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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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En el Real Decreto Legislativo 2 del 2011 (Texto Refundido de la Ley de Puertos y Marina Mercante) en los artículos 305 y ss, tienes recogida la conducta que buscas. Según los casos puede ser una infracción leve o grave.
Saludos y buena mar ![]()
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Carpe mare ![]()
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a carlos05510 | ||
nieve_sol (05-09-2016) | ||
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#2
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Muchas gracias!!!!!!!!!
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![]() La vida es como un viaje por el mar: hay días de calma y días de borrasca. Lo importante es ser buen capitán de nuestro barco. Jacinto Benavente
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#3
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Pequeños matices:
El título no caduca nunca, una vez lo tienes es indefinido. La tarjeta es lo que caduca cada 10 años y lo que se renueva, no el titulo. Logicamente para renovar la tarjeta se requiere un certificado de aptitud que es el que permite obtener la nueva y si no se dispone del mismo puede indicar falta de aptitudes e implicar una sanción. Al tener caducada la tarjeta no se incumple la prohibición de gobernar sin titulo, pero tampoco se dispone de documento actual (tarjeta) que puede renovarse y aportar para su justificación. ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a SMJJ | ||
nieve_sol (08-09-2016) | ||
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#4
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Cita:
Salud ![]() Nemo |
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#5
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El certificado de aptitud es el certificado Médico
Me caducaba en Mayo , presente papeles en Abril porsi .... , me dieron un provisional por tres meses (que no renuevan) y me comentaron que tardaban más de 4 meses ....... Hoy todavía no ha llegado ....
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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#6
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Cita:
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![]() La vida es como un viaje por el mar: hay días de calma y días de borrasca. Lo importante es ser buen capitán de nuestro barco. Jacinto Benavente
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#7
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Según dicen : exceso de trabajo ........ O desidia
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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#8
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Es facil, estamos en Spañistan.
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. Slava Ukrayini!.
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#9
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Cita:
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#10
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normalmente el problema nunca es suyo, es tuyo por no haber previsto esa tardanza, haberla solicitado tarde, etcc etc
la administración por regla general cuando da "provisonal" por 3 meses tiene la facultad de dar otros 3 (y ultimos) por razones de tardanza imputables a ellos. no obstante tu tienes titulo valido y habiendo entrado la renovación de la tarjeta en plazo, no puedes tener ningun problema de sancion. saludos y que para ![]() siempre hay tiempo |
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