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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Lo que no sale en las cláusulas, no está cubierto. Como bien te han dicho, que te lo conteste por escrito la compañía, no el corredor.
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#2
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La cobertura de "gastos de remolque" es una cobertura opcional que debe figurar reseñada en las condiciones particulares de la póliza con sus límites de indemnización y franquicia aplicable en su caso.
Algunos no ponen límite de indemnización, la mayoría de aseguradores no aplican franquicia a esta cobertura. Por decirlo de alguna forma sencilla, si no lees el concepto en el apartado de coberturas, es que no lo tienes cubierto. ![]() |
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#3
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Muchas gracias por vuestras respuestas.
![]() No se porqué pero me lo temía ![]() Como ha quedado reflejado, me refería al remolque en el mar. Siento la confusión. Me pondré en contacto, por escrito, como habéis recomendado. Queda abierta la barra ![]() ....a Belén chiquillos... |
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