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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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La Guardia Civil no tiene competencias de inspeccion en materia de seguridad en un barco de bandera no española
. Tampoco me meteran un multazo, que tendre que vender el barco para pagarlo, si me ha vencido una semana la pirotecnia, por cierto seis cohetes y no dos. Ni me pediran la leb cuando tengo titulacion mas que suficiente para llevar emisora. Ni tendre que pedir permiso para cambiar un motor. Ni permiso para montar otro. Ni la revision de mi balsa cada año en lugar del periodo que dicta el fabricante, que sabe mas de su producto que los imspectores. Ni...ni...ni. Por todo esto y mucho mas, ven a mi casa esta navidad Eso si, soy suficiente mayorcito y responsable para tener mi barco en perfecto estado de revista y seguridad. Ademas tengo una poliza con coverturas ampliadas de responsabilidad civil, etc, etc.Saludos.![]() ![]() |
| 4 Cofrades agradecieron a port bo este mensaje: | ||
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#2
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#4
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Con bandera belga no hay zonas de navegación. Las limitaciones para el barco solamente son las impuestas por su categoría de diseño. Por supuesto que debes llevar el material de seguridad exigido, pero es bastante dudoso que una patrullera belga te inspeccione fuera de las aguas belgas.
En cuanto al título, la normativa española vigente desde principios de 2015 exige título español o del país de bandera para patrones españoles en barcos con bandera de otro país. Como en Bélgica no exigen títulos, se interpreta que debes tener el título español. La eterna discusión, que ya ha aparecido cienes de veces en el foro, es hasta qué distancia te pueden inspeccionar y multar por no tener título. Los hay que dicen que esto te puede suceder hasta las 200 millas y otros que dicen que sólo hasta las 12 millas. La legislación española es suficientemente confusa (como siempre) para permitir interpretaciones diversas, siempre sujetas a la campechanía del funcionario que te toque en suerte. ![]() |
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#5
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Saludos y copas cofrades!!
Desde luego la discusión es eterna, en este aspecto, poco a poco vamos aprendiendo... o no? Dentro de los limites de las 200 millas de soberania la GC tiene potestad total sobre barcos de pabellón español, entiendo yo, otra historia es la de pabellón extranjero que les da potestad solo en los casos de narco contrabando inmigración, o sea delitos, incluyendo el fiscal, entonces si me paran como belga, pueden comprobar que no cometo ningún delito incluyendo el fiscal, pero nada más relativo a seguridad zona etc, y si en cuanto a titulación si el patrón es residente en españa. Si hay mejores criterios encantado de leerlos y debatirlos.
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Rodeado de virus por todas partes (Isla Desespero) |
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![]() Editado por papaventos en 17-12-2015 a las 14:10. |
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No sé si la legislación está clara o no, pero en la taberna es una discusión recurrente y nunca aclarada al 100%. Yo creo que es como dice SMJJ, pero hay otras opiniones. Si es como creo, que a partir de las 12 millas la GC sólo tiene jurisdicción sobre fiscalidad, narcotráfico y tráfico de personas, entonces con PER y bandera belga puedes ir donde quieras. ![]() Editado por biker62 en 16-12-2015 a las 15:43. |
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#9
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Pour naviguer en mer, aucun brevet de compétence n'est requis en Belgique. Si vous le souhaitez cependant, il est possible de passer un examen pour obtenir un brevet. Il existe deux sortes de brevets :
•Le brevet de Yachtman, valable pour la navigation côtière (âge minimal : 20 ans) •Le brevet de Navigateur de Yacht, valable pour la navigation hauturière (âge minimal : 21 ans) http://www.belgium.be/fr/mobilite/en..._de_plaisance/ ![]() Editado por papaventos en 24-12-2015 a las 00:27. |
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#11
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"My boat is my island" |
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Te lo mandan por correo o tienes que recogerlo alli? A mi no me ha llegado
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Osti Tarangu. Bastante complicadas son estas cosas como para ir enredando con informaciones a medias...
Sin acritú, eh? ![]() ![]()
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"My boat is my island" |
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#14
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La Administración belga expide cuatro tipos de titulaciones de recreo: El "Brevet de Conduite", para aguas interiores, el "Brevet de Yachtman", para aguas costeras, el "Brevet de Navigateur de Yacht", para navegación de altura y el ICC, que es un permiso reconocido en muchos países.
