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Antiguo 27-09-2016, 11:17
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Jadarvi Jadarvi esta desconectado
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Predeterminado Re: Tablas de valoraciones de barcos usados

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Originalmente publicado por markuay Ver mensaje
Perdona, no le he entendido bien, pongamos por ejemplo un barco con 36 años de unos 9 metros que no está en las tablas y que se compra por 10000 euros (precio real), y se pone en contrato un precio de 6000€.(por ejemplo)

Los modelos similares en tamaño y edad tienen en las tablas un valor estipulado de 1900€.

Yo presento el contrato por 6000 € y me endiñan el 8% de esa cantidad, = 480€ y encima me pueden decir que les parece poco porque ese barco o uno igual apareció en internet por 12000 €.

El señor que compra el barco parecido pero que está en las tablas paga su 8% de los 1900, = 152 €, y listo.
¿Y si resulta que no se cogen a las tablas, para qué coño las tienen?
¿Soy yo o esto es un disparate?

Lo comento porque ya me pasó en su día y pese a conseguir que me dieran la razón, me costó una pasta, el problema es que parece que los barcos que me gustan nunca están en las listas, a pesar de ser barcos de marcas populares y con miles de unidades vendidas de ese modelo.

Y quede tan harto la otra vez, que estoy pensando en dejar perder la oportunidad por no calentarme la cabeza otra vez.


Veamos, creo que no me he explicado bien, el valor a declarar siempre es, en principio, el de adquisición ... Si hacienda lo considera bajo, hace una comprobación de valor, y se guía por el valor de mercado (normalmente haciendo una media de los valores de venta que se encuentran para baros de ese modelo en internet) t, si no encuentran el valor de mercado, pueden recurrir a las tablas de amortización partiendo de la factura de la primera venta, si la tienen.

Si el valor en tablas, o el valor calculado a partir de la factura de compra original es inferior al que figura en el contrato, te liquidan el ITP en función del valor declarado de adquisición.

Es más, si un barco está en tablas por 2000 euros y el precio que figura en el contrato es superior, tienes que pagar sobre el valor declarado en el contrato. Siempre hay que liquidar por el mayor de los valores resultantes.

salud!
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