiguo 31-07-2015, 22:22
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Predeterminado Re: Hasta donde se puede ir?

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Originalmente publicado por Jordi BMW Ver mensaje
Otro que no sabe leer, (yo) también tengo las prácticas de PER y la teórica aprobada de PNB, es decir soy PNB sin más. Y si no emites la titulación de PNB, no eres nada..., y a la que emites la titulación para PNB pierdes las prácticas de PER.
Somos demasiados los que no te entendimos, quizá tu redacción en algo falló...
¿Esto que pones en negrita lo afirmas? Más que nada porque yo pensaba como tu y a raíz de un comentario leído aquí
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...=141323&page=3 llame a la generalitat y después de sorprenderse y decirme que me llamaría después de consultarlo, me llamó y me dijo esto.

Prácticas de PER + teórica PNB, si sacas título tienes 24 meses para aprobar la teoría que falta del PER ( examen reducido) las prácticas ya las tienes.

Prácticas de PER + teórica PNB sin sacar títulos sólo tienes dos opciones de sacar PER (examen reducido).

Las prácticas no se esfuman, una vez tramitado el PNB siguen estando disponibles para tramitar PER durante 24 meses, desde que te las firman.

De todas formas yo voy a ir el lunes en persona a tramitarlo, si fuese otra cosa ya lo aclararía.

Saludos.

Editó: disculpas por la mala redacción

Editado por Robao en 31-07-2015 a las 22:29.
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  #2  
Antiguo 01-08-2015, 00:38
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Predeterminado Re: Hasta donde se puede ir?

Pués sí que se agradeceria una aclaración, porque hasta ahora también yo estaba convencido que no se podian usar las mismas prácticas dos veces.

Un saludo y
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  #3  
Antiguo 01-08-2015, 03:00
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Predeterminado Re: Hasta donde se puede ir?

a ver


si tienes el PNB con la orden fon tenias 5 millas al abrigo de la costa o refugio seguro, con la nueva orden tienes 5 millas de un puerto abrigo , zona accesible, o playa,

en resumen puedes dar la vuelta a españa entera y pasando por pòrtugal porque tu titulo vale en portugal tambien ,

tanto lio
asi de simple mientras puedas salvar a las personas o las cosas puedes navegar


es mas la primera norma del ripa es que te lo puedes saltar entero mientras salves a las personas o cosas ,,, es decir es como si te vas a choar con otro en un ceda el paso y te comes la continua para evitar la colision

no se compliquen navegen usando la cabeza y resguardo de las vidas ajenas y propias a toda costa ,


un saludo
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  #4  
Antiguo 01-08-2015, 17:52
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Predeterminado Re: Hasta donde se puede ir?

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Originalmente publicado por Losencantes Ver mensaje
a ver


si tienes el PNB con la orden fon tenias 5 millas al abrigo de la costa o refugio seguro, con la nueva orden tienes 5 millas de un puerto abrigo , zona accesible, o playa,

en resumen puedes dar la vuelta a españa entera y pasando por pòrtugal porque tu titulo vale en portugal tambien ,

tanto lio
asi de simple mientras puedas salvar a las personas o las cosas puedes navegar


es mas la primera norma del ripa es que te lo puedes saltar entero mientras salves a las personas o cosas ,,, es decir es como si te vas a choar con otro en un ceda el paso y te comes la continua para evitar la colision

no se compliquen navegen usando la cabeza y resguardo de las vidas ajenas y propias a toda costa ,


un saludo
hola amigo, te pregunto Has navegado desde "cataluña hasta punta europa", costeando, para asegurar que NO hay tramos que tienen mas de 10 millas, de abrigo a abrigo, yo creo que no lo has hecho, otros si lo hemos hecho durante muchos años, y aunque desde la mar veas un litoral que "parecen playas", en realidad no lo son, son acantilados bajos, y por tanto no son zonas accesibles.
has visto por ejemplo, y lo tienes cerca, las millas que hay entre La Nao, San Martin y San Antonio, ¿ tu crees que eso es zona de abrigo.
por otra parte tienes las normas de navegacion de Portugal, para asegurar que con PNB con las limitaciones que tiene el titulo en España, en Portugal, si se puede Navegar desde la desembocadura del Guadiana hasta la desembocadura del Miño
seriá conveniente saberlas. gracias
saludos y unas

Editado por plinio viejo en 01-08-2015 a las 17:58. Razón: corregir palabras
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  #5  
Antiguo 01-08-2015, 17:59
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Predeterminado Re: Hasta donde se puede ir?

