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  #1  
Antiguo 12-11-2015, 13:51
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GNA1950
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Predeterminado Re: Ayuda para preparar el patrón de yate

Hola buenos días a todos:

Como dice la famosa frase : “al Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es Dios”.

No voy a entrar a valorar las actuaciones de los funcionarios en otros quehaceres, pero en esta ocasión actúan tal cual dice la ley, aunque por desgracia siempre no sucede así. Otra cosa es que la ley este redactada a favor o en contra del contribuyente.

La ley dice:

Los poseedores de títulos obtenidos al amparo de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, podrán optar bien por conservar dichos títulos con las atribuciones que confieren los mismos o bien canjearlos por los títulos regulados en este real decreto, conforme a lo previsto en la disposición adicional siguiente.

La interpretación de esto es bien sencilla: en los antiguos PER (los obtenidos posteriores a la entrada en vigor de este Real Decreto) “NO TENÍAN RECONOCIDOS la realización del “curso de operador restringido de radio”, por lo tanto no vale esa titulación para presentarla y “convalidarla” en la solicitud de de la titulación de PY el curso exigido..

Es el “canje”, o en su defecto la renovación cuando la tarjeta está caducada, lo que hace que tal “convalidación” sea válida, por lo tanto en esta ocasión me parece de poco conocimiento y sobre todo de mucha “inquina”, acusar a los funcionarios de “ineficaces”, pero sobre todo aprovechar para atacar a los a los “monitores” (los cuales nada tienen que ver en esta historia), que como en cualquier profesión, los hay buenos y que cumplen con lo establecido, y los hay “inútiles” ademas de "ignorantes" que además de no tener ni idea, estafan a los que acuden a ellos para obtener los certificados de las prácticas, inútiles que en nada se diferencian con los que unicamente se dedican a dar opiniones sobre temas de los cuales ni conoce ni nunca podrán conocer porque su nivel en estos temas es mas bien escaso.

Saludos

Guillermo

Editado por GNA1950 en 12-11-2015 a las 15:21.
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  #2  
Antiguo 12-11-2015, 23:44
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Predeterminado Re: Ayuda para preparar el patrón de yate

Cofrades,

creo que no leí o interpreté bien el comentario del cofradePepe12345. Si el caso es, como el mío, el de una persona que ha obtenido el PER con la normativa anterior, a mí me han pedido convalidar el PER para evitar hacer la práctica de radio. Si, como ahora me parece, el PER ha sido obtenido después del cambio de normativa (creo que es el caso del vofrade Pepe12345), seguramente, como dice Maestropi, no haga falta tal convalidación, pues se supone que ya has realizado la práctica de radio reglamentaria.

En mi caso, PER de mayo de 2013, me dijeron que, o bien práctica de 12h (?) de radio, o bien convalidar PER normativa anterior a PER normativa actual para poder obtener el título de PY.

Sinceramente, no creo que el personal de la Escola de Capacitació Náutico Pesquera de Catalunya haya incurrido aquí en ninguna falta. Al contrario, han sido de bastante ayuda ante mis consultas. El problema ha sido que no leí correctamente lo que comentaba Pepe12345.

Espero sirva de aclaración para otros cofrades.

Salud!

Manu.
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  #3  
Antiguo 13-11-2015, 10:32
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Predeterminado Re: Ayuda para preparar el patrón de yate

