La Taberna del Puerto Sergio Ponce
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

Discusión cerrada
 
Herramientas Estilo
  #1  
Antiguo 15-04-2016, 07:28
Avatar de kaskarrabias
kaskarrabias kaskarrabias esta desconectado
Pirata pata palo
 
Registrado: 18-08-2011
Edad: 37
Mensajes: 357
Agradecimientos que ha otorgado: 14
Recibió 183 Agradecimientos en 49 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

500€? me parece excesivo sólo por eso..también es cierto que al igual que hay que llevar la pirotecnia en vigor, chalecos, etc.. el pabellón nacional (nada de CCAA como se ve por algunas zonas..) debe ser el de mayor tamaño y el que se encuentre en zona visible
__________________
Navegar contra el viento es perder el tiempo
  #2  
Antiguo 15-04-2016, 07:49
Avatar de enric rosello
enric rosello enric rosello esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 11-12-2009
Localización: Mediterráneo forever
Edad: 69
Mensajes: 3,571
Agradecimientos que ha otorgado: 1,788
Recibió 3,428 Agradecimientos en 1,562 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

Me parece que son ganas de politizar el tema desde la Capitanía. El pabellón nacional sirve para identificar la nacionalidad de un barco, y no para aclarar las preferencias políticas ni las sensibilidades autonómicas de ningún navegante.
En este caso quedaba bien clara la nacionalidad del buque. El mismo RD que ha servido para multar al pobre pesquero no aclara la medida mínima de pabellón a llevar (solo la máxima) y por la foto se ve que este pescador no es precisamente reacio a llevar un buen banderón rojigualda.
Paradójicamente, si hubiera llevado solamente un banderín español de 40 x 30 en en mastelerillo en popa y hubiera dejado la bandera gallega colgada del balcón de su casa no hubiera recibido la multa, pero se hubiera identificado peor la nacionalidad de su barco. Lo dicho: ganas de politizar.
saludos
__________________
4 Cofrades agradecieron a enric rosello este mensaje:
ganso (15-04-2016), KUMI (15-04-2016), nadie (29-05-2016), txaviss (15-04-2016)
  #3  
Antiguo 15-04-2016, 08:25
Avatar de Pasaba
Pasaba Pasaba esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 12-05-2013
Mensajes: 74
Agradecimientos que ha otorgado: 30
Recibió 19 Agradecimientos en 15 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Respuesta: Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

Hola
Por mi pueblo se dice que quien siembra vientos recoge tempestades.
Puede ser ganas de politizar algo que es o debería ser personal.
Saludos de uno que ya está en trámite de ...
  #4  
Antiguo 15-04-2016, 09:04
Avatar de Jadarvi
Jadarvi Jadarvi esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 25-11-2008
Localización: Baleares y alrededores... pero en realidad por donde puedo.
Edad: 58
Mensajes: 8,752
Agradecimientos que ha otorgado: 3,052
Recibió 5,564 Agradecimientos en 1,700 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

Cita:
Originalmente publicado por enric rosello Ver mensaje
Me parece que son ganas de politizar el tema desde la Capitanía. El pabellón nacional sirve para identificar la nacionalidad de un barco, y no para aclarar las preferencias políticas ni las sensibilidades autonómicas de ningún navegante.
En este caso quedaba bien clara la nacionalidad del buque. El mismo RD que ha servido para multar al pobre pesquero no aclara la medida mínima de pabellón a llevar (solo la máxima) y por la foto se ve que este pescador no es precisamente reacio a llevar un buen banderón rojigualda.
Paradójicamente, si hubiera llevado solamente un banderín español de 40 x 30 en en mastelerillo en popa y hubiera dejado la bandera gallega colgada del balcón de su casa no hubiera recibido la multa, pero se hubiera identificado peor la nacionalidad de su barco. Lo dicho: ganas de politizar.
saludos
Enric, no sé si estoy o no de acuerdo con tu planteamiento, pero lo comprendo, sin embargo, la ley es clarísima ... nos referimos al RD 2335/1980 que dice lo siguiente en su artículo segundo:

Artículo segundo.

