![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#17
|
||||
|
||||
|
Cita:
Lamento disentir de lo que dices; la "relación auténtica" entre el Estado Belga y mi barco es simplemente, que este último está registrado en el correspondiente Registro Náutico belga, y que el propio Estado belga ha aceptado que así sea, supongo que porque soy ciudadano comunitario. Y el propio Estado español así lo reconoce en el Código Civil, cuy art. 10.2 dice: "Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro..." En mi opinión, y como tú mismo dices, tanto Bélgica como España cumplen sus propias normas sin incumplir las de Naciones Unidas. ¿o es que alguien cree que los que hemos abanderado en Bélgica lo hubiéramos podido hacer si España y Bélgica (cumpliendo ambas tales normativas) no lo hubieran permitido? Yo por el momento no necesito más. Saludos y ![]() ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|