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  #1  
Antiguo 16-08-2016, 09:22
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Predeterminado Re: Dudas itp banderas extranjeras.

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Originalmente publicado por Perri Ver mensaje
Si eres residente español debes pagarlo.


Yo estoy en una situación parecida pero en mi caso el barco es bandera holandesa y se queda con ella.

Lo que debes averiguar es si tiene el impuesto de matriculación pagado en España.
Porque es importante que tenga el de matriculación??quizá por si quiero algún dia la bandera española??

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  #2  
Antiguo 16-08-2016, 10:24
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Predeterminado Respuesta: Re: Dudas itp banderas extranjeras.

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Originalmente publicado por Tristan Primero Ver mensaje
Porque es importante que tenga el de matriculación??quizá por si quiero algún dia la bandera española??

no es importante, es obligatorio, como residente debes pagar o justificar la no sujeción del barco, por el hecho de que "gastas" bienes españoles.....
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  #3  
Antiguo 16-08-2016, 10:33
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: Dudas itp banderas extranjeras.

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Originalmente publicado por SMJJ Ver mensaje
no es importante, es obligatorio, como residente debes pagar o justificar la no sujeción del barco, por el hecho de que "gastas" bienes españoles.....

Que no se me malinterprete.....impuestos tengo claro que hay que pagar, pero tal y como esta la administración no es la primera vez que te piden el dos impuestos distintos que gravan el mismo concepto y por dos administraciones distintas.....hay que recordar que en los tiempos que corren, y con el fan recaudatorio de la administración, esta peca de "excesiva voracidad"....y usted pague aunque sea injusto, y después reclame si tiene dinero para los gastos que ello supone....

Supongo que en su día lo pagaría el anterior propietario en su país.....debo de pagarlo yo en España aunque no abandere? A los extranjeros que con su bandera tienen el barco aquí, se les obliga?? si es asi, es muy probable que lo tenga....

Osea que debo de pagar tanto ITP como impuesto de matriculación,no??



P.D: Sorry, me he quedado sin agradecimientos.....

Editado por Tristan Primero en 16-08-2016 a las 10:37.
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  #4  
Antiguo 16-08-2016, 11:51
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Predeterminado Re: Dudas itp banderas extranjeras.

A los extranjeros que tienen el barco aquí mas de 180 dias al año se le puede exigir , otra cosa es que van y vuelven cada 5 meses de españa ( a Francia por ejemplo )

Y ... Siendo empadronado en España , tienes que pagar el impuesto de matriculación en España si o si , o en su defecto el impreso 801

Y luego tendrás que pagar los impuestos de Belgica o Holanda
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a vertijean
Tristan Primero (16-08-2016)
  #5  
Antiguo 16-08-2016, 12:09
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Predeterminado Re: Dudas itp banderas extranjeras.

Los extranjeros ciudadanos de la UE, pueden tener indefinidamente su embarcación de bandera comunitaria en aguas españolas SIN tener que liquidar el IEDMT. Otra cosa es que ellos (persona física) pasen más de 6 meses al año en España o tengan actividades economicas aqui, en ese caso SI que deberán hacerlo, por adquirir la condición de residente fiscal.

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  #6  
Antiguo 16-08-2016, 13:54
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Predeterminado Re: Dudas itp banderas extranjeras.

Estaba planteando el ejemplo de los que viven a bordo , si dejan el barco y se van en efecto , estan exentos
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