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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Con bandera belga no hay zonas de navegación. Las limitaciones para el barco solamente son las impuestas por su categoría de diseño. Por supuesto que debes llevar el material de seguridad exigido, pero es bastante dudoso que una patrullera belga te inspeccione fuera de las aguas belgas.
En cuanto al título, la normativa española vigente desde principios de 2015 exige título español o del país de bandera para patrones españoles en barcos con bandera de otro país. Como en Bélgica no exigen títulos, se interpreta que debes tener el título español. La eterna discusión, que ya ha aparecido cienes de veces en el foro, es hasta qué distancia te pueden inspeccionar y multar por no tener título. Los hay que dicen que esto te puede suceder hasta las 200 millas y otros que dicen que sólo hasta las 12 millas. La legislación española es suficientemente confusa (como siempre) para permitir interpretaciones diversas, siempre sujetas a la campechanía del funcionario que te toque en suerte. ![]() |
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#2
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Cita:
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#3
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Saludos y copas cofrades!!
Desde luego la discusión es eterna, en este aspecto, poco a poco vamos aprendiendo... o no? Dentro de los limites de las 200 millas de soberania la GC tiene potestad total sobre barcos de pabellón español, entiendo yo, otra historia es la de pabellón extranjero que les da potestad solo en los casos de narco contrabando inmigración, o sea delitos, incluyendo el fiscal, entonces si me paran como belga, pueden comprobar que no cometo ningún delito incluyendo el fiscal, pero nada más relativo a seguridad zona etc, y si en cuanto a titulación si el patrón es residente en españa. Si hay mejores criterios encantado de leerlos y debatirlos.
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Rodeado de virus por todas partes (Isla Desespero) |
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#4
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error
![]() Editado por papaventos en 17-12-2015 a las 14:10. |
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#5
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Cita:
No sé si la legislación está clara o no, pero en la taberna es una discusión recurrente y nunca aclarada al 100%. Yo creo que es como dice SMJJ, pero hay otras opiniones. Si es como creo, que a partir de las 12 millas la GC sólo tiene jurisdicción sobre fiscalidad, narcotráfico y tráfico de personas, entonces con PER y bandera belga puedes ir donde quieras. ![]() Editado por biker62 en 16-12-2015 a las 15:43. |
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#6
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Cita:
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#7
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las cosas no son pq si:
limite aguas territoriales 12 mn, PER 12 mn limite soberania 200 mn PY 150 mn (aquí han cortado algo por la solapación de soberanis con Francia, Portugal etc) van trazando la linea entre jurisdicciones y habilitaciones, algo lógico, para que nadie se pase de listo, si acaso ellos al poner las cosas tan oscuras.
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Rodeado de virus por todas partes (Isla Desespero) |
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#8
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Cita:
El razonamiento creo que falla, porque la autorización real son 24 para PER y 300 para PY. A 200 millas de una costa, si por el rumbo contrario hay otra costa a menos de 150 millas está más que legal. Así que la tesi no se cumple.... ![]() |
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#9
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Cita:
También es cierto que el Mediterráneo se puede recorrer en singladuras de 150 millas. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#10
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Negativo. Otra cosa es que te puedan pedir titulación del patrón después de un parte de accidente (cosa más que probable). Pero el seguro te lo hacen sin pedirte título
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"My boat is my island" |
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#11
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Pour naviguer en mer, aucun brevet de compétence n'est requis en Belgique. Si vous le souhaitez cependant, il est possible de passer un examen pour obtenir un brevet. Il existe deux sortes de brevets :
•Le brevet de Yachtman, valable pour la navigation côtière (âge minimal : 20 ans) •Le brevet de Navigateur de Yacht, valable pour la navigation hauturière (âge minimal : 21 ans) http://www.belgium.be/fr/mobilite/en..._de_plaisance/ ![]() Editado por papaventos en 24-12-2015 a las 00:27. |
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