Uno. Se reservará el asta de popa y el pico del palo mayor para la Bandera de España.

Dos. Ninguna otra bandera ni enseña podrá permanecer izada si no lo está el Pabellón nacional y sus dimensiones nunca serán superiores a un tercio del área de éste.



Y su artículo tercero dice:

Artículo tercero.

Las banderas y enseñas reconocidas en los Estatutos de las Comunidades Autónomas podrán izarse en puertos nacionales y aguas interiores, pero siempre al mismo tiempo que el Pabellón nacional y con el tamaño que se determina en el artículo segundo.

Así pues, la Ley es clara, no creo que la Capitanía esté politizando nada, sino haciendo una aplicación estricta de la Ley .... quizás quien esté politizando es quien llevando treinta años en la mar y conociendo la normativa decide no cumplirla ....

Esta es una de esas leyes que dejan muy poco que interpretar porque son clarísimas en su contenido .... así que quien se la salta ya sabe lo que hay, y no hay política que valga. Por cierto, también es aplicable a las embarcaciones de recreo, lo digo porque si a alguno le cae un palazo por navegar con una bandera enorme en babor ya sea con el toro o la jolly roger o lo que sea, si es más grande en tamaño que un tercio del pabellón nacional no debería de sorprenderse.

Otra cosa es que nos guste o no esa regulación o que en los últimos años se haya producido una cierta laxitud en su aplicación, o que a alguno no le guste llevar la bandera española, pero la norma es clara, muy clara. La solución si a uno le da alergia la rojigualda es sencilla ... cambiar de bandera y así la española pasa a ser un pequeño pabellón de cortesía ... pero si uno mantiene la bandera española hay que cumplir la normativa española.

salud!!!
7 Cofrades agradecieron a Jadarvi este mensaje:
custodio (20-04-2016), Don Armano (15-04-2016), erchirri (16-05-2016), Makoki II (15-04-2016), R.Santana (15-04-2016), Racamento (15-04-2016), ROyOR (16-04-2016)
  #5  
Antiguo 15-04-2016, 09:35
Avatar de enric rosello
enric rosello enric rosello esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 11-12-2009
Localización: Mediterráneo forever
Edad: 69
Mensajes: 3,571
Agradecimientos que ha otorgado: 1,788
Recibió 3,428 Agradecimientos en 1,562 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

Jadarvi, las leyes -y tu lo sabes como buen misser- tienen cuerpo y alma. El cuerpo de la Ley dice lo que dice y no hay vuelta atrás ni otras interpretaciones. Pero el alma de esta misma ley solo pretende dictar unas normas para que los buques en el agua queden identificados sin ambages mediante un pabellón de tela. Y en este aspecto el pesquero gallego cumplía con creces las ordenanzas.
Sigo opinando que en Capitanía fueron más estrictos de lo necesario con su multa, pues el pesquero no incumplía el espíritu de la ley, solo las formas. Quienes tienen la facultad de denunciar y al mismo tiempo sancionar, como Capitanía en este caso, creo que han de ser más delicados con estos temas.
Una abraçada
__________________
  #6  
Antiguo 15-04-2016, 10:03
Avatar de markuay
markuay markuay esta desconectado
Fogonero del Titanic
 
Registrado: 29-10-2006
Localización: Valencia-castellon
Mensajes: 12,936
Agradecimientos que ha otorgado: 3,456
Recibió 8,144 Agradecimientos en 4,363 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

Cita:
Originalmente publicado por enric rosello Ver mensaje
Jadarvi, las leyes -y tu lo sabes como buen misser- tienen cuerpo y alma. El cuerpo de la Ley dice lo que dice y no hay vuelta atrás ni otras interpretaciones. Pero el alma de esta misma ley solo pretende dictar unas normas para que los buques en el agua queden identificados sin ambages mediante un pabellón de tela. Y en este aspecto el pesquero gallego cumplía con creces las ordenanzas.
Sigo opinando que en Capitanía fueron más estrictos de lo necesario con su multa, pues el pesquero no incumplía el espíritu de la ley, solo las formas. Quienes tienen la facultad de denunciar y al mismo tiempo sancionar, como Capitanía en este caso, creo que han de ser más delicados con estos temas.
Una abraçada

Enric, se tiene que ser tan delicado en este tema como en cualquier otro.

