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#1
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La que ha caido en mis manos es esta:
----------------------------------------------------------------------- Artículo 8. Aparejos permitidos 1. Los aparejos permitidos son la línea de mano, caña, curricán, volantín y potera, así como los aparejos accesorios imprescindibles para subir las piezas a bordo. 2. Para la práctica de la pesca marítima de recreo desde una embarcación únicamente podrán emplearse dos líneas o aparejos con un máximo de seis anzuelos o dos poteras por persona. A los efectos de esta disposición, los cebos artificiales se considerarán como anzuelos. 3. No obstante lo establecido en el apartado anterior, la conselleria competente en pesca marítima podrá autorizar otros aparejos y regular sus características técnicas. Artículo 9. Prohibiciones En el ejercicio de la pesca marítima de recreo desde embarcación se prohibe: 1. La utilización o tenencia a bordo de artes, aparejos, útiles o instrumentos propios de la pesca o marisqueo profesional distintos de los relacionados en el artículo anterior. ------------------------------------------------------------------------------ A menos que exista una normativa posterior... Como siempre pasa con estas cosas, caben interpretaciones, ¿una sonda se considera un instrumento propio de la pesca profesional? Supongo que si lo usan ellos, pues si.. pero no lo pone claramente. y si nos basamos en "distintos de los relacionados en el articulo anterior" solo permite "Los aparejos permitidos son la línea de mano, caña, curricán, volantín y potera, así como los aparejos accesorios imprescindibles para subir las piezas a bordo". De ahí el lio que tengo.... Editado por josepz en 11-12-2015 a las 13:20. |
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#2
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Una sonda no es aparejo profesional de pesca, ni lo ha sido nunca, es una ayuda a la navegación, y para mi la ley no intenta confundir, habla de artes y otros de pesca profesional (arrastre palangres etc) en lo que a mi respecta no me cabe duda que es legal llevar sonda.
Saludos
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Rodeado de virus por todas partes (Isla Desespero) |
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josepz (11-12-2015) | ||
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#3
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Tengo claro que en una embarcación lejos de la costa, sin aparejos de pesca en el agua, nadie te diría nada por llevar una sonda, pero en una neumática, cerca de la costa, que es el uso que pretendía darle yo cuando la compré, no se si colaría lo de que es una ayuda a la navegación...
Encima en pantalla salen dibujos de peces con lo cual no creo que me librase si no es legal usarla para pescar...La norma habla de "La utilización o tenencia a bordo" de "artes, aparejos, útiles o instrumentos" no incluidos en el apartado anterior, donde no está la sonda. No sé, visto como está el patio últimamente, con las sanciones que están cayendo, igual me he vuelto un poco paranoico. Si alguien tiene experiencia de haber sido pillado pescando con una sonda, podria confirmar si le han sancionado, dado algún aviso o no lo han dicho nada. Saludos y muchas gracias por tu respuesta ![]() |
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#4
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Esta conversacion me parece surrealista...
