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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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mira no se en que comunidad estas , peroooo en catalunya , alquilas el amarre al propietario , o a una marina ,
pagas lo convenido y listos de momento estos T no se que no los pago ,peroooo no des ideas por fabor , y en cuanto a la bandera belga u holandesa , pues si te ahorraras un monton de burocracia y eurillus , salutttt kiqu
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kiqu
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#2
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Cita:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Garota | ||
Zephyros (28-11-2016) | ||
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#3
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Disculpame la
ignorancia garota , perooooo es la primera noticia que tengo del impuesto , supongo que como yo muchos tenemos alquilado el amarre a un particular tenemos pactado un precio anual , y como tu dices nos lo devén encasquetar en el alquiler , salutttt t kiqu
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kiqu
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#4
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Intentaré aclarar todos los puntos:
- Si el barco tiene bandera belga/holandesa ni lo toques. Cambio de titular y listo. - Si tiene bandera de cualquier otro país y puedes mantenerla (algunos paises requieren que el propietario sea residente) la mantienes, y si no la pasas a belga/holandesa. - Y sea cual sea la bandera, nunca nunca nunca pasar a bandera española... o te arrepentirás. - Sea la bandera que sea, deberás pagar el ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales) aunque la compra se realice en otro país. Si no lo traes a España puedes escapar, aunque si eres residente en España tienes obligación de declarar la compra de cualquier bien en el extranjero y pagar el correspondiente impuesto. - En algunas comunidades (por ej. Canarias), al estar sujetas a un régimen fiscal diferente, deberás pagar también el impuesto de importación. - Respecto las tasas: T0 - Tasa por la utilización del servicio de señalización marítima: exentos los veleros menores de 12m y motoras menores de 9m. T5 - Tasa por la utilización de las aguas de servicio del puerto: sólo aplicable a marinas ubicadas en el interior de puertos. - Las marinas ubicadas fuera de puertos citados no están sujetas a T5. Estas marinas tampoco suelen gestionar la T0, que debe abonar el sujeto pasivo. Y aunque normalmente nadie la paga, cuando necesite alguna gestión de la Capitanía Marítima le van a requerir el pago de los últimos 4 años. Claro que si tiene bandera extranjera para qué va a ir a Capitanía ... ![]()
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." Editado por eborges_tfe en 30-11-2016 a las 13:02. |
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