aclarando conceptos.
en los " antiguos per " ( los obtenidos posteriores a la entrada en vigor de este RD ) 11 - 1 2015, NO TENIAN RECONOCIDOS EL CURSO DE OPERADOR DE CORTO ALCANCE,
ESTO ES IMPOSIBLE, PUES LOS ANTIGUOS PER, SON LOS OBTENIDOS ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL RD 875/14
LOS OBTENIDOS POSTERIORES A LA ENTRADA EN VIGOR DEL RD, PARA SU EXPEDICION ES INDISPENSABLE TENER EL CURSO DE CORTO ALCANCE REALIZADO Y SUPERADO
LOS ANTIGUOS PER OBTENIDOS AL AMPARO DE LA ORDEN FOM DE 2007 Y AL AMPARO DE LA NORMATIVA ANTERIOR A ESTA ORDEN, HICIERON EN SU DIA UN EXAMEN TEORICO CON PROCEDIMIENTOS DE RADIO-COMUNICACION, Y DESPUES HICIERON LAS CORRESPONDIENTES PRACTICAS,POR LO QUE EN EL TITULO LLEVAN RECONOCIDA LA HABILITACION PARA PODER OPERAR CON DICHOS EQUIPOS
LOS ANTIGUOS PER , LOS OBTENIDOS ANTERIORES A LA ENTRADA EN VIGOR DEL RD 875/14 " NO PUEDEN LLEVAR RECONOCIDO EL CURSO DE OPERADOR DE CORTO ALCANCE" POR LA SENCILLA RAZON DE QUE ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL RD 875/14 ESTE CURSO" NO EXISTIA " REPITO "NO EXISTIA "
la interpretacion de que los antiguos PER podian optar por quedarse con sus atribuciones 12 millas - l2 metros ó canjear el antiguo PER por el nuevo PER con sus nuevas atribuciones l2 millas - 15 metros, NO TIENEN NADA QUE VER CON EL CURSO DE RADIO, PUES EL CURSO NO ES UNA NUEVA ATRIBUCION, ES UNA NUEVA NORMA DE ADQUIRIR LOS CONOCIMIENTOS DE RADIO, Y SUPLEN A LA ANTIGUA NORMA PARA ADAPTARSE A LAS EXIGENCIAS DE LA UIT
UNA " ATRIBUCION " ES AQUELLO QUE PUEDES REALIZAR, CON LOS CONOCIMIENTOS ADQUIRIDOS Y CON LA ACREDITACION QUE TE OTORGA LA AUTORIDAD COMPETENTE



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  #4  
Antiguo 13-11-2015, 11:53
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Predeterminado Re: Ayuda para preparar el patrón de yate

Cita:
Originalmente publicado por maestropi Ver mensaje
aclarando conceptos.
en los " antiguos per " ( los obtenidos posteriores a la entrada en vigor de este RD ) 11 - 1 2015, NO TENIAN RECONOCIDOS EL CURSO DE OPERADOR DE CORTO ALCANCE,
ESTO ES IMPOSIBLE, PUES LOS ANTIGUOS PER, SON LOS OBTENIDOS ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL RD 875/14
LOS OBTENIDOS POSTERIORES A LA ENTRADA EN VIGOR DEL RD, PARA SU EXPEDICION ES INDISPENSABLE TENER EL CURSO DE CORTO ALCANCE REALIZADO Y SUPERADO
LOS ANTIGUOS PER OBTENIDOS AL AMPARO DE LA ORDEN FOM DE 2007 Y AL AMPARO DE LA NORMATIVA ANTERIOR A ESTA ORDEN, HICIERON EN SU DIA UN EXAMEN TEORICO CON PROCEDIMIENTOS DE RADIO-COMUNICACION, Y DESPUES HICIERON LAS CORRESPONDIENTES PRACTICAS,POR LO QUE EN EL TITULO LLEVAN RECONOCIDA LA HABILITACION PARA PODER OPERAR CON DICHOS EQUIPOS
LOS ANTIGUOS PER , LOS OBTENIDOS ANTERIORES A LA ENTRADA EN VIGOR DEL RD 875/14 " NO PUEDEN LLEVAR RECONOCIDO EL CURSO DE OPERADOR DE CORTO ALCANCE" POR LA SENCILLA RAZON DE QUE ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL RD 875/14 ESTE CURSO" NO EXISTIA " REPITO "NO EXISTIA "
la interpretacion de que los antiguos PER podian optar por quedarse con sus atribuciones 12 millas - l2 metros ó canjear el antiguo PER por el nuevo PER con sus nuevas atribuciones l2 millas - 15 metros, NO TIENEN NADA QUE VER CON EL CURSO DE RADIO, PUES EL CURSO NO ES UNA NUEVA ATRIBUCION, ES UNA NUEVA NORMA DE ADQUIRIR LOS CONOCIMIENTOS DE RADIO, Y SUPLEN A LA ANTIGUA NORMA PARA ADAPTARSE A LAS EXIGENCIAS DE LA UIT
UNA " ATRIBUCION " ES AQUELLO QUE PUEDES REALIZAR, CON LOS CONOCIMIENTOS ADQUIRIDOS Y CON LA ACREDITACION QUE TE OTORGA LA AUTORIDAD COMPETENTE



Hola buenos días :

Te agradezco enormemente que me des la razón con tus palabras, veo que por fin has comprendido:

LOS ANTIGUOS PER , LOS OBTENIDOS ANTERIORES A LA ENTRADA EN VIGOR DEL RD 875/14 " NO PUEDEN LLEVAR RECONOCIDO EL CURSO DE OPERADOR DE CORTO ALCANCE" POR LA SENCILLA RAZON DE QUE ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL RD 875/14 ESTE CURSO" NO EXISTIA " REPITO "NO EXISTIA "

por lo tanto al no existir, para que le "convaliden" ese "nuevo curso" deben de optar bien al "canje" o bien a la "renovación" en caso de tenerlo caducado.

