Buenas tardes
Bajo las nuevas directrices europeas de concursos públicos que entraron en vigor en España hará dos o tres años desaparecen técnicamente las renovaciones de concesión.
A partir de entonces toda concesión que vence debe iniciar concurso y a efectos administrativos se considera "nueva concesión" con lo que legalmente los antiguos concesionarios, sus socios, etc... pierden todo derecho adquirido sobre el amarre o el bien concesionario.
Tema aparte es que un club náutico gane nuevamente la concesión de un puerto de que ya disponía y mantenga a sus socios, amatistas o arrendatarios precios especiales en pago a esa fidelidad y se comente a nivel coloquial que la administración ha "renovado la concesión al club"
Ese suele ser el uso y costumbre en la mayoría de casos que conozco, pero ya no están obligados a ello por ninguna ley puesto que, tal y como he comentado al principio, ya no existen las "renovaciones " de concesiones administrativas.