Es una falta administrativa igual que no señalizar las redes o navegar de noche sin luces, etc.

No se trata de espiritus de las leyes sino de normativa europea.

Cuando se empieza a interpretar las leyes, al final cada uno entiende lo que le da la gana.

Por cierto, el tal Iglesias parece bastante despistado en muchos temas, no se que clase de profesional sera, pero mezclar ayuntamientos con barcos, ademas
lleva el pabellon en babor y la bandera gallega en estribor, ademas dice que no piensa cambiar las banderas hasta que alguien le de una explicacion convincente, muy enterado de las normas de la navegacion no parece, si todo lo controla igual............... en fin paciencia.

Y repito, a mi ni me va ni me viene el tema, pero parece evidente que el pesquero incumplia esa norma en concreto, si no es asi, que recurra y listo.

Si realmente quisieran hacer sangre con este tema, simplemente paseandose por cualquier puerto se harian de oro, porque vamos, algunos ya solo llevan la cuerda del espetec y poco mas..

__________________
.

Slava Ukrayini!.

Editado por markuay en 15-04-2016 a las 10:19.
  #7  
Antiguo 15-04-2016, 09:54
Avatar de markuay
markuay markuay esta desconectado
Fogonero del Titanic
 
Registrado: 29-10-2006
Localización: Valencia-castellon
Mensajes: 12,936
Agradecimientos que ha otorgado: 3,456
Recibió 8,144 Agradecimientos en 4,363 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Enric, no sé si estoy o no de acuerdo con tu planteamiento, pero lo comprendo, sin embargo, la ley es clarísima ... nos referimos al RD 2335/1980 que dice lo siguiente en su artículo segundo:

Artículo segundo.

Uno. Se reservará el asta de popa y el pico del palo mayor para la Bandera de España.

Dos. Ninguna otra bandera ni enseña podrá permanecer izada si no lo está el Pabellón nacional y sus dimensiones nunca serán superiores a un tercio del área de éste.



Y su artículo tercero dice:

Artículo tercero.

Las banderas y enseñas reconocidas en los Estatutos de las Comunidades Autónomas podrán izarse en puertos nacionales y aguas interiores, pero siempre al mismo tiempo que el Pabellón nacional y con el tamaño que se determina en el artículo segundo.

Así pues, la Ley es clara, no creo que la Capitanía esté politizando nada, sino haciendo una aplicación estricta de la Ley .... quizás quien esté politizando es quien llevando treinta años en la mar y conociendo la normativa decide no cumplirla ....

Esta es una de esas leyes que dejan muy poco que interpretar porque son clarísimas en su contenido .... así que quien se la salta ya sabe lo que hay, y no hay política que valga. Por cierto, también es aplicable a las embarcaciones de recreo, lo digo porque si a alguno le cae un palazo por navegar con una bandera enorme en babor ya sea con el toro o la jolly roger o lo que sea, si es más grande en tamaño que un tercio del pabellón nacional no debería de sorprenderse.

Otra cosa es que nos guste o no esa regulación o que en los últimos años se haya producido una cierta laxitud en su aplicación, o que a alguno no le guste llevar la bandera española, pero la norma es clara, muy clara. La solución si a uno le da alergia la rojigualda es sencilla ... cambiar de bandera y así la española pasa a ser un pequeño pabellón de cortesía ... pero si uno mantiene la bandera española hay que cumplir la normativa española.

salud!!!
Totalmente de acuerdo

Y por cierto, lo que se reglamenta no es ninguna bandera, es el pabellon oficial de cada pais.

Yo veo de todo, un banderon de 2x1 con el toro en la antena de una motorcita de 4 metros, el pabellon en un obenque y debajo la de cortesia el doble de grande, pabellones a los que no les queda ni la cuerda, y asi hasta el infinito.

