Cita:
Originalmente publicado por Nerderel
Hola La Serena 
Desconozco qué requisitos te pedirá tu seguro pero con respecto a las embarcaciones auxiliares en el "Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques." dice esto "Artículo 7 Del nombre e indicativo de matrícula de la embarcación ....Las embarcaciones auxiliares deberán llevar el mismo indicativo de matrícula de su principal, sin nombre, y añadiendo al final del mismo, entre paréntesis la expresión «Aux» y el indicativo de matrícula de su principal. En el supuesto de que hubiese más de una embarcación auxiliar, se utilizarán números correlativos."
Saludos
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¿Y esto cómo sería? Si por ejemplo la matrícula es 7ª XY 6-37-05, interpretando el texto literalmente a la auxiliar habría que ponerle:
7ª XY 6-37-05 (Aux 7ª XY 6-37-05)
Que alguien me lo explique. Vamos, clarísimo para variar. Y para qué le vamos a poner el nombre, con lo fácil que es ir comparando los números... Yo a veces pienso que en este país hacemos las normas para dar por saco.