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#1
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Buenas os dejo copia de parte de una Sentencia del Supremo haber que os parece.
El TS avala el registro de un barco sin autorización judicial al no constar que en él se desarrollasen actos propios de la vida privada El objeto del presente recurso de casación consiste en dilucidar si el registro efectuado por el Servicio de Vigilancia Aduanera de la embarcación de recreo del recurrente sin autorización judicial implicó, o no, una lesión del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio. Los hechos ocurrieron cuando los mencionados agentes, al observar que la embarcación presentaba una línea de flotación por debajo de su nivel, procedieron, sin la correspondiente autorización judicial, a su registro encontrando un importante alijo de droga. Como consecuencia de ello, el recurrente fue condenado por la Audiencia de Instancia como autor responsable de un delito contra la salud pública. El Tribunal Supremo, confirma esta sentencia al entender que, en este caso, la falta de autorización judicial en el registro no vulneró el derecho a la inviolabilidad del domicilio. Argumenta, que si bien es verdad que por domicilio se puede entender cualquier espacio físico que sirva de referencia para el ejercicio de las funciones vitales más características de la intimidad, en este caso, sin embargo, se pone de manifiesto la ausencia absoluta de cualquier dato que autorice la conclusión de que allí se desarrollaban actos propios de la vida privada. En concreto, el modo en que se agolpaban los fardos de droga, amontonados hasta el punto de que la apertura de la puerta de la cabina hacia el interior hacía prácticamente imposible la entrada, neutraliza cualquier funcionalidad alternativa o complementaria relacionada con la vida privada. Daros por los que vivis en los barcos y de paso el resto de piratas del mundo nautico.![]()
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Quien no tenga que hacer ,arme navio o tome mujer EB2288 |
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#2
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Como no iba a llevar la linea de flotación hundida...... los camellos pesan mucho para un barco de recreo
![]() Por cierto hace unos años me abordaron y registraron el barco, en aquel entonces vivia en el barco y no me importó ya que no escondo nada |
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#3
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ALEX: ¿Te importaria que entrasen en tu casa y te la resgistraran, como en la época nefasta de la Ley Corcuera?, pues si lo permites y no lo denuncias estas permitiendo un delito, y luego así nos va a los españoles, que como algunos de los que deben perseguir el delito son los que los comoten y nadie les dice nada, pues continuan delinquiendo. Como obligación y por ley el que presencia un delito, tiene la obligación de denunciarlo y si no lo hace puede ser sancionado.( Art. 259 de la LECr.) |
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#4
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Por supuesto que se pueden dar por
no una, si no cientos de veces todos aquellos que dediquen un barco al tráfico de drogas.Si basándonos en la inviolabilidad del domicilio podemos delinquir sin límites, ya me dirán, que negocio, todos bajándonos al moro a hacer acopio de costo "para consumo propio". En mi opinión lo que debemos hacer es llevar los papeles en regla cuando salimos a navegar y si nos encontramos con la Benemérita o Aduanas, invitarles a unas copas, que luego cuando tengamos un problema ellos son los primeros que acuden en nuestro auxilio. POr cierto, ante la fundada sospecha de la comisión de un delito se puede actuar sin autorización judicial. Dicho sea sin ánimo de polemizar. Hala, unas copitas a vuestra salud. ![]()
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero Editado por Choquero en 17-01-2008 a las 18:34. |
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#5
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, pero bien, ya que el traficante al que entran en su casa sin orden judicial y le pillan droga, sale en el juico o en el Constitucional, más inocente que un recien nacido. Entonces el inepto del policia que ha cometido, tal delito,- porque es un delito entrar en casa de uno sin orden judical- , ha permitido que el traficante no vaya a la cárcel y salga inocente, si alguien quiere sentencias de esas que absuelven al traficante , que me las pida. ¿No habeis visto la última fantasmada de la justica española, que el grapo que mata a un policía a sangre fria lo han absuelto?( Su condena era de 30 años). Otra chapuza de la Justicia, de la muchas que existen y no nos enteramos. La última de la Audiencia Nacional, condena a un ciudadano a 10 años de carcel por tráfico de drogas y a los 4 años de estar en la cárcel han tenido que declararle inocente y tener que indenmizarle, por otra chapuza de violar la ley unos policias, y esas fuertes indemnizaciones las pagamos todos los españole, meno yo, que me han dejado cobrando 4000 € al mes porque me han arruinado mi vida, por una chapuza de varios policias. |
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#6
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Molotena, buscate un Foro jurídico, que aquí venimos a hablar de barcos y no a hacerte el juego, ya has sacado demasiado el tema de lo que iba originariamente y vemos como argumentas en cada caso lo que te interesa para cada momento. lo mejor sería dejar dque se hundiera el hilo y dejar de leer los resentimientos de alguien que no viene a hablar de nuestro tema.