A su vez espero que reconozca tú doble error en "acusar" a unos funcionarios que concretamente en este caso actuaron de manera correcta, y por supuesto a los "monitores" que nada tienen que ver en este tema.

Saludos cordiales

Guillermo
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  #5  
Antiguo 13-11-2015, 10:58
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Originalmente publicado por Manu_WR Ver mensaje
Cofrades,

creo que no leí o interpreté bien el comentario del cofradePepe12345. Si el caso es, como el mío, el de una persona que ha obtenido el PER con la normativa anterior, a mí me han pedido convalidar el PER para evitar hacer la práctica de radio. Si, como ahora me parece, el PER ha sido obtenido después del cambio de normativa (creo que es el caso del vofrade Pepe12345), seguramente, como dice Maestropi, no haga falta tal convalidación, pues se supone que ya has realizado la práctica de radio reglamentaria.

En mi caso, PER de mayo de 2013, me dijeron que, o bien práctica de 12h (?) de radio, o bien convalidar PER normativa anterior a PER normativa actual para poder obtener el título de PY.

Sinceramente, no creo que el personal de la Escola de Capacitació Náutico Pesquera de Catalunya haya incurrido aquí en ninguna falta. Al contrario, han sido de bastante ayuda ante mis consultas. El problema ha sido que no leí correctamente lo que comentaba Pepe12345.

Espero sirva de aclaración para otros cofrades.

Salud!

Manu.
hola amigo.
yo creo que "si" entendiste bien lo que comentaba el cofrade pepe, " el caso " es el mismo, un PER de Mayo 2013, hizo su "examen de PER con sus preguntas de radio, Y LAS SUPERO, y despues hozo sus practicas, y desde Mayo de 2013 - como es tu caso - y todo 2014, tu tenias tu habilitacion de RADIO, porque la habias obtenido licitamente en un examen, y despues de esa fecha ya con la nueva norma tu "SIGUES" teniendola igual, con las atribuciones de millas/eslora, antiguas, y puedes seguir navegando asi, hasta la renovacion de la "tarjeta" antigua que es la que tendras, por la nueva acreditacion que dan ahora, que ya ta la renovarian con las atribuciones nuevas, de millas/eslora, y donde ya viene impreso - de oficio - que se te reconoce la habilitacion de operador de corto alcance, porque ya tenias esa habilitacion en tu titulo anterior, cuando esa "denominacin de corto alcnce "no existia"
y como te dije antes, esto no lo han entendido asi en algunas CCAA y nadie les ha informado como debian interpretarlo, pues hacen lo que ellos quieren,
pero en fin tu ya optastes por una decision, la cual yo respeto, aunque la considero erronea - y esto ya no tiene otra solucion,
a navegar y disfrutar de tu barco,
saludos
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  #6  
Antiguo 13-11-2015, 14:05
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GNA1950
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Predeterminado Re: Ayuda para preparar el patrón de yate

Cita:
Originalmente publicado por Manu_WR Ver mensaje
Cofrades,

creo que no leí o interpreté bien el comentario del cofradePepe12345. Si el caso es, como el mío, el de una persona que ha obtenido el PER con la normativa anterior, a mí me han pedido convalidar el PER para evitar hacer la práctica de radio. Si, como ahora me parece, el PER ha sido obtenido después del cambio de normativa (creo que es el caso del vofrade Pepe12345), seguramente, como dice Maestropi, no haga falta tal convalidación, pues se supone que ya has realizado la práctica de radio reglamentaria.

En mi caso, PER de mayo de 2013, me dijeron que, o bien práctica de 12h (?) de radio, o bien convalidar PER normativa anterior a PER normativa actual para poder obtener el título de PY.

Sinceramente, no creo que el personal de la Escola de Capacitació Náutico Pesquera de Catalunya haya incurrido aquí en ninguna falta. Al contrario, han sido de bastante ayuda ante mis consultas. El problema ha sido que no leí correctamente lo que comentaba Pepe12345.

Espero sirva de aclaración para otros cofrades.

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Manu.
Buenas tardes:

Efectivamente en tu caso, los funcionarios que te atendieron no incurrieron en ninguna falta ya que actuaron acorde a lo establecido en el RD.

Saludos

Guillermo
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