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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
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Hemos recorrido más de 100.000 Li de inmensas superficies marinas y en el océano hemos visto olas gigantescas, que se elevaban al cielo como montañas... nuestros ojos han visto regiones bárbaras y remotas, ocultas por una niebla azul e impenetrable. Mientras nuestras velas, desplegadas cual nubes, seguían su curso, raudo como el de una estrella. Zheng He (1371-1435) |
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#2
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Este verano me cruce en el puerto de Oropesa con unos ciudadanos Rusos que llevaban un OLSON 29 abanderado en Suecia que compraron alli (Suecia) y desde entonces estaban navegando con direccion a Grecia.
No parece que tubieran ningun problema, ni en su momento para comprar el barco, ni posteriormente para cruzar un buen tramo de charco y paises. Si como dices, vives mas de 6 meses al año en China, no veo el problema. Todo esto dejando claro que yo de normativa Pseudo europea tengo poca idea. ![]() ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
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#3
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No entiendo porque no puede ser.
Como ciudadano Español, compro en España y pago sus correspondientes impuestos en España, como residente Chino, tributo en China por mis ingresos y las adquisiciones que pueda hacer alli, por ejemplo, un coche y fin de la historia. A quien te diga lo contrario, que te explique como hacen los propietarios de los supermegacacharroyates de los jeques, y nuevosricosrusos que te ves por Ibiza, Palma o Puerto Banus |
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#4
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Tu barco no puede tener matrícula española (eres residente en China) por lo que en principio debería corresponderle la matrícula de tu país de residencia, si el barco navega en aguas españolas o su puerto base es de España por mas de 6 meses, debería liquidar los imptos. correspondientes en España a pesar de su abanderamiento extranjero.
Te recomiendo consultes a gestorías especializadas en náutica y seguro que te sacaran de dudas P.D. He visto documentación de barcos correspondiente a ciudadanos extranjeros residentes fuera de aquí y matriculados en España, cosas de la administración. ![]() |
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#5
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Cita:
o no aplica para comunitarios??? ![]()
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Hemos recorrido más de 100.000 Li de inmensas superficies marinas y en el océano hemos visto olas gigantescas, que se elevaban al cielo como montañas... nuestros ojos han visto regiones bárbaras y remotas, ocultas por una niebla azul e impenetrable. Mientras nuestras velas, desplegadas cual nubes, seguían su curso, raudo como el de una estrella. Zheng He (1371-1435) |
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#6
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Yo estuve 2 años de residente fiscal en china, y en 1990 adoptó el convenio de doble imposición con españa, en esa época el ITP se pagaba a través del consulado/embajada y era del 10%, no se si sigue igual.
No tienes ningún problema en ponerlo a tu nombre, pagas ITP (10% ?)e impuesto de matriculacion —12%— si no lo tiene pagado y listos. Mi consejo es que vayas al consulado o embajada y que te informen por escrito de la legalidad. |
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#7
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Buenas noches Ontoso,
Te contaré mi experiencia, en parte similar a la tuya, por si te es de ayuda y sin que mis afirmaciones se consideren absolutas, simplemente lo que me pasó a mí y como yo interpretaba la situación, que puede ser cualquier cosa menos clara, y seguramente diferente según el país de residencia. En mi caso, soy español residente en Argelia desde 2008. En 2009 compré un velero en España con bandera inglesa y me lo lleve a Argelia. Creo entender de tu situación dos problemas: el pago de posibles impuestos y la matriculación del barco con bandera española. 1) Impuestos: Entiendo que los que correspondan a la compra deben ser pagados como con cualquier otra adquisición. Supongo que si compras en China pagaras algo como el IVA si es nuevo u otro impuesto si es una transmisión de segunda mano. En mi caso porque Argelia está cerca de España y lo compre aquí, simplemente pagué en un registro conforme al domicilio de mi DNI sin mayor problema. 2) Bandera: Aquí vienen los líos gordos. De lo que yo entiendo, en España un barco puede tener bandera española con independencia de la nacionalidad de su propietario. Cuando caducó la bandera inglesa de mi barco, consideré matricularlo con bandera argelina, pero a diferencia de España, en este país y quizás en otros como China, solo permiten abanderar un barco como argelino a sus nacionales y no a sus residentes. Eso me obligaba a matricularlo como español, derecho que considero no se me debería negar ni dificultar. Hice múltiples consultas en mi consulado, en el ministerio y en alguna capitanía de cómo podía ejercer mi derecho como español a abanderar mi barco con la bandera de mi país. Tengo que decir que me da vergüenza recordar la falta de seriedad en las respuestas, tanto en las muchas que se me prometieron y nunca llegaron como en las que por mucho insistir recibí. Quiero pensar que tuve mala suerte y quizás sí sea posible abanderar residiendo en el extranjero. Aunque nadie me lo confirmó, pienso que uno puede insistir en presentar la solicitud de matrícula española en su demarcación consular. Hay otro problema. Yo busqué información de cómo se podría realizar la inspección del barco previa al abanderamiento y la única respuesta que conseguí, por alguien que parecía que me decía lo primero que se le había ocurrido, era algo así como que podía contratar un perito español acreditado para ello y pagarle el viaje y estancia a Argelia para hacer el correspondiente informe, casi nada. Fui lo más educado posible en agradecerle su bonita respuesta y al colgar tuve que convencerme que solo podía abanderar en España trayendo el barco a un puerto español, y así lo hice. Afortunadamente en mi caso no hay más que 112 millas entre Oran y Almería. Creo que tú lo tienes un poco más difícil. Esta es mi historia sin entrar en otras “complicaciones”, tanto en España como en Argelia, espero que te aclare algo; probablemente no. En todo caso yo mismo no quiero creerme que sea imposible o tan complicado tener un barco con bandera española fuera de España. Siempre me pregunto cómo pasan las inspecciones los barcos españoles que navegan por el mundo. El problema debía ser el mismo. A finales de 2016 me toca la ITB y no me apetece tener que hacer la travesía en invierno y sobretodo dejar el barco en España mientras me veo obligado a gestionarlo a distancia mediante una gestoría. Si alguien sabe cómo los hacen los españoles navegando por ahí fuera se lo agradecería. Saludos para todos, Joolum |
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