Ninguna de estas titulaciones va asociada a la "Lettre de Pavillon" de la embarcación; es más, para la navegación en la mar, las Autoridades Belgas no exigen ningún tipo de titulación. Si llevas bandera belga navegando en aguas españolas, necesitas, según la Administración española, la titulación que exige el RD 875/2014; según la Administración belga, no necesitas ninguna titulación. Y si navegas fuera del límite de aguas jurisdiccionales, necesitas la titulación que exija la reglamentacion del país de bandera; si ésta es belga, no necesitas titulación. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 23-12-2015 a las 23:17. Razón: Eliminar información errónea |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
markuay (25-08-2016) | ||
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#15
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entiendo yo que, aunque no exigan en sus mares, si es posible acceder a uno de los que existen, para habilitar a sus ciudadanos ante otros paises que tienen regulado la titulación.
La norma asi la entiendo, no se exige pero se puede acceder a alguno de los que se citan.
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Rodeado de virus por todas partes (Isla Desespero) |
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#16
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Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#17
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El "Vade-mecum de la navigation de Plaisance en Belgique" dice textualmente (las negritas son mías): "Yachtman et Navigateur de Yacht Pour la navigation de plaisance en mer, aucun certificat d’aptitude n’est requis, mais une formation est fortement recommandée. Les personnes qui souhaitent malgré tout obtenir un brevet officiel peuvent subir un examen en Belgique. Ce brevet est une preuve d’aptitude, ce qui peut être utile pour louer un bateau de plaisance en Belgique ou à l’étranger. Il existe deux types de brevet : - Le brevet de yachtman pour les eaux côtières - Le brevet de navigateur de yacht pour la pleine mer [...] Navigation en Mer Les bateaux qui naviguent en mer à l’étranger, pour lesquels une lettre de pavillon est exigée, et qui sont en possession d’une lettre de pavillon belge, sont considérés comme des bateaux auxquels la réglementation belge est d’application. Dans le présent cas par exemple, cela signifie qu'aucun brevet de conduite n’est exigé, compte tenu qu’il n’est pas obligatoire en Belgique. [...] Lettre de pavillon Les bateaux de plaisance naviguant en haute mer, dans les eaux étrangères ou les eaux maritimes belges (mer territoriale, ports du littoral, port de Gent, les canaux Oostende-Brugge, Zeebrugge-Brugge et la partie belge du canal Terneuzen-Gent et l’Escaut maritime inférieur) doivent avoir une lettre de pavillon. L’octroi d’une lettre de pavillon vaut inscription dans le registre des bateaux de plaisance." Por otra parte, el mismo documento señala perfectamente las zonas de navegación de altura, costera e interior; en estas últimas, la posesión de una titulación náutica es obligatoria. Dicho esto, si quieres explicaciones, tendrás que pedírselas a las Autoridades Belgas. Yo me he limitado a transcribir su normativa, que creo está suficientemente clara. En todo caso, creo que antes de escribir, es conveniente informarse. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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Es el primer caso de concesión de un título belga de ese modo que tengo noticia. En la referencia que he dado antes, fechada en 2014, dice textualmente:
"Certificats étrangers Les certificats étrangers suivants [aquí sigue una tabla con diversos títulos; no figura ninguno de los españoles] sont reconnus en Belgique en ce sens que le titulaire d’un des certificats mentionnés ci-dessous peut naviguer sur le réseau des voies navigables belge sans être en possession d’un brevet de conduite belge. La possession d’un certificat étranger ne donne aucun droit d’ obtention d’ un brevet de conduite belge." ¿Podrías darnos más detalles de cómo lo has hecho? ¿Fue hace poco o hace tiempo? Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 23-12-2015 a las 23:16. Razón: Eliminar información errónea |
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#19
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Buenos días, cofrades:
Visto que el cofrade tarangu (que por cierto, ha sido expulsado de La Taberna) no daba información sobre el procedimiento de convalidación de títulos náuticos españoles por belgas, hice la correspondiente pregunta. La respuesta no deja lugar a dudas, tanto que no hace falta ni traducirla: "Votre demande n'est pas possible et n'a jamais été possible. Certaines brevets sont reconnus comme équivallent pour la navigation sur les eaux intérieures; la liste se trouve sur: http://mobilit.belgium.be/fr/Resources/publications/scheepvaart/pub_pleziervaart_gelijkwaardige_buitenlandse_breve tten" Quizá algún otro cofade pueda aportar más información contrastada, pero me temo que las cosas son así. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#20
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Está muy claro, no nos reconocen (me suena de otros muchos sitios) pero como ellos no exigen titulo en alta mar, pues eso, tampoco hacen mucho daño, otra cosa es que quieras navegar por sus aguas interiores, en unas vacaciones, entonces igual si hay problema al llevar su bandera.
Otra cuestión a estudiar( y van ??????????)
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