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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Hombre, claro que puedes argumentar, faltaría más. Para eso estamos.
Al final todo esto va a ser una cuestión de fé. Como la del que piensa que tiene menos riesgo de un accidente de coche por tener un San Cristóbal colgado del retrovisor. Es posible, pero como poco discutible. Pero es una decisión personal que por supuesto no hay por qué criticar. En tu caso, crees que tiene menos riesgo de embargo, o al menos de inmovilización, el que tiene bandera española. No me cuadra mucho. Un bien embargado es un bien embargado. Lo embarga un juez por las razones que sea, y aplica a los bienes del deudor que el juez determina. Las medidas sobre ellos (precinto, inmovilización, lo que sea...) supongo que serán las mismas. Dudo que un juez haga distingos por la bandera del barco que tengas. Si me apuras hasta igual es más sencillo embargar un bien que está sujeto de una forma más evidente a la legislación nacional. Y de igual forma, tampoco hago proselitismo. En su momento, igual que otros, decidí abanderar en Holanda por razones que en realidad me afectan a mí y quizá no a tantos (sobre todo las restricciones en mi opinión absurdas de la bandera española respecto a la navegación en Zona 1). Pero por supuesto siendo consciente de que tiene sus pros y sus cons. Si argumento es precisamente porque éste inconveniente concreto (la desigualdad ante sanciones o embargos) no me parece real. Y me gustaría oir alguna experiencia (no sólo opiniones) al respecto: alguien de nacionalidad española, con barco extranjero, que haya sufrido algún tipo de tratamiento "distinto" por parte de la administración o las fuerzas de seguridad por el hecho de serlo. Me uno a las rondas, que estos posts largos resecan el gaznate ![]() ![]() Cita:
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Ever tried. Ever failed. No matter. Try Again. Fail again. Fail better. Samuel Beckett |
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