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Originalmente publicado por Losencantes Ver mensaje
a ver


si tienes el PNB con la orden fon tenias 5 millas al abrigo de la costa o refugio seguro, con la nueva orden tienes 5 millas de un puerto abrigo , zona accesible, o playa,

en resumen puedes dar la vuelta a españa entera y pasando por pòrtugal porque tu titulo vale en portugal tambien ,

tanto lio
asi de simple mientras puedas salvar a las personas o las cosas puedes navegar


es mas la primera norma del ripa es que te lo puedes saltar entero mientras salves a las personas o cosas ,,, es decir es como si te vas a choar con otro en un ceda el paso y te comes la continua para evitar la colision

no se compliquen navegen usando la cabeza y resguardo de las vidas ajenas y propias a toda costa ,


un saludo
...........

Editado por plinio viejo en 01-08-2015 a las 19:00. Razón: mensaje repetido
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  #6  
Antiguo 01-08-2015, 21:14
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Predeterminado Re: Hasta donde se puede ir?

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Originalmente publicado por Robao Ver mensaje
¿Esto que pones en negrita lo afirmas? Más que nada porque yo pensaba como tu y a raíz de un comentario leído aquí
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...=141323&page=3 llame a la generalitat y después de sorprenderse y decirme que me llamaría después de consultarlo, me llamó y me dijo esto.

Prácticas de PER + teórica PNB, si sacas título tienes 24 meses para aprobar la teoría que falta del PER ( examen reducido) las prácticas ya las tienes.

Prácticas de PER + teórica PNB sin sacar títulos sólo tienes dos opciones de sacar PER (examen reducido).

Las prácticas no se esfuman, una vez tramitado el PNB siguen estando disponibles para tramitar PER durante 24 meses, desde que te las firman.

De todas formas yo voy a ir el lunes en persona a tramitarlo, si fuese otra cosa ya lo aclararía.

Saludos.

Editó: disculpas por la mala redacción

Disculpado estás faltaría más...



A mí se me informó muy claramente de Dep. Rama.Pesca de Barcelona. Una vez expedido el PNB adiós a las prácticas PER (vela, radio, motor) . De todas maneras esta semana tengo que ir al Dep. lo volveré a preguntar, de esta gente no me fio nada. A ver si entre los dos lo aclaramos...

Y ahora pido yo las disculpas por comentar un tema fuera del hilo...

Un saludo Robao!
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  #7  
Antiguo 01-08-2015, 21:55
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Predeterminado Re: Hasta donde se puede ir?

Cita:
Originalmente publicado por Jordi BMW Ver mensaje
Disculpado estás faltaría más...



A mí se me informó muy claramente de Dep. Rama.Pesca de Barcelona. Una vez expedido el PNB adiós a las prácticas PER (vela, radio, motor) . De todas maneras esta semana tengo que ir al Dep. lo volveré a preguntar, de esta gente no me fio nada. A ver si entre los dos lo aclaramos...

Y ahora pido yo las disculpas por comentar un tema fuera del hilo...

Un saludo Robao!
A mi.me.pasaron con la "responsable" porque a todos les sonaba a chino.

Me llamó al poco rato diciéndome lo que ya sabéis.

El lunes a las 9 voy, ya os xontare.

Saludos.
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2 Cofrades agradecieron a Robao este mensaje:
Jordi BMW (01-08-2015), Ponent (02-08-2015)
  #8  
Antiguo 04-08-2015, 17:56
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Predeterminado Re: Hasta donde se puede ir?

Buenas.

Fui ayer por el título y no me lo han dado... Hay un problema con la presentación telemática de las prácticas. La escuela dice que la ha hecho y los funcionarios que no les ha llegado.

Esperó que en un par de días me lo solucionen.

Por otro lado lo de las prácticas: ¿Sirven las prácticas de PER para expedir el carnet de PNB y al aprobar la teorica, sin límite, expedir el PER?

- Funcionarias/os: han formulado consulta.

- Responsable de la escuela de prácticas: Me asegura que hizo la consulta personalmente en l atmella (oficina central de Catalunya) y que si sirven.


Sólo faltan los enanos....


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  #9  
Antiguo 04-08-2015, 17:58
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Predeterminado Re: Hasta donde se puede ir?

Por cierto en lo referente al título del hilo, no he sido capaz de encontrar una web / programa que permita dibujar encima de una carta.

A ver si encuentro las físicas y lo dibujo.


Saludos.
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  #10  
Antiguo 04-08-2015, 20:15
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Predeterminado Re: Hasta donde se puede ir?



Apenas se ven los círculos...


Como referencia entre Port Ginesta y Sitges, si no tenemos mas de 50m de profundidad no estamos alejados mas de 5 millas de un puerto

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  #11  
Antiguo 06-08-2015, 23:46
Avatar de Ghou
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Hasta donde se puede ir?

Entonces, por lo q entiendo,

Si acabo de aprobar el pnb en julio en bcn.

En septiembre hago el practico del per.

Y tramito el pnb... Tendre 2 años para hacer el per reducido..

Correcto??

Un saludete!!
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Ghou
PANCHITO1 (07-08-2015)
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