Yo termino aquí, no vuelvo a entrar en este hilo.
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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#7
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CHOQUERO: No he venido a hablar de temas jurídicos, si no a sacar de dudas a la mayoria de los cofrades que sin señalar a nadie se han dado opininiones que por no ser, como algunos creen que son, pueden confundir al personal. Había en el foro un tema que es totalmente jurídico, como es "LA ENTRADA Y REGISTRO EN LOS BARCOS POR LA UTORIDAD", y lo único que he hecho es intentar sacar de duda a más de uno aunque a otros no lo he conseguido ni lo pretendo, y no me hace falta ir a ningún foro jurídico porque tengo las ideas muy claras y los resultados también, si me he extendido con el tema es para que el navegante , propietario de embarcación y el que se dedica a alquilar su barco, conozca lo que se cuece en el caldero, si quiere leerlo. Te puedo garantizar que desde que empezo el aunto al día de hoy se me han desiganado solo en Madrid, 94 abogados de oficio., en otros tantos casos en los que yo soy el actor,contra los Poderes Públicos y me he llevado yo toda toda defensa y los abogados de oficio se han limitado a firmar mis querellas y recursos, y todo parte además de una entrada ilegal en un domicilio por los chorizos funcionarios del SVA que apresaron, registraron ilegalmente el barco y robaron todo lo que les apeteció, causando destrozos en el mismo.l( que ademas esos funcionarios, no son Policía judicial si no actuan bajo órdenes del Juez o intrucción del Fiscal), siendo un barco mercante ( título y tema del presente foro),ademas de los delitos cometidos por los propios policias, y te garantizo que me conozco practicamente casi todas las sentencias del T. Constitucional y del TEDH de Estrasburgo sobre el tema. y lo único que he pretendido es orientar al personal, no que el personal me saque de duda alguna, ya que cuando el TEDH, me ha admitido mi demanda contra el Estado Español, y tener 31 recursos de amparo admitidos en el T. Constitucional por violación de derechos fundamentales no es por mi cara bonita, y todo ello por haber sido apresado un barco de mi propiedad en aguas internacionales de forma ilegal, si no te apetece seguir el hilo no lo sigas, pero en un asunto tan serio no se pueden dar opiniones sin conocimiento de causa ni del asunto a nivel jurídico, porque un tonto tropiezo sin comerlo ni beberlo, le puede hacer parar a uno con los huesos en la carcel, y abogados de Derecho Internacional Maritimo y constitucionalistas que además conozcan Derecho Marímo hay muy pocos. Siento que te hayas molestado por la narración de los hechos que he expuesto, no era mi intención, lo siento, pero no te he visto una palabra de condena contra el Juez que se ha negado, emitiendo además presuntas falsedades para no imputar a dos capos traficantes de drogas a los que he denunciado. El barco era bandera Española, ya que si hubiera sido pabellon extranjero se hubiera podido montar un conflicto mayor al ser un barco de pasaje. |
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#8
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No entiendo tanto problema... si no tienes nada que esconder ¿por qué tanto problema de que te entren a bordo, sea o no tu casa?... cuando me entraron, estaba claro que buscaban algo que yo no tenia.... por supuesto que no me importó que me entraran.... me preguntaron si habia visto algún barco nuevo por la zona y se lo dije y después se fueron...
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#9
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Saludos Miahpaih ![]()
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Empleé casi toda mi fortuna en mujeres y barcos.¿El resto? ............. El resto simplemente lo malgasté.
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#10
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Y yo me pregunto: ¿y si llevo exceso de botes de cerveza (mmmm, que rica) para consumo propio
y bajo el francobordo, se considera sospechoso? .Ále, salud y .
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"Esto no es nada, que siga el fuego". (21-10-1805.Cosme Damián Churruca y Elorza) |
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#11
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Solo si te para la Patrullera de Aduanas, en cuyo caso te decomisan el 16% de la birra y la lata de aceitunas con anchoas.