Pero bueno, es solo mi opinion |
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#5
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#6
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Yo tampoco entiendo la interpretacion que estas haciendo de la ley, me parece un absurdo lo que planteas
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#7
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Cosas mas raras se ven... sin ir mas lejos, aqui se está sancionando a los pescadores, incluso con el permiso vigente, por que el año pasado se sacaron una normativa de la manga que los anulaba (incluso los que están en vigor, como el mío) y los sustituye por otros (con las tasas mas altas, claro) . Con lo cual, teniendo la licencia vigente, te sancionan...y eso también es absurdo. Bueno, de normativas y leyes absurdas, ya se sabe, las hay a patadas. Por eso busco una ley posterior que lo aclare, o que alguien con una experiencia personal sobre el tema lo comente. Y por eso tengo la sonda guardada en casa si pesco, pero he visto que por los foros la gente las usa mucho, e intento asegurarme si se pueden usar o no, que las multas no son baratas. |
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#8
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Alguna duda mas?? |
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josepz (12-12-2015) | ||
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#9
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Supongo que cuando dices que funcionarios de inspección pesquera del gobierno vasco fueron a por pescado te refieres a que subieron a bordo a comprobar las artes o instrumentos usados y las capturas que hiciste como pescador recreativo, ¿no? Aunque mi pregunta era pensando en una situación mucho mas común que esa,como dije antes, me refería a embarcaciones pequeñas, digamos una neumática o un kayak, cerca de la costa, que no precisan sonda ni radio, ni legalizarlas, ... está claro que nadie va a decirte nada por una sonda legalizada en una embarcación matriculada, pero llevar una sonda portatil o fishfinder no se si tendría justificación con la ley actual. De todas formas, no he sido capaz de encontrar ninguna noticia ni comentario de alguien multado por usarlas, y lo que cuentas es otro tanto a favor. No queria preguntar a la autoridad competente por que una respuesta de palabra tampoco es definitiva, ni a favor ni en contra, y por si acaso, por no levantar la liebre ![]() Lo que suele ser sancionado y lo que no queda mejor reflejado en los comentarios de la gente afectada. gracias ![]() Editado por josepz en 12-12-2015 a las 18:40. Razón: Error de escritura |
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#10
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![]() ![]() ![]() Editado por ricachon en 12-12-2015 a las 20:50. |
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#11
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Al final que te entren depende de la mar que has andado ( incluyo portugueses tambien) es su trabajo, lo malo viene cuando las dos partes lo llevan al plano personal ..Editado por trabañarru en 13-12-2015 a las 00:59. |
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#12
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#13
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Virgen de la Patarrastra.
![]() ![]() todo el dia matando burros y la cuadra siempre llena ![]() ![]() RICACHON NO TE HABIAS PASADO UNA TEMPORADA DE CARA A LA PARED ? ![]() . NO APRENDESFELIZ NAVIDAD A TODOS ![]() ![]() creo que Trabañarru tambien se habia pasado una temporada en la pavera feliz navidad cofrade Trabañarru. Editado por barbarella en 15-12-2015 a las 18:16. |
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trabañarru (15-12-2015) | ||
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#14
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#15
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Pues teniendo en cuenta eso de;
Artículo 9. Prohibiciones En el ejercicio de la pesca marítima de recreo desde embarcación se prohibe: 1. La utilización o tenencia a bordo de artes, aparejos, útiles o instrumentos propios de la pesca o marisqueo profesional distintos de los relacionados en el artículo anterior. Y dado que una cosa es una sonda de las que solo indican la profundidad y otra muy distinta las sondas para pesca que son quizás la herramienta mas util de la pesca profesional y deportiva, como a menudo se dice aquí en este foro, no me parece ninguna tontería la pregunta de josepz. ![]() Y si no es así y hoy por hoy no son ilegales su uso a los deportivos, tal y como está el patio no será nada raro que cualquier día las prohiban específicamente a los depor. ![]() ![]() ![]()
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Allá donde habita la libertad, está mi patria |
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josepz (12-12-2015) | ||
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#16
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Cual es el articulo anterior?? |
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#17
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Cita:
"Artículo 8. Aparejos permitidos 1. Los aparejos permitidos son la línea de mano, caña, curricán, volantín y potera, así como los aparejos accesorios imprescindibles para subir las piezas a bordo. 2. Para la práctica de la pesca marítima de recreo desde una embarcación únicamente podrán emplearse dos líneas o aparejos con un máximo de seis anzuelos o dos poteras por persona. A los efectos de esta disposición, los cebos artificiales se considerarán como anzuelos. 3. No obstante lo establecido en el apartado anterior, la conselleria competente en pesca marítima podrá autorizar otros aparejos y regular sus características técnicas." No incluye la sonda como instrumento permitido... Por cierto, para los carretes electricos también esta esta limitación, que yo desconocía: "Articulo 9.Prohibiciones: 3. El empleo de carretes de pesca de tracción eléctrica o hidráulica, o de cualquier otro tipo que no sea el estrictamente manual. No obstante, se autoriza el uso de un máximo de dos carretes eléctricos, siempre que en su potencia máxima conjunta no se superen los 300 W." Editado por josepz en 12-12-2015 a las 08:36. |
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