El pabellon tiene unas medidas, no puede superar el 10% de la eslora del barco, por ejemplo.

Lo que pasa es que en el mar, como en tierra, hay mucho pasota y luego pasa lo que pasa.

Ademas hablamos de profesionales del mar, en tierra, las multas a los profesionales de la carretera son tambien mas elevadas, y es logico.

Y los abanderados en otros paises tambien tienen sus normas, no solo son exigentes aqui.

Tambien los residentes aqui abanderados fuera tienen que seguir ciertos estandares en cuanto a donde y como colocar tanto el pabellon como la bandera de cortesia, que tambien se ve cada cosa.

Un barco es territorio del pais que lo abandera y eso implica ciertas obligaciones.

Se puede estar de acuerdo o no, la multa puede parecer mucha o poca, pero es lo que hay y esta bastante claro.


__________________
.

Slava Ukrayini!.

Editado por markuay en 15-04-2016 a las 10:17.
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a markuay
Racamento (15-04-2016)
  #8  
Antiguo 15-04-2016, 10:16
Avatar de Mateando
Mateando Mateando esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 01-05-2010
Localización: Cantábrico
Edad: 62
Mensajes: 1,601
Agradecimientos que ha otorgado: 381
Recibió 1,196 Agradecimientos en 566 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

Según el Art.3.1 CC “ las normas se interpretaran según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas”.

Según el Art.3.2 CC “ la equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los tribunales solo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita"

Se conoce como equidad a la justicia social por oposición a la letra del derecho positivo.
La equidad no sólo interpreta la ley, sino que impide que la aplicación de la ley pueda, en algunos casos, perjudicar a algunas personas

Para terminar, en la Facultad nos decían que la mayor injusticia era aplicar para un caso concreto un ley que no se aplica habitualmente a los casos similares.

Y por cierto, recuerdo un hilo que comenté preguntando acerca de cierta embarcación que en lugar de llevar el pabellón de recreo, llevaba el que corresponde a la Marina de guerra.

http://foro.latabernadelpuerto.com/s...3n#post1843839



No brindo

Editado por Mateando en 15-04-2016 a las 10:36.
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Mateando
enric rosello (15-04-2016)
  #9  
Antiguo 15-04-2016, 10:28
Avatar de markuay
markuay markuay esta desconectado
Fogonero del Titanic
 
Registrado: 29-10-2006
Localización: Valencia-castellon
Mensajes: 12,936
Agradecimientos que ha otorgado: 3,456
Recibió 8,144 Agradecimientos en 4,363 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

Cita:
Originalmente publicado por Mateando Ver mensaje
Según el Art.3.1 CC “ las normas se interpretaran según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas”.

Según el Art.3.2 CC “ la equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los tribunales solo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita"

Se conoce como equidad a la justicia social por oposición a la letra del derecho positivo.
La equidad no sólo interpreta la ley, sino que impide que la aplicación de la ley pueda, en algunos casos, perjudicar a algunas personas

Para terminar, en la Facultad nos decían que la mayor injusticia era aplicar para un caso concreto un ley que no se aplica habitualmente a los casos similares.

No brindo

Y por cierto, recuerdo un hilo que abrí preguntando acerca de cierta embarcación que en lugar de llevar el pabellón de recreo, llevaba el que corresponde a la la Marina de guerra.
todo eso esta muy bien, pero en este caso la norma es tan simple, clara y concreta que da para poca interpretacion.


Que es mucha pasta, que es poca, que igual debian enrrollarse mas, que no tiene importancia

Para las cantidades que meten en nautica por cualquier chorrada, no parece mucha pasta, peor me parece que te metan 3000 € por llevar el extintor , un medicamento o las bengaas caducadas.

__________________
.

Slava Ukrayini!.
  #10  
Antiguo 15-04-2016, 10:55
Avatar de fedemate
fedemate fedemate esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 03-03-2015
Localización: Golfo de Cadiz
Edad: 69
Mensajes: 35
Agradecimientos que ha otorgado: 25
Recibió 19 Agradecimientos en 17 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

Cita:
Originalmente publicado por Mateando Ver mensaje
Según el Art.3.1 CC “ las normas se interpretaran según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas”.