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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#12
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, pero con todos mis respetos, la sentencia clarifica en sus párrafos finales el por qué no hubo consideración de domicilio en el caso, por lo que, sinceramente creo que implícitamente está reconociendo como ya reconocen otras sentencias, que una embarcación de recreo, si puede ser considerada domicilio, luego, con todos mis respetos a tu última opinión, en la que dices:"Daros por...los que vivís en los barcos" pues..disiento Hay jurisprudencia múltiple al respecto. Independientemente de ello, y de que en ningún caso defendería el que no se aplique la Ley con toda su contundencia, cuando los hechos así lo requieran(soy una idealista impenitente), considero que conocer y defender tus derechos no se contrapone con el ejercicio de ésta, y para "muestra, un botón", porque el recurso no progresó, y el juzgador, en mi opinión, estuvo mas que hábil, cuando argumentó el bloqueo de la entrada al "presunto domicilio", por los "cachivaches", que en este caso eran ...fardos. A mí, la sentencia, me ha encantado. Y me callo, o seguro que alguien me manda a galeras, tema éste último, que por otro lado, me trae sin cuidado dado el carácter virtual de las susodichas...galeras. Un saludo, cofrade. Alejandra |
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#13
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Estoy completamente deacuerdo con Freeblue ,y esa es mi idea y el principio que debemos mantener , el general es que nadie puede entrar en un barco sin permiso del armador a no ser que traiga una orden judicial. No obstante insisto cuidado con estas interpretaciones (El barco no es domicilio) que traidas por los pelos pueden convertirse en el mecanismo para que te aborden en todo momento cualquiera que ,sea o se considere, autoridad, y lo digo no sólo por la guardia civil o aduanas sino por otros colectivos, policias urbanas, autonómicas, etc. etc. saludos. Buena MAr y buen Viento
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Quien no tenga que hacer ,arme navio o tome mujer EB2288 |
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#14
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Cita:
Este caso de lo cachivaches, por entrada ilegal si el "pajaro traficante", demanda al Estado esàñol ante el TEDH de Estrasburgo, le gana la demanda y a pagar como le ha tenido que pagar a más de uno de los grandes traficantes españoles conocidos. |
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#15
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En concreto, a simple vista yo la interpreto al reves que tu. Yo entiendo que si se puede deducir que sea posible que se lleve a cabo vida privada, requerira autorizacion judicial. Y a juzgar por este caso concreto, dado que se basa en la existencia de un dato objetivo que permite sospechar que no se hace vida en ese barco (la imposibilidad de acceso por la acumulacion de fardos) parece que la mera ausencia de signos en uno u otro sentido no seria suficiente para poder hacer el registro. Pero en contra tambien es cierto que la expresion "la ausencia absoluta de cualquier dato que autorice la conclusión de que allí se desarrollaban actos propios de la vida privada" parece presupoiner que para que el barco este protegido de inviolabilidad es necesario que haya algun dato que permita concluir que es una vivienda. Segun esto, ante la duda (que seria la mayoria de los casos en que un barco esta cerrado en el pantalan, sin signos a favor ni en contra) seria legal el registro sin autorizacion. Vamos! Que habra que ver la letra de la sentencia para ver que entiende el TS. Lo que si parece es que si hay gente en el barco, para registrarlo necesitan tu autorizacion o la de un juzgado. ![]() EDITO: mientras escribia Freeblue y Compay habeis colgado dos nuevos posts. Totalmente de acuerdo con los dos. Freeblue: yo no soy especialista de estas cosas pero me gustaria tener un par de sentencias para tener seguridad y tranquilidad de que si alguna vez un GC se sale de sus funciones puedo enviarle al juzgado de guardia a por una orden. Y por lo que dices parece que era un tema claro que el barco puede ser domicilio. ¿Tienes alguna referencia, de esta u otras? Saludos y rondas para todos Editado por Capità Drake en 17-01-2008 a las 22:43. |
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#16
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Si alguna vez ocurre una entrada ilegal en un barco deportivo, borrado por Natachamar no entrará ilegalmente, o pedirá permiso, al cual podeis negaros, si no hay una órden judicial, ya que podeis alegar que en ese momento es vuestra morada, lo que ha lugar es una denuncia ante el juzgado de guardia de donde han ocurrido los hechos o al partido judicial que corresponda si no hay juzgado en el pueblo donde ocurren los hechos, denunciando la infraccón penal que incrimina el art. 204 del Código Penal (CP) que transcribo:
CAPÍTULO II. DEL ALLANAMIENTO DE MORADA, DOMICILIO DE PERSONAS JURÍDICAS Y ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO. Artículo 202. 1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años. 2. Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses. Artículo 203. 1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año y multa de seis a diez meses el que entrare contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local abierto al público fuera de las horas de apertura. 2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, el que con violencia o intimidación entrare o se mantuviere contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local abierto al público. Artículo 204. La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley y sin mediar causa legal por delito, cometiere cualquiera de los hechos descritos en los dos artículos anteriores, será castigado con la pena prevista respectivamente en los mismos, en su mitad superior, e inhabilitación absoluta de seis a doce años. Entrar en esta web que hay un tema bastante definido: http://www.cartujo.org/cursoPJ/1.htm El barco deportivo puede ser considerado morada, definida esta literalmente conforme a la R.A.E. En breve publicaré un modelo de denuncia totalmente terminada para que lo bajeis y lo lleveis en el barco, para que lo relleneis si algun día teneis algún problema y si el chorizo policía pretende entrar a la "brava" pedirle que os firme delante de testigos, si los teneis, el motivo de la entrada, una mera sospecha no sirve como escusa para entrar. Editado por Natachamar en 05-04-2008 a las 21:58. |
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#17
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Hola, quedamos a la espera. gracias
salud ![]()
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MMSI 224447770 |
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#18
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Hombre en este caso el S.V.A. yo que creo que lo han hecho bien.
. Cuando lo hagan mal, pues caña, al juzgado. |
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#19
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Interesante punto de vista. A la espera que lo cuelgues. Salu2
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Creo que hay solo dos cosas infinitas: el universo y la estupidez humana. Del universo no estoy muy seguro. (Albert Einstein) La voile : C'est le moyen le plus lent, le plus cher, le plus inconfortable, pour aller d'un endroit où on est bien vers un autre où l'on n'a rien à faire. (Eric Tabarly) Navegar no es un lujo, es un derecho ![]() |
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#20
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Solucion: poner en el tambucho el tipico sagrado corazon con la inscripcion "Que el Sagarado Corazon bendiga a los habitantes de esta casa"...
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#21
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No veo el problema de permitir la pequena incomodidad de que me registren, si con ello contribuyo al noble fin de luchar contra la lacra de la droga.
Todos aplaudimos (alguno con ligero disimulo) cuando la policia tiene un exito para, a renglon seguido, criticar el minimo descuido. Y no creo que inspeccionar un barco lo sea. He tenido la fortuna de vivir en varios paises extranjeros (no de hacer turismo, sino vivir: pagar la luz, el telefono, tener coche, andar por la calle, etc). Afirmo, por comparacion: el nivel de las fuerzas policiales espanolas es altisimo. Quizas caigan, aveces, en ese exceso tan patrio del "usted no sabe con quien esta hablando", O quizas somos nosotros los que caemos en el cuando nos toca soplar, parar el barco, o abrir la maleta (o no? )Y pregunto: una roulote o autocaravana tambien es "domicilio"?. Lo sera una mochila si en ella metes el pijama?. ![]() |
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#22
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Este es el concepto que tiene el T. Constitucional en cuanto a la entrada en sitio privado desde el año 1985, y la Ley se interpreta conforme a su contenido literal:
SENTENCIA DEL T.CONSTITUCIONAL nº137/1985 Fundamento Juridico nº 5 Quiérese decir que, no obstante permitir la dicción legal y reglamentaria entender que la autoridad judicial actúa de un modo que podría calificarse como automático, ello no puede ser así, línea por la que discurre una norma contenida en la ya vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, de 1 de julio del año actual, que en su art. 87.2 dispone que corresponde a los Juzgados de Instrucción la autorización en resolución motivada para la entrada en los domicilios y en los restantes edificios y lugares de acceso dependiente del consentimiento de su titular, cuando ello proceda para la ejecución forzosa de los actos de la Administración. Es claro que esta Ley no se hallaba en vigor en el momento de autos, y por ello su invocación no tiene otra finalidad que apoyar la solución que se adopta en esta Sentencia en la que se viene a interpretar una normativa anterior, pero que mantiene vigencia, y que habrá de ser entendida del modo que queda precisado. |
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