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  #1  
Antiguo 09-12-2016, 15:29
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Eso sería regular las cosas bien, con claridad meridiana. Mucho pides, amigo Jaime.


Salud y
No, si claras ya entiendo que lo están, pues fíjate que ya digo que las alegaciones nos las han tumbado exactamente por donde yo pensaba que nos las tumbarían.

Lo que me parece desproporcionado es el importe de la sanción.

Por otra parte, lo que estoy proponiendo es sencilla y simplemente que, en materia de chárter, se establezca una posibilidad que ha sido admitida por la legislación italiana, aunque es posible que todo el sector del chárter se pusiera en pie de guerra... o tal vez no, nunca se sabe.

salud!
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  #2  
Antiguo 09-12-2016, 20:47
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Predeterminado Re: OJO, alquiler residencial de embarcaciones

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Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
No, si claras ya entiendo que lo están, pues fíjate que ya digo que las alegaciones nos las han tumbado exactamente por donde yo pensaba que nos las tumbarían.

Lo que me parece desproporcionado es el importe de la sanción.

Por otra parte, lo que estoy proponiendo es sencilla y simplemente que, en materia de chárter, se establezca una posibilidad que ha sido admitida por la legislación italiana, aunque es posible que todo el sector del chárter se pusiera en pie de guerra... o tal vez no, nunca se sabe.

salud!
Bueno, así a voz de pronto se me ocurre que mejor seria tener el barco en 6ª y alquilarlo tal como si fueras navegar, luego que el cliente salga o no ... no creo que sea obligatorio alquilar un barco y salir a navegar

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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Velero Simbad
whitecast (09-12-2016)
  #3  
Antiguo 11-12-2016, 09:40
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Predeterminado Re: OJO, alquiler residencial de embarcaciones

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Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
No, si claras ya entiendo que lo están, pues fíjate que ya digo que las alegaciones nos las han tumbado exactamente por donde yo pensaba que nos las tumbarían.

Lo que me parece desproporcionado es el importe de la sanción.

Por otra parte, lo que estoy proponiendo es sencilla y simplemente que, en materia de chárter, se establezca una posibilidad que ha sido admitida por la legislación italiana, aunque es posible que todo el sector del chárter se pusiera en pie de guerra... o tal vez no, nunca se sabe.

salud!
La administración una vez te abre expediente y formule propuesta, ya sabes que es muy difícil que acabe bien. Yo estoy seguro que en el contencioso-administrativo tienes argumentos para ganarlo, o al menos, tendrás mas seguridad juríca, en el sentido que te resolverá un juez a priori imparcial, y no contaminado.

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  #4  
Antiguo 11-12-2016, 12:29
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La administración una vez te abre expediente y formule propuesta, ya sabes que es muy difícil que acabe bien. Yo estoy seguro que en el contencioso-administrativo tienes argumentos para ganarlo, o al menos, tendrás mas seguridad juríca, en el sentido que te resolverá un juez a priori imparcial, y no contaminado.

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Ya, pero aún estoy lejos de que se ponga fin a la vía administrativa, de momento estamos con el recurso de alzada.. en fin, ya veremos.

salud!!
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