Según el Art.3.2 CC “ la equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los tribunales solo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita"

Se conoce como equidad a la justicia social por oposición a la letra del derecho positivo.
La equidad no sólo interpreta la ley, sino que impide que la aplicación de la ley pueda, en algunos casos, perjudicar a algunas personas

Para terminar, en la Facultad nos decían que la mayor injusticia era aplicar para un caso concreto un ley que no se aplica habitualmente a los casos similares.

Y por cierto, recuerdo un hilo que comenté preguntando acerca de cierta embarcación que en lugar de llevar el pabellón de recreo, llevaba el que corresponde a la Marina de guerra.

http://foro.latabernadelpuerto.com/s...3n#post1843839



No brindo
Veo que tienes amplia formacion juridica por lo que no te voy a discutir la argumentacion, pero el resto de los mortales tendemos a interpretar la norma por lo que dice. Si la ley dice que " no se podra circular por autopistas a mas de 120 km./h. " sabemos que si vamos a 140 km./h. nos multan. Asi de simple.

Enviado desde mi SM-T530 mediante Tapatalk
  #11  
Antiguo 15-04-2016, 11:28
Avatar de Jadarvi
Jadarvi Jadarvi esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 25-11-2008
Localización: Baleares y alrededores... pero en realidad por donde puedo.
Edad: 58
Mensajes: 8,752
Agradecimientos que ha otorgado: 3,052
Recibió 5,564 Agradecimientos en 1,700 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

Pues, sinceramente, creo que poner una multa de de 100 ó 150 euros como dice el Capitán Marítimo, es contenerse mucho, porque yo he visto sanciones 3.000 € por llevar la matrícula algo desteñida o lo que se llamó "Incorrecta identificación de la embarcación" ... en una zodiac que valía 1000 ...

Por otra parte, todos sabemos que el pabellón debe ir en posición central, la de cortesía en estribor, y las demás que uno quiera llevar, a babor ... y se supone que alguien que lleva tantos años en la mar como capitán debe conocer la normativa.

Además, la denuncia no la interpone Capitanía, sino el Servicio Marítimo de la GC .. eso conlleva obligatoriamente la incoación de un expediente sancionador, y Capitanía no tiene otra opción que comprobar si existe infracción y, si existe, debe proponer una sanción en la propuesta de resolución.

El procedimiento es así:

* Denuncia
* Incoación de expediente y notificación de propuesta inicial al expedientado para que formule alegaciones y proponga prueba.
* Apertura de período probatorio si se propone prueba.
* A la vista de las alegaciones iniciales y resultado de a prueba practicada, el Instructor del expediente, que no es normalmente el Capitán Marítimo, sino un letrado que forma parte del personal de Capitanía, formula propuesta de resolución dirigida al DGMM.
* Se da traslado al expedientado para que formule sus alegaciones definitivas.
* Se eleva el expediente a DGMM y el Director General, en un plazo no superior a un año desde la incoación del expediente, dicta resolución ya sea imoniendo sanción o decretando el sobreseimiento del expediente si se estiman las alegaciones formuladas por el denunciado. Por cierto, hay ocasiones en que el DGMM incrementa la sanción propuesta por el instructor, otras veces la reduce y otras, las menos, decreta el sobreseimiento.

Si no hay conformidad con la resolución del DGMM siempre cabe la posibilidad de recurrir a un recurso contencioso-administrativo.


Así pues, la Capitanía no sanciona, incoa un expediente ante denuncia formulada ya sea por cuerpos de seguridad del Estado (GC en este caso) o por sus propios servicios de inspección; tramita el expediente y formula dos propuestas de resolución, la inicial y la definitiva y el Director General de la Marina Mercante, resuelve.

En este caso, el Capitán Marítimo no podía hacer otra cosa que lo que ha hecho, pues existe infracción, y no incoar el expediente suponía incurrir en prevaricación (que es un delito) y tampoco podía concluir que no había infracción, porque la hay.

