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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#8
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NO SE NECESITARÁ TITULACIÓN NÁUTICA DE RECREO para el gobierno de :
- embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora - embarcaciones de vela hasta 6 metros de eslora - los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna. Fuente: fomento.es Si no estas en estos supuestos.... me parece que te crujen. Un velero es un velero. Y también piensa en el seguro. Saludos e invitate a algo no? |
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