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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#10
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En los casos de baja por exportación a un país no comunitario se presentará DUA (Declaración de Aduana) por exportación. Si el barco se ha sido vendido a un ciudadano de la UE se aportara contrato de compraventa o factura de venta.
Hasta lo que yo se Belgica esta en la UE al menos por ahora...por lo que no puede pedirte DUA. ya que la exportacion se realiza a un pais comunitario. Dile al funcionario que te pide eso que se informe primero de la ley. entre otras que se estudie esta mientras sale un par de horas a tomarse el cafe de la mañana: Real decreto 207/89 del 28 julio sobre abanderamiento y registro de buques, RD 638/07 del 18 mayo sobre las competencias de las Capitanías Marítimas. Un saludo y ronditas para todos...que ya hacia que no escribia por aqui.... ![]()
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... |
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