El argumento de edificios municipales y autonómicos no es aplicable, porque se rigen por una regulación distinta y, además, hay que tener en cuenta que en el mar son de aplicación los convenios internacionales, especialmente el de la OMI (Organización Marítima Internacional) del que España forma parte y son de imperativa aplicación y transcripción en las legislaciones de los Estados integrados en el tratado.

En resumen, creo que ni exceso de sensibilidad política ni nada por el estilo, simplemente aplicación de la Ley y una propuesta de sanción muy baja atendiendo a que, con toda seguridad, el propio Capitán Marítimo y el instructor del expediente entendieron que no había mala fe ni intencionalidad política en la comisión de la infracción y a que estamos hablando de un pesquero que es un centro de trabajo del que dependen bastantes familias.

En todo caso, me parece indignante que se tenga estas consideraciones con los profesionales y en el recreo se impongan multas como la que he comentado al principio ... o como las sanciones a las que se enfrenta un cliente de mi despacho que suman una cantidad que triplica el valor de su barco ...

Disculpad el tocho, pero es que hablo con pleno conocimiento de cómo funciona el régimen sancionador y veo como a veces se tienen "detalles" con los profesionales que no se tienen con los particulares.

salud!!!

Editado por Jadarvi en 15-04-2016 a las 11:36.
2 Cofrades agradecieron a Jadarvi este mensaje:
Don Armano (15-04-2016), markuay (15-04-2016)
  #12  
Antiguo 15-04-2016, 11:23
Avatar de Alduroni
Alduroni Alduroni esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 14-11-2013
Localización: Levante y Baleares
Mensajes: 71
Agradecimientos que ha otorgado: 14
Recibió 30 Agradecimientos en 16 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Sancionado por llevar banderas...de igual tamaño

Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Enric, no sé si estoy o no de acuerdo con tu planteamiento, pero lo comprendo, sin embargo, la ley es clarísima ... nos referimos al RD 2335/1980 que dice lo siguiente en su artículo segundo:



Artículo segundo.



Uno. Se reservará el asta de popa y el pico del palo mayor para la Bandera de España.



Dos. Ninguna otra bandera ni enseña podrá permanecer izada si no lo está el Pabellón nacional y sus dimensiones nunca serán superiores a un tercio del área de éste.







Y su artículo tercero dice:



Artículo tercero.



Las banderas y enseñas reconocidas en los Estatutos de las Comunidades Autónomas podrán izarse en puertos nacionales y aguas interiores, pero siempre al mismo tiempo que el Pabellón nacional y con el tamaño que se determina en el artículo segundo.



Así pues, la Ley es clara, no creo que la Capitanía esté politizando nada, sino haciendo una aplicación estricta de la Ley .... quizás quien esté politizando es quien llevando treinta años en la mar y conociendo la normativa decide no cumplirla ....



Esta es una de esas leyes que dejan muy poco que interpretar porque son clarísimas en su contenido .... así que quien se la salta ya sabe lo que hay, y no hay política que valga. Por cierto, también es aplicable a las embarcaciones de recreo, lo digo porque si a alguno le cae un palazo por navegar con una bandera enorme en babor ya sea con el toro o la jolly roger o lo que sea, si es más grande en tamaño que un tercio del pabellón nacional no debería de sorprenderse.



Otra cosa es que nos guste o no esa regulación o que en los últimos años se haya producido una cierta laxitud en su aplicación, o que a alguno no le guste llevar la bandera española, pero la norma es clara, muy clara. La solución si a uno le da alergia la rojigualda es sencilla ... cambiar de bandera y así la española pasa a ser un pequeño pabellón de cortesía ... pero si uno mantiene la bandera española hay que cumplir la normativa española.



salud!!!

No puedo estar mas de acuerdo, gracias por expresarlo con tanta claridad.



Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
Discusión cerrada Ver todos los foros en uno

Sergio Ponce

Herramientas
Estilo

Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 08:51.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto