La Taberna del Puerto El seguro de mi barc
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  #1  
Antiguo 24-05-2016, 23:45
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

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Por cierto, desde que llevo bandera extranjera, nunca me han parado,.
Yo tengo bandera belga y a mí sí me han parado una vez y dentro de mi puerto base.
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  #2  
Antiguo 25-05-2016, 01:31
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

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Yo tengo bandera belga y a mí sí me han parado una vez y dentro de mi puerto base.
Por cierto que te pidieron ??
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  #3  
Antiguo 25-05-2016, 07:59
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

Joder cofrades, sois una bombaaaaa.....

Me encanta esta forma de aprender cosas y ir creciendo con las experiencia de todos.

Por cierto, no me saco la habilitación sólo por no tener tiempo libre hasta la fecha de la supuesta travesía. Con lo cual la idea es que en Septiembre me pondré directamente con el PY.

Por otro lado me habéis convencido: paso de Baleares por este año...a por la costa Brava entonces!!!....esperemos sólo la tramontana se vaya se vacaciones en el mismo período.

Un Saludos cofrades :-)
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  #4  
Antiguo 25-05-2016, 08:42
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Por cierto que te pidieron ??
Eso, eso, cuenta.



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Slava Ukrayini!.
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  #5  
Antiguo 25-05-2016, 10:39
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Eso, eso, cuenta.

Primero decir que fué hace un par de años y alguna cosa ha cambiado.

Me pidieron el seguro, algún papel de propiedad del barco y con la matrícula.

Hasta ahí todo bien pero...

También me pidieron el título, cosa que en aquel momento no entraba en su jurisdicción. (Ahora sí pueden pedirlo estés en el barco que estés si eres español).

Así que antes de sacar nada y con gran amabilidad por mi parte les dije algo parecido a esto.

"Voy mostrarles, por si hubiera algún error la bandera de este barco, que como pueden ver ondéa aquí mismo", estaba justo a mi espalda bien visible.

"Y ahora voy a presentarles el seguro y la Lettre de Pavillon y voy a ahorrarnos a todos el trabajo de enseñarles el título ya que no es de su jurisdicción en un barco extranjero y no querría que tuvieran un problema por una petición ilegal".

Tomaron los papeles, los remiraron, saludaron y ya se iban cuando el más joven se volvió y me dijo "pues yo voy a seguir pidiendo el título sea el barco que sea"
A lo que respondí: "Pues la próxima vez se los enseñaré en la Comandancia de la GC delante de su jefe para aclarar quién es el que no entiende o no quiere cumplir la Ley él ordenando algo ilegal o usted haciendo algo ilegal".

Y nos quedó claro a los dos.

Ningún problema más hasta ahora.
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markuay (25-05-2016)
  #6  
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Primero decir que fué hace un par de años y alguna cosa ha cambiado.

Me pidieron el seguro, algún papel de propiedad del barco y con la matrícula.

Hasta ahí todo bien pero...

También me pidieron el título, cosa que en aquel momento no entraba en su jurisdicción. (Ahora sí pueden pedirlo estés en el barco que estés si eres español).

Así que antes de sacar nada y con gran amabilidad por mi parte les dije algo parecido a esto.

"Voy mostrarles, por si hubiera algún error la bandera de este barco, que como pueden ver ondéa aquí mismo", estaba justo a mi espalda bien visible.

"Y ahora voy a presentarles el seguro y la Lettre de Pavillon y voy a ahorrarnos a todos el trabajo de enseñarles el título ya que no es de su jurisdicción en un barco extranjero y no querría que tuvieran un problema por una petición ilegal".

Tomaron los papeles, los remiraron, saludaron y ya se iban cuando el más joven se volvió y me dijo "pues yo voy a seguir pidiendo el título sea el barco que sea"
A lo que respondí: "Pues la próxima vez se los enseñaré en la Comandancia de la GC delante de su jefe para aclarar quién es el que no entiende o no quiere cumplir la Ley él ordenando algo ilegal o usted haciendo algo ilegal".

Y nos quedó claro a los dos.

