![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Es un alumno si... pero Raúl Burillo es un inspector de hacienda que fué delegado especial de la AEAT en cataluña y baleares y por lo tanto estuvo bastantes años resolviendo expedientes administrativos por fraude muchos de ellos relacionados con embarcaciones, por lo que algo sabrá del tema... respecto a los fundamentos jurídicos no vigentes. ... pues que se amplió la exención del IEDMT a las embarcaciones de lista 6ª de más de 15 metros y nada más , el resto de las normas que se comentan en dicho trabajo siguen vigentes sin cambios.
![]() |
|
#2
|
|
Lo único que se ha modificado es el Código Aduanero, y el nuevo se las trae, aunque la regulación de los impuestos, así como sus hechos y bases imponibles no ha cambiado para nada, más bien es un tema procedimental.
El estudio del Sr. Burillo es casi plenamente vigente a día de hoy. ![]() ![]() salud!! |
|
#3
|
||||
|
||||
|
También han derogado el
Orden FOM/3200/2007----> RD 875/2014 por el que se regulan las titulaciones de recreo RD 544/2007---->que pasa a ser Real Decreto 1435/2010 por el que se regula el abaneramiento y matriculación de embarcaciones de lista 7º La ley de hipoteca naval de 1893----> pasa a estar regulada en ley 14 /2014 de navegación marítima Respecto a el IVA se cita el tipo del 18% ahora es el 21% Por lo demás todo igual |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|