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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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No encontrarás (a día de hoy) ninguna ley que aclare esa situación. Si puedes o no, depende de la interpretación de la ley.
Y como la única interpretación válida es la de un juez, solo tendremos certeza al respecto cuando haya una sanción por ese motivo que sea recurrida ante los juzgados (Contencioso-administrativo), y se dicte sentencia al respecto. Y aún así, solo crea jurisprudencia el Tribunal Supremo... Como ventaja, es que como es una situación tan en el limbo de lo legal, en principio no es muy probable una sanción al respecto, teniendo tantos otros barcos que inspeccionar/sancionar. En mi opinión, claro. Un saludo. |
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#2
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Cierto.
Por eso creo que lo más prudente siempre es recomendar ir con el título adecuado, que no solo incluye un papel si no algo más de conocimiento que sin el título. Aparte de que así te cubre el seguro. ![]() ![]() ![]()
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D |
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#3
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Cita:
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