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  #1  
Antiguo 27-05-2016, 00:25
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

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Originalmente publicado por markuay Ver mensaje
No te canses, lo que tú inventes, ellos ya lo escuchaban antes de que nacieras y ya les hacía bastante gracia.

Tu puerto base lo localizan al instante comprobando la matrícula y si "te lo ha traído un amigo", hay que demostrarlo bien, no con un menú del chiringo.

Y repito, donde piden papeles es en los puertos, no necesitan perseguir a nadie, generalmente tendras que rellenar una ficha y te fotocopiaran la documentacion del barco, precisamente para ellos..

No hace mucho, charlando con los agentes de la GC, que suelen amarrar en mi puerto, les pregunte porque en más de una ocasión al verme navegando solo viraban hacia mí y sin embargo en el último momento se desviaban de nuevo sin decirme nada, la contestación fue lógica, desde lejos y con los prismáticos identificamos tu matricula, la metemos en el ordenador y ya sabemos todo lo referente a tu barco, si no hay nada raro nos largamos.

Pero repito, por mi que tengas mucha chorra.

Quiero creer que la prueba de la "carga" será cosa de la "fuerza denunciante" no creo que el armador tenga que demostrar quien y como llego el barco de un puerto a otro, y quien lo patroneo, en la legislación Española, el que acusa tiene que demostrar la acusación, ¿ te suena eso de que uno es inocente mientras NO SE DEMUESTRE LO CONTRARIO?
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  #2  
Antiguo 27-05-2016, 08:46
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

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Originalmente publicado por llanera Ver mensaje
Quiero creer que la prueba de la "carga" será cosa de la "fuerza denunciante" no creo que el armador tenga que demostrar quien y como llego el barco de un puerto a otro, y quien lo patroneo, en la legislación Española, el que acusa tiene que demostrar la acusación, ¿ te suena eso de que uno es inocente mientras NO SE DEMUESTRE LO CONTRARIO?
No siempre. Existe una cosa que se llama "presunción de veracidad" que se aplica a los actos de los agentes de la autoridad. En esos casos, la carga de la prueba se invierte.

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  #3  
Antiguo 27-05-2016, 10:21
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

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Originalmente publicado por Reivah Ver mensaje
No siempre. Existe una cosa que se llama "presunción de veracidad" que se aplica a los actos de los agentes de la autoridad. En esos casos, la carga de la prueba se invierte.

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En este caso la presunción de veraciad de los guardias no tiene nada que ver.

Se aplica por ejemplo cuando un guardia dice que ha visto una infracción y el infractor dice que miente.

Se considera que el guardia no conoce previamente al denunciado, que estaba en su función de agente y que es un profesional expero en su trabajo y en base a ello no tiene ningún motivo contra aquella persona en particular para denunciar sin que sea cierto.

Pero eso no se puede aplicar al caso del que hablamos.

Si le pillan en puerto no van a decir que le pillaron fuera de las 12 millas para apoyarse en la presunción de veracidad.

Ahora no sé qué punto de vista tiene un juez sobre la SUPOSICIÓN de unos agentes de que no lo trajiste tú y si el juez pide pruebas a uno u otro lado.

Si os fijáis, todo este debate se basa en que NADIE dice haber sido denunciado personalmente y no sabemos que pasa de verdad.

Todo lo nuestro es como lo suyo, en base a texto legal + imaginación = debate.
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Editado por LSV en 27-05-2016 a las 20:31.
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RASSEL (29-05-2016)
  #4  
Antiguo 27-05-2016, 11:46
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Predeterminado Respuesta: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

"presumo" que es así....

si hay denuncia, el denunciante plasma la infracción, la Ley aplicable en que se basa, el precepto exacto infringido, día hora y minutos, lugar, datos infractor y medios utilizados, o sea todo lo necesario para que se sustente la denuncia de la infracción y todo lo que el"presunto" infractor debe conocer para interponer las acciones legales que crea en defensa de sus derechos, item más, si alguna de las alegaciones del denunciante adolece de detalles necesarios para incoar expediente, podrá invalidar la denuncia por carecer de los requisitos exigidos y provocar indefensión al denunciado.
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  #5  
Antiguo 27-05-2016, 12:52
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

Yo creo, que si te pillan a menos de 12 millas de Baleares, no deberían poder multarte, por más que tu puerto base esté en península.

La multa debe recaer, si pillan el barco fuera de la zona habilitada para la navegación o fuera de las competencias que otorga el PER, en este caso, las 12 millas.

No entiendo por qué, un armador debe declarar quién y cuándo ha transportado el barco. Eso no es intromisión a la intimidad? Y si el barco me lo cruzó mi amante, que es CY..? Acaso debo identificarl@?

No lo entiendo. Una cosa es que te pillen fuera de tu zona, otra muy distinta es rastrear tus movimientos o los de tu barco.

No se yo...

Editado por doctaton en 27-05-2016 a las 12:55.
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  #6  
Antiguo 27-05-2016, 13:40
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Predeterminado Respuesta: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

a eso me refiero:
caso parecido: " vehiculo circulando a 485 Km/h en zona señalizada a 30 Km/h, detectado por Chivatin 3500, homologado bajo nº 666, en punto Km 8.950 de la Via Láctea "

Sanción aplicable al conductor, cuando se sepa quién era o en su defecto al titular del vehículo.

O te chivas a te la cargas tú, ni intimidad ni gaitas, para eso esta el sheriff
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  #7  
Antiguo 27-05-2016, 18:10
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Predeterminado Re: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

Dejando a un lado el hecho de que pueden "suponer" que llevas una docena de refugiados en tu "patera" y unos cuantos kilos de droga.

Lo que llevaría esta discusión a otro nivel.
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  #8  
Antiguo 27-05-2016, 18:20
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Predeterminado Re: Respuesta: Navegar De Península A Baleares Sin Habitilitacion

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Originalmente publicado por SMJJ Ver mensaje
a eso me refiero:
caso parecido: " vehiculo circulando a 485 Km/h en zona señalizada a 30 Km/h, detectado por Chivatin 3500, homologado bajo nº 666, en punto Km 8.950 de la Via Láctea "

Sanción aplicable al conductor, cuando se sepa quién era o en su defecto al titular del vehículo.

O te chivas a te la cargas tú, ni intimidad ni gaitas, para eso esta el sheriff
A ver, hay algo claro, tú eres responsable de TU vehículo y por lo tanto de a quíen se lo dejas y con qué condiciones.

Y eres responsable de lo que ocurra con él salvo que demuestres que no lo eres.

Si puedes demostrar que tú no conducías y que no sabes quién conducía deberás poner una denuncia de robo o en su caso de uso indebido.

Claro que si la pones un mes después de seguir conduciendo... a ver como demuestras que te lo robaron y lo volvieron a dejar en su sitio sin que lo notaras.

Alguien tiene otra llave o acceso a la misma, no hace falta que "chives" el círculo de sospechosos es pequeño, en algunas casas solo hay dos.

Y si no, cuando lo "encuentres" deberás comunicarlo a la Policía, la cual, si lo estima conveniente, investigará más tu "coartada", o no.

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