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Antiguo 26-08-2015, 15:12
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Predeterminado Competencia sancionadora de las capitanías


La GC denuncia, por ejemplo, pero ¿qué Capitanía cursa las sanciones? ¿La del lugar donde se denuncia, la del registro del barco?
Supongamos una embarcación con folio de Santander, Puerto Getxo. Ante una denuncia, ¿quién tramita la denuncia, Bilbao o Santander?
Curiosidad.. .
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Antiguo 26-08-2015, 15:35
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Predeterminado Re: Competencia sancionadora de las capitanías

La tramita el Capitán Marítimo de la Provincia Marítima en la que se ha cometido la supuesta infracción.


Forzando tu ejemplo: Embarcación con matrícula Santander, puerto base en Getxo, "la lía parda" en Almería, camino de Mazarrón, donde el armador se queda a vivir el resto de su vida.

Tendrá que resolver las cosas a traves de:
  • Capitanía Marítima de Cartagena (incluye Mazarrón)
  • Ventanilla única del Ayuntamiento de Mazarrón.
  • Correos y telégrafos en virtud de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Pero el "Expediente" estará siempre en Almería, que es quien lo inicia (lo incoa) y le da trámite.


No se si en los recursos subsiguientes, puedes solicitar que el expediente cambie de capitanía, pero sospecho que no, porque al haber una resolución de una Capitanía, el recurso se presenta ante el órgano siguiente "por arriba", y acabas en Fomento...


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Editado por Juanitu en 26-08-2015 a las 15:39.
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otoio (26-08-2015)
  #3  
Antiguo 26-08-2015, 18:14
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Predeterminado Re: Competencia sancionadora de las capitanías




las capitanias no sancionan solo informan a DGMM que es quien sanciona

por otro lado las competencias estan cedidas a las autonomias y como baleares que las ha ejercido desde el año pasado lo que no se en este caso a quien se la envia la capitania




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otoio (26-08-2015)
  #4  
Antiguo 26-08-2015, 18:40
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Predeterminado Re: Competencia sancionadora de las capitanías

Aclarémonos ...

Quien sanciona es el DGMM a propuesta del Capitán en cuyas aguas se ha cometido la presunta infracción.

En materia de transportes es cierto que las competencias están cedidas a las CCAA, pero no en materia de seguridad marítima, que está específicamente reservada a la DGMM. Otra cosa es que haya CCAA's que tiene regulaciones específicas en materia de transporte (léase chárter) y hayan o no emitido normativa para este tema ... Por ejemplo, Baleares tiene regulación propia en materia de chárter y un reglamento sancionador específico para irregularidades cometidas en esa materia. Otro ejemplo es Cataluña, que teniendo competencias cedidas no tiene normativa específica.

Otro tema es el medioambiental, donde los niveles de regulaciones y normativas cruzadas y competencias múltiples pueden alcanzar el paroxismo.

Pero veamos .. un ejemplo ... Un tipo que alquila un barco en Barcelona, navega hasta Ibiza teniendo el PER sin habilitación especial, suelta el hierro encima de una pradera de posidonia en Es Caló de s'Oli en mitad del campo de boyas y le denuncian ...

Pues podría encontrarse con una denuncia y sanción por parte del Consell Insular de Formentera o el Gobierno autónómico de Baleares por infracción de normativa medioambiental y otra denuncia ante la Capitanía de Ibiza por haber excedido sus atribuciones como patrón ... Y las denuncias le podrían llegar o bien desde el agente responsable del campo de boyas o desde la GC ... o vaya Vd a saber si ese día los de aduanas están picajosos .. en fin ...

Y, supongamos otro caso, un señor residente en Almería navegando en su barco que luce orgullosamente un pabellón belga .. Y la lía parda en Mallorca ... por el tema de titulación tranqui por aquello de que al salir de las 12 millas estás en aguas internacionales y, por tanto, rige la ley de bandera .. y al llegar a las 12 millas ya vale con tu PER (como tengas PNB chungo) ... Pues según la que líes, el Capitán Marítimo de Palma lo primero que hará es inmovilizar tu barco hasta que deposites o garantices mediante aval bancario el importe de la sanción propuesta ... Eso si no has conculcado ninguna normativa autonómica, en cuyo caso además te encontrarás con los chicos de la consellería correspondiente.

En fin, no me extraña que en mi despacho haya tanto curro ... porque cada vez que intento explicar algo con ejemplos me doy cuenta de que es un lío del quince.

salud!!!
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Juanitu (28-08-2015), otoio (26-08-2015)
  #5  
Antiguo 26-08-2015, 21:38
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Predeterminado Re: Competencia sancionadora de las capitanías

Pensaba en el certificado Marpol.
El otro día pregunté en mi puerto (gestión pública) y me dijeron "eso es para los pesqueros".
La gente no tiene ni idea de lo que va.
Inocentemente pensaba que quizás en la Capitanía correspondiente tengan un criterio blando al respecto.
Con algún otro tema, que no quiero concretar más, ya me pasó...
Y juro que mi pregunta era inocente... Aunque ya me imaginaba que sería un poco lío...
Gracias
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