Ningún problema más hasta ahora.
La propiedad del barco supongo que con la lletre de pavillon y tu DNI, queda mas que aclarada.

El seguro, por supuesto, y con los datos del barco actualizados a su abanderamiento, no con los datos de la matricula española aun.

Quizas el justificante del pago del impuesto especial, por aquello de agilizar el tema.

La titulacion nautica.


Yo creo que con estos papelotes es mas que suficiente.

Tontos los hay en todas partes, incluso en la GC, es una cuestion de pura estadistica,faltaria mas.

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  #7  
Antiguo 25-05-2016, 11:02
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

De todas formas (y desde un plano estrictamente teórico y legal), yo creo que la G.C. del Mar solo tiene jurisdicción sobre:

1) Aguas territoriales españolas.
2) Barcos con bandera española, en cualquier lugar.

Y, si no recuerdo mal, la normativa tal como la dejó la DGMM exige que los patrones NAVEGANDO EN AGUAS ESPAÑOLAS tengan la titulación adecuada.

Dado que las aguas territoriales acaban en las 12 millas, un barco con bandera belga u holandesa a 13 millas de una costa española se regiría exclusivamente por la legislación del país de bandera.

Es decir, que, tal como yo lo entiendo, a un barco con bandera comunitaria no española, solo le podrían pedir, como máximo el PER, no la Habilitación.

De todas formas, mi consejo sería que, antes de ponernos a hacer interpretaciones propias de la normativa, recordemos aquel verso que dice:

Ante cualquier discusión
Por cuestiones de criterio
Tiene siempre la razón
El señor del Ministerio.

Es decir, que ellos aplican su criterio y te multan. Y luego, tú te las apañas para recurrir, lo que suele ser complejo y costoso.
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Acasimirocasper (21-06-2016), pejerrey (28-05-2016)
  #8  
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

Habría que aclarar el significado, consecuencias y competencias de Aguas Jurisdiccionales (200 millas) Y Territoriales (12 m) (he mirado Wikipedia pero no he sido capaz de hacer un resumen 'legislativo', vaya lio, mencionan incluso el Derecho Romano !!).

Me extraña que a 13 millas de mi pueblo esté en "Aguas Internacionales"....¡Y yo que creía q no había viajado !!

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J.R. (25-05-2016)
  #9  
Antiguo 25-05-2016, 13:07
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

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Originalmente publicado por dejadmeserdelmar Ver mensaje
Habría que aclarar el significado, consecuencias y competencias de Aguas Jurisdiccionales (200 millas) Y Territoriales (12 m) (he mirado Wikipedia pero no he sido capaz de hacer un resumen 'legislativo', vaya lio, mencionan incluso el Derecho Romano !!).

Me extraña que a 13 millas de mi pueblo esté en "Aguas Internacionales"....¡Y yo que creía q no había viajado !!

Pues las 12 millas aún son un concepto relativamente reciente. Al principios del Siglo XX, se consideraba que las aguas territoriales de un país llegaban a las 4 millas.

Las 200 millas son "zona económica exclusiva": el país se reserva el derecho de cualquier explotación económica (pesca, petróleo, ...) en ellas, pero no se consideran parte integrante del país, o sea que no puede aplicar sus leyes en ellas.
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  #10  
Antiguo 25-05-2016, 13:07
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

Si mal no recuerdo, en las aguas territoriales se aplica la legislación del país costero. En las aguas jurisdiccionales el país tiene autoridad sobre ciertos temas (p.ej. pesca).

Me acuerdo del lío que hubo en los 80 cuando la UE (entonces CEE) amplió unilateralmente el límite a las 200 millas y los franceses empezaron a capturar pesqueros españoles.

Pero tampoco me hagáis mucho caso, es lo que me suena.
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  #11  
Antiguo 25-05-2016, 13:22
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

Si te sacas la habilitación del PER es para siempre, igual que poner el barco en la zona correspondiente. Arriesgarte a la multa y a que el seguro no se haga cargo te va a ocurrir cada vez que "cruces" (como a la vuelta....). A mi me gusta navegar tranquilo.

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