Cita:
Originalmente publicado por Manuel_Luis1404
Fuera de la Bahía de Palma artefactos flotantes una milla
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Eres duro de roer, eh!!
3.- Los patrones, mayores de 18 años, de las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 KW y de hasta 5 metros de eslora, las de vela de hasta 6 metros de eslora, y los artefactos flotantes o de playa están exentos de título para su manejo. Las embarcaciones, artefactos incluidos en el presente apartado y motos náuticas, solo podrán navegar de día, con buen tiempo y una visibilidad superior a una milla, sin alejarse más de dos millas de un puerto, marina o lugar de abrigo.
Boletín oficial de febrero de 2015, capitanía marítima de Palma, que tiene jurisdicción sobre toda la isla y Menorca..
La ley tiene que estar escrita, si no, serán consejos, recomendaciones, códigos éticos, libros de estilo...pero ante un juez vale lo que está escrito y es público, como es natural, claro..
