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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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#2
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No estoy deacuerdo para nada.
La gc si tienes bandera española te puede hacer la que quiera... pero si tienes bandera de otro pais no te pueden pedir mas que agua, ni siquiera pisar a bordo, a no ser que tengan sospechas fundadas de terrorismo, trafico de drogas armas etc. Docuemntacion exclusivamente personal, dni o pasaporte y se acabo. No olvidemos que un barco abanderado en otro pais es suelo de dicho pais y la gc no tiene autoridad fuera de españa Cita:
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#3
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![]() ![]() Y en este caso, matizar que la tripulación de un buque, sea del pabellón que sea el buque, tiene obligación de respetar las leyes del país en cuyas aguas territoriales se encuentra. Lo aclara bastante bien este artículo: http://www.ccopyme.org/articulo.php?a=27 "..los buques que se encuentren en aguas interiores están sometidos a la plena jurisdicción del ribereño, que puede ejercer sobre el mismo cualquier tipo de competencia. Ello implica que los barcos que se encuentren en puerto extranjero han de cumplir las leyes y reglamentos de policía que dicte el Estado del puerto. El ribereño posee además jurisdicción civil y penal sobre el buque y las personas que se encuentren a bordo. No obstante, en el campo del Derecho sancionador, bien sea penal o administrativo, suele operar en la práctica de las relaciones entre Estados el llamado Principio de la Paz del Puerto, en virtud del cual el ribereño se abstiene voluntariamente de aplicar su soberanía y, por consiguiente, de intervenir cuando los hechos acaecidos a bordo no tengan trascendencia para él fuera del ámbito físico delimitado por el buque. Esto sucede cuando los asuntos afectan exclusivamente al orden interno del buque y a ciudadanos extranjeros, en cuyo caso se aplica la Ley del pabellón del buque, que prevalece frente a la Ley territorial." Un saludo ![]()
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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#4
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#5
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Un saludo para los cofrades!!! Levanto el hilo porque estoy buscando información acerca de la validez de las titulaciones españolas en el exterior.
Tengo la intención de sacarme el PER y luego seguir adelante hasta el CY si todo me va bien, pero la duda que tengo es respecto al reconocimiento en el extranjero de las titulaciones españolas por ejemplo me gustaría alquilar un velero en Noruega o Suecia y hacer un tour por allí y me pregunto si alguien tiene experiencia en escandinavia? Muchas gracias por la información . |
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#6
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Puedes hacer el RYA aquí en España. Me encanta ser un expat inglés en España ![]()
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Vires in numeris |
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#7
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El RYA es otro carnet de socio de discoteca..... osea nada.
una vez fuera de las 12 millas, se acabo el chiringuito. El mallor tiempo que considero perdido en mi vida a sido sacarme los titulillos españoles. Un saca dinero para enseñarlo en el bar... o decir que sabes lo que es una cornamusa.... la titulacion de los transmundista suele ser ninguna, ya que ningun pais fuera del tuyo te la puede pedir, incluido el RYA y el RIO Y el super per o cy español, papel mojado, he navegado muchisimos años, desde que sali de españa no se ni donde lo tengo, es la unica cosa inutil abordo. |
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#8
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Para más cachondeo, ahora si quiero hacer la ampliación del Per, me piden 24 h de prácticas para la navegación nocturna, y no les vale que le entregues papeles oficiales con cruces Atlánticos como capitán, no, ni que tengas cientos de horas nocturnas más que el que imparte el curso, en fin.....un cachondeo, pero sin ninguna gracia. Saludos. |
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#9
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Hola Floki
![]() Si eres español y resides en España según la ley tienes que tener un título español para poder navegar en estas aguas. Dicho lo cual entenderás que el per es lo mejor que puedes hacer, a partir de el ya decidirás que otras titulaciones te convienen más. Con respecto a tu pregunta de navegar en Noruega o Suecia desconozco la legislación de estos paises pero si lees lo que dice la ley española al respecto entiendo que existirá una reciprocidad sobre todo dentro del espácio comun europeo y cito según Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. Disposición adicional tercera. Alquiler de embarcaciones de recreo españolas. 1.Las embarcaciones de recreo españolas se podrán alquilar a cualquier personafísica siempre que ésta disponga de un título de recreo o un certificado habilitante en vigor, pudiendo ejercer el gobierno de dichas embarcaciones dentro de las atribuciones que el título o el certificado le confieran; el cual, deberá estar expedido por el país de sunacionalidad o el de su residencia y siempre que éstos pertenezca al espacio económico europeo o estén recogidos en el anexo IX de este real decreto.... Disposición adicional cuarta. Autorización de titulaciones extranjeras. La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del espacio económico europeo, así como a aquellos de los países reconocidos en el anexo IX de este real decreto, para el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, debiendo éste pertenecer también a dicho espacio o ser de los reconocidos en el anexo IX de este real decreto; con sujeción a los requisitos a los que se hace referencia en la disposición adicional tercera de este real decreto. Por si le quieres echar un vistazo lo puedes enontrar aquí https://www.boe.es/boe/dias/2014/10/...2014-10344.pdf P.D. En el anexo IX entre otras están reconocidas las titulaciones suecas Espero que te sirva la información Saludos |
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#10
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Y es lógico, es la forma de cubrirse un poco (sí, ya sabemos que hay CY que ni arrancar el motor, yo sólo digo lo que he visto). En Grecia hasta me pidieron título adicional o declaración jurada de que al menos otro tripulante era capaz de gobernar el barco. Unas birras.
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
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#11
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Curioso esto último... ¿En Grecia no se puede navegar en solitario?
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Mario. |
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#12
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Hola Floki. Ronda a mi cuenta, tabernero.
Respondiendo a tu pregunta. Si quieres alquilar en Noruega un barco pues vienes y lo alquilas. En cuestion de titulos..... ninguno. Aqui el navegar es cultura y como persona se da por entendido que no vas a hacer el gamba. Un saludo y que disfrutes estas costas. ![]()
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[font="Verdana"][color="RoyalBlue"]Un barco es un ave que espera un alma para extender sus alas y volar.El pasado no lo puedes cambiar, el futuro lo escribes con las acciones del ahora, en que futuro te gustaría vivir? |
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#13
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De hecho pasé un tiempo viendo dónde me alquilarían en solitario, en diferentes lugares, y no era nada común que lo hiciesen. ![]()
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a humpback | ||
mario147 (19-03-2018) | ||
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#14
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Cita:
Me he equivocado con tanto boton |
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