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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Yo, con perdón si alguien se ofende, y no es política, no me fiaría de nada en la Comunidad Valenciana. He tenido un desagradable contencioso de más de un año por el ITP de una casa en el que me calculaban el valor = valor catastral * 3,4. Nadie me explicó de donde venía el 3,4...
El resultado es que a ellos les salía el DOBLE de lo que realmente me costó (comprada a un banco, asi que poco podía mentir en el valor...). Y para una vivienda, cosa más alucinante aún, no es el 6 ni el 8, si no el 10%. Haciendo demagogia, se paga más por una casa que por un 'yate' ![]() En este periplo he descubiero que las revisiones por este método son casi generalizadas, mi caso no era ni mucho menos el único. En fin, que si se las gastan asi con las casa que no harán con los 'yates' de los ricos. Asi que andaros con ojo, aunque sea el valor real nadie os exime de problemas.
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Mario. |
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#2
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Haca ya unos años que el ITP es del 10%
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#3
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![]() ![]() ¿La página de la Conselleria es incorrecta o eres el conseller d'Hisenda y acabas de cambiar el tributo?http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=12 Dínos de dónde sacas ese 10%. ![]() ![]() ![]() |
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#4
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Cita:
En todo caso, los vehículos históricos que sean considerados antigüedades, de acuerdo con el artículo 19.Dos de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, tributan al 8%. C) En las demás transmisiones de vehículos, la cantidad a pagar se determina aplicando sobre la base el tipo de gravamen del 6%." El 10%, creo que es para las operaciones de compraventa de viviendas , anteriormente (hace unos 8 años), era el 4%. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 04-08-2016 a las 12:50. |
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#5
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Hola, yo hace menos de un año y adquirí un barco de 2ª mano y, efectivamente, tuve que pagar el 6% que es lo estipulado en la Comunidad Valenciana, aunque en la web de fomento aparezca el 4%, que se aplica en las comunidades que nomlo hayan modificado.
